Madrid, 30 de marzo de 2023.En Semana Santa se multiplican los fraudes en los anuncios de alquileres de viviendas vacacionales. En la mayoría de las ocasiones, explica reclamador.es, los estafadores hacen uso de páginas webs especializadas en alquiler de viviendas vacacionales para publicar ofertas que son engañosas, con apartamentos que no tienen o directamente no existen. ¿Las claves para identificar una estafa de este tipo? Mensajes sospechosos y mal escritos, mala comunicación y formas de pago por adelantado y fuera de la plataforma oficial. Las cantidades estafadas suelen oscilar cada Pascua entre los 1.000 y los 3.000 euros. Los autores de estos delitos se enfrentan a penas de entre seis meses y tres años. Cuando la estafa no supere los 400 euros, la pena será una multa de cárcel de uno a tres meses.
¿Qué hacer cuando se sufre una estafa?
Lo primero que debe hacer la víctima es recopilar todos los elementos posibles que le permitan identificar al estafador. Hay que tener en cuenta que sin la identificación del autor es muy difícil perseguir el delito. Y una vez se tengan todos los datos recopilados, hay que acudir a una comisaría de Policía Nacional para denunciar los hechos.
La policía comprobará si ha recibido más denuncias del mismo tipo, a fin de cruzar datos y obtener pesquisas. No obstante, si no consiguen identificar al posible delincuente y obtener pruebas, la denuncia será archivada.
En el supuesto de que la Policía tenga suficientes pruebas, las remitirá al Ministerio Fiscal para que soliciten el inicio de las acciones penales de oficio.
Si la víctima tiene identificado al presunto estafador, podría no limitarse a denunciar los hechos e interponer una querella criminal y personarse en el procedimiento como acusación particular.
¿A qué condena se enfrenta el estafador?
El delito de estafa genera dos tipos de responsabilidad, penal y civil:
- La penal conlleva prisión de seis meses a tres años. En los supuestos que la estafa no supere los 400 euros la pena será de multa de cárcel de uno a tres meses.
La pena puede ser mayor si se da alguna de las circunstancias agravantes de los arts. 250 y 251 del Código Penal.
- La responsabilidad civil engloba la restitución del dinero defraudado, los intereses y una posible indemnización por los daños y perjuicios acreditados.
Recomendaciones para prevenir estos casos:
Y si ya se ha sido víctima:
9. Lo primero es reportar el caso a la plataforma por la que se haya hecho el trámite. Hay que tener en cuenta que estas plataformas sólo ponen en contacto a particulares por lo que su responsabilidad es limitada.
10. La víctima debe reunir todas las pruebas y denunciar ante la Policía o Guardia Civil. Estos cuerpos tienen unidades especializadas de delitos informáticos y/o tecnológicos.