Interesante sentencia dictada por un juzgado de Málaga, que sigue el criterio del TJUE
Málaga, 20 de mayo de 2024. Un adelanto del vuelo de más de una hora da derecho a indemnización. Así lo ha establecido en su sentencia una jueza del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Málaga. En dicha resolución, se condena a Swiss International Airlines a indemnizar a un pasajero, cliente de reclamador.es, con 600 euros, en virtud del reglamento 261/2004, pese a que este llegó a su destino con un adelanto de más de dos horas.
Aunque, efectivamente, el pasajero llega antes a su destino, aclara la compañía online de servicios legales, dicho adelanto del vuelo le causa un perjuicio, ya que precisamente se ha comprado un billete a una hora determinada por unos motivos concretos. De este modo, al adelantarse, el pasajero debe acudir al aeropuerto con una anticipación que le puede generar muchos inconvenientes.
Aviso a través de la agencia de viajes
Por su parte, la aerolínea acreditó en su escrito que había avisado al cliente del cambio de vuelo con una antelación de más de dos semanas, hecho que le eximiría de compensar al viajero según la normativa. Sin embargo, este hecho se produjo a través de un intermediario, en este caso, la agencia de viajes eDreams.
“No se acredita un aviso directo al pasajero hasta 4 días antes de la salida del vuelo, por lo que ese aviso con una antelación de más de dos semanas a un agente intermediario, en este caso eDreams, que fue la agencia de viajes con la que el pasajero contrató el vuelo, no vale para eximir de responsabilidad a Swiss”, aclara Jorge Ramos, abogado de reclamador.es.
Ramos puntualiza que “pese a que se avise de una cancelación con más de 14 días de antelación, también hay derecho a indemnización si este aviso fue a un intermediario y se demuestra que no se hizo al cliente directamente. En este caso se avisó a la agencia de viajes, pero el cliente contrató servicio básico de eDreams que no incluía notificaciones de cambios de vuelos”.
Sentencias de los jueces europeos
El abogado de reclamador.es recuerda que hay dos sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de 21 de diciembre de 2021 que tratan los dos temas discutidos en este procedimiento (el aviso con antelación a un intermediario y el adelanto de un vuelo).
La primera, que hace referencia los asuntos acumulados C‑146/20, C‑188/20, C‑196/20 y C‑270/20, indica que cualquier adelanto de más de una hora da derecho a indemnización. Un adelanto de una hora o más es indemnizable porque es el tiempo de referencia para determinar si se trata de un retraso significativo.
La segunda, en el asunto C-263/20, indica que aun cuando el transportista aéreo haya avisado de una cancelación de un vuelo con más de 14 días, pero dicha información se remita a un intermediario y no directamente al pasajero, es indemnizable.
“El TJUE está emitiendo resoluciones que cada vez salvaguardan más los derechos a los pasajeros que se ven afectados por incidencias contra aerolíneas, y esto solo se puede ver como algo realmente positivo, pues los consumidores cada vez están más protegidos”, finaliza Jorge Ramos.