Madrid, 6 de julio de 2018. – Tras el tradicional chupinazo de hoy, se dan por comenzadas las fiestas de San Fermín, que durarán hasta el 14 de julio y llenarán de vida y de color rojiblanco las calles de Pamplona, en Navarra. Este acontecimiento, supone una notable crecida del turismo y, especialmente, del empleo en la comunidad foral. Además de Navarra, son otras las autonomías que fechan sus fiestas en los meses de más calor. De nuevo, el empleo crece considerablemente beneficiado por el aumento de turistas. Así lo demuestra la empresa de trabajo temporal Randstad, que estima que este año la campaña de verano terminará con 619.110 nuevos contratos firmados en toda España, un 12% más que la de 2017.
En este sentido, reclamador.es, compañía online de servicios legales, esclarece qué derechos tienen los trabajadores temporales contratados para este tipo de eventos y qué perfiles profesionales son los más demandados durante los meses de verano.
La cuestión que procede a esos 619.110 contratos nuevos es el perfil que demandan las empresas y los sectores que repuntan, que no son otros que los del turismo, el comercio y la hostelería, motivados por el alto número de visitantes que acuden a las fiestas estivales y patronales de las distintas ciudades, principalmente las situadas en zonas de costa. Esto implica que los principales contratos que se firmen pertenezcan a puestos de trabajo como recepcionistas de hotel, camareros o servicios de limpieza, así como otros tipos de personal de apoyo que cubran la alta demanda durante los meses de julio, agosto y septiembre.
No obstante, aunque el número de ocupados aumente de forma notoria en verano gracias al turismo, la hostelería y los festejos, entre otras cosas, hay que prestar atención al tipo de contrato que se ofrece. Y es que, en la mayoría de los casos, los empleados que encuentran trabajo durante la época estival firman contratos precarios y temporales, únicamente para cubrir unos determinados servicios. De este modo, ven finalizada la relación laboral una vez terminan los meses de calor.
Este tipo de contratos suelen ser eventuales por circunstancias de la producción o por obra y servicio y, en la mayoría de ellos, se realizan más horas de las pactadas y se da lo que se conoce como fraude de ley.
Al mismo tiempo, desde reclamador.es recuerdan quelos trabajadores contratados a jornada completa (40 horas semanales) hacen horas extras y los contratados a jornada parcial (menos de 40 horas semanales) hacen lo que se denominan “horas complementarias”, que son las que van de su jornada ordinaria a la completa. Si los trabajadores con jornada parcial hacen más de 40 horas entre ordinarias y complementarias, estas se considerarían como horas extras ilegales.
El fraude de ley en un contrato temporal, especialmente en los contratos por obra o servicio o circunstancias de la producción, tiene lugar cuando no se usa de manera correcta la contratación temporal. Es decir, se da cuando las empresas utilizan contratos temporales para enmascarar una relación laboral indefinida.
Cuando una empresa contrata a un empleado por obra y servicio, lo emplea para desempeñar funciones que tienen autonomía y sustantividad dentro de la compañía. Por ejemplo:
Un bar de Pamplona contrata a un trabajador para realizar la función de relaciones públicas durante la semana que dura la festividad. Ser relaciones públicas es una obra o un servicio determinado que no tiene nada que ver con la actividad normal de un bar (servir bebidas, comidas…). Sin embargo, si este mismo empleado es contratado por obra o servicio y termina haciendo las funciones propias del bar, se trataría de un fraude, porque no estaría realizando funciones distintas a las propias de la empresa.
El contrato eventual por circunstancias de la producción se considera celebrado en fraude de ley cuando la eventualidad no existe y el empleado realmente viene a cubrir necesidades estructurales de la empresa.
reclamador.es recuerda que, cuando existe fraude de ley en un contrato temporal de verano, el trabajador tiene derecho a que su relación laboral se declare como indefinida y al finalizar el contrato se le tenga que indemnizar como despido improcedente.
Para reclamar que su contrato ha sido fraudulento, el trabajador dispone de 20 días desde que finaliza su contrato temporal para presentar papeleta de conciliación ante el SMAC y que, así, se le abone la indemnización correspondiente. Esta indemnización es de 33 días por año trabajado o la parte proporcional al tiempo que haya estado trabajando.
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Cristina Naveda / Alicia Riaño / Flavia Bertolini