reclamador.es interpuso la demanda contra el Banco Santander en nombre de un afectado, vecino de Santa Coloma de Gramenet, cuya esposa ya fallecida había suscrito una inversión de 295.000 euros en 2007 en valores de dicha entidad.
La jueza del Juzgado de Primera Instancia Número 1 de Arenys considera nula la contratación, condenando al banco a devolver el dinero invertido y al pago de las costas procesales.
Barcelona, 2 de noviembre de 2017. Mireia Monedero Ribas, jueza del Jutjat Primera Instància 1 Arenys de Mar ha dictado sentencia que declara nula la contratación de valores del Banco Santander a un vecino de Santa Coloma de Gramenet, Barcelona, que confió como demandante su caso a reclamador.es, compañía online de servicios legales.
En la sentencia, obliga a la devolución de 295.000 euros de la inversión inicial en valores del Santander al 7.5%. Además sentencia que las costas del juicio deben ser abonadas por parte de banco.
El demandante, que ha estado representado por reclamador.es (compañía online de reclamaciones), es un vecino, cuya esposa ya fallecida contrató con el Banco Santander una inversión en valores el 28 de septiembre del año 2007. Sus ahorros estaban depositados previamente a plazo fijo en el BBVA y el Santander le ofreció la inversión en valores como inversión segura y de alta rendimiento. La jueza considera acreditado que se ofreció una información “inadecuada, falsa e insuficiente” a la hora de contratar este producto por lo que declara nula aquella contratación.
Los afectados confiaron en el producto sus ahorros, pensando que en 2012 recuperarían su inversión a 5 años con sus correspondientes rendimientos y en realidad lo que sucedió en octubre de ese año es que sí que obtuvieron rendimientos (29.845 euros) pero el capital invertido, los 295.000 euros, se convirtió en acciones del Santander que en ese momento tenían un valor de aproximadamente la mitad de lo invertido. En septiembre de 2007 el precio de la acción era de 12.96€ mientras que en septiembre de 2012 era de menos de 6 euros la acción. En diciembre de 2015 el afectado decidió confiar el caso a reclamador.es e iniciar su demanda contra el Santander. La justicia restituye ahora el dinero al inversor que tiene que devolver los rendimientos obtenidos y el canje de acciones fraudulento.
El Juzgado de Primera Instancia Número 1 de Arenys dictó el fallo el pasado día 19 de octubre y fue notificado el pasado 23 de octubre la sentencia a las partes, que han conocido esta semana. El banco puede recurrir la sentencia.
Este producto se vendió a los consumidores ofreciendo una serie de valores a un precio que posteriormente se convertirían en acciones de la compañía. Pero el precio de este canje estaba prefijado en el contrato inicial.
Este producto fue comercializado en 2007 y se convirtió en acciones en 2012. El problema fue que el precio inicial era de 12,96 euros por acción y en 2012 las acciones del banco estaban en unos 6 euros por acción, lo que supuso una pérdida de un 50% en la inversión inicial.
Al haber transcurrido más de cuatro años desde su canje, muchos juzgados entienden que el plazo para reclamar ya ha prescrito.
De cualquier forma, la compañía online recuerda que la devolución del dinero en casos de cláusulas abusivas o inversiones fraudulentas no es automática. Los afectados deberán reclamar por vía judicial para que el tribunal decida si hubo abuso o falta de transparencia en su caso y una vez considerada abusiva el banco proceda a devolver íntegramente el dinero.
Desde reclamador.es se recomienda que antes de firmar un posible acuerdo, se consulte con profesionales, pues los bancos pueden intentar pactar una cantidad inferior a la que les corresponde legalmente.
ANEXO: Sentencia íntegra anonimizada en PDF