Los retrasos en las listas de espera pueden ser indemnizables

Madrid, 16 de enero de 2019. – Uno de los principales problemas a los que se enfrenta la sanidad pública en España son sus largas listas de espera. Tanto para intervenciones quirúrgicas como para pruebas diagnósticas o consultas de especialistas. Traumatología, Oftalmología y Cirugía General son, por este orden – y según el Sistema Nacional de Salud (SNS)- las especialidades con más pacientes en lista de espera para operarse hasta el primer semestre de 2019. Son muchas las dolencias que precisan de una rápida intervención para evitar posibles complicaciones o empeoramientos, de ahí la problemática para los pacientes de esperar y esperar para realizarse una prueba médica o someterse a una operación.

Planteado este grave, Esperanza Palacio, responsable legal del Departamento de Negligencias dereclamador.es, compañía de servicios legales online, explica qué pasa si durante esa espera el paciente empeora.

Palacio señala que “La competencia de sanidad está derivada a las comunidades autónomas, donde se fija en sus diferentes normativas los plazos máximos de espera para los pacientes. Así, por ejemplo, pese a que en Andalucía el plazo es de 180 días, en muchas ocasiones este plazo se supera, llegando incluso a duplicarse y existir listas de espera que llegan a un año. Hasta un año se establece el plazo máximo en Cataluña para procesos quirúrgicos programados de prioridad baja o 90 días para pruebas diagnósticas y consultas de especialistas de prioridad ordinaria. Recientemente, se han fijado los plazos máximos de listas de espera en Asturias, alcanzando un máximo de 60 días para mamografías, resonancias, TACs y colonoscopias, y 180 días en casos de cirugías cardíacas, ginecológicas, implantes de prótesis, o cataratas. Madrid, por su parte, tiene el plazo fijado igual que en Andalucía, es decir, máximo de 180 días”.

Y, además, añade la abogada de reclamador.es “existe el Real Decreto 1039/2011 por el que se establecen una serie de criterios básicos para determinar los plazos máximos de las listas de espera. No obstante, son casi 600.000 personas las que se encuentran actualmente a la espera de una intervención quirúrgica”.

Indemnización por retraso en la lista de espera

A los dolores, molestias y desesperación por la llegada del momento de realizar una determinada prueba médica o intervención quirúrgica, se suma el posible agravamiento de los síntomas o la evolución de la enfermedad a etapas más complicadas de curación.

Si esto ocurre, explica Palacio “el afectado podría reclamar una indemnización al Servicio de Salud de la comunidad autónoma por los daños derivados del retraso en la realización de la prueba, consulta con el especialista u operación. Para ello hay que demostrar que esas nuevas dolencias o secuelas son derivadas del retraso de ese procedimiento médico y que, de haberlo realizado con anterioridad, se podrían haber evitado o reducido”.

Otra opción que tienen los pacientes, ante la angustia provocada por el excesivo retraso de las listas de espera, explica la abogada de reclamador.es, “acudir a la sanidad privada y solicitar posteriormente el reintegro de los gastos en los que haya incurrido por los perjuicios padecidos como consecuencia del funcionamiento deficiente de la Administración Sanitaria”.

Como en otras reclamaciones por negligencia médica, continúa la responsable de negligencias de la compañía de servicios legales “se trata de determinar el nexo causal, es decir, la relación causa (retraso en la lista de espera) y efecto (secuelas u otras enfermedades derivadas) para que la reclamación de indemnización de los daños derivados del retraso en la lista de espera sea viable. Aquí es fundamental, al igual que en otras situaciones indemnizables por mala praxis, el perito médico, quien, con el historial clínico y el análisis del resto de documentación, determina que el retraso en realizar una prueba o una intervención quirúrgica es el desencadenante de una lesión o agravamiento de una enfermedad”.

Derivar a la sanidad privada

Una de las opciones por la que está determinando la sanidad pública en la actualidad es ofrecer la realización de las pruebas, tratamiento u operación en un centro de salud privado.

“El paciente es libre de aceptar este cambio de centro o, por el contrario, preferir ser atendido por el médico que ha llevado su caso, pero en reclamador.es aconsejamos a los pacientes que se nieguen a ser tratados en otros centros firmar un documento para que no les vuelvan a situar al final de la lista de espera en la sanidad pública al rechazar la propuesta de acudir a otro hospital”, finaliza Esperanza Palacio.


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