Madrid, 12 de diciembre de 2024. Novedades muy importantes para aquellos hipotecados que tienen referenciado su préstamo al IRPH. Hoy, 12 de diciembre, por fin, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictado sentencia sobre la transparencia de esta cláusula, la última resolución que estaba pendiente de resolverse en Europa sobre el IRPH.
La Justicia europea abre la puerta a reclamar la cláusula IRPH de las hipotecas y condiciona la nulidad al cumplimiento de ciertos requisitos de transparencia que los bancos históricamente no han cumplido.
Por su parte, Irene Becerra, directora legal de reclamador.es, explica que “desde reclamador.es estamos muy contentos con el fallo del TJUE, las entidades tienen que ser transparentes con sus clientes. Los bancos y sus profesionales no han cumplido los estándares de transparencia en la comercialización de estas hipotecas. De nuevo es la Justicia Europea la que tiene que salir en defensa de los consumidores españoles.”
Todavía hay cerca de un millón de préstamos hipotecarios con estas condiciones en España. La cantidad media reclamada en comparación a si el consumidor tenía Euribor, según los datos de los clientes de reclamador.es, es de 16.454 €.
¿Qué es lo que se estaba juzgando?
reclamador.es señala que lo que se estaba estudiando ahora era si la cláusula del IRPH era nula, algo que el Tribunal Supremo había eliminado de golpe en sus resoluciones sobre el IRPH al considerar que era un índice oficial y público y, por tanto, que el banco había actuado de buena fe al aplicarlo en los préstamos hipotecarios de sus clientes. Ahora, tras la sentencia del TJUE, el Tribunal Supremo deberá retomar todos los asuntos paralizados a la espera de este pronunciamiento y aplicar lo dictado por Europa.
La cuestión prejudicial ha sido elevada por el Juzgado de Primera Instancia N.º 8 de Donostia-San Sebastián, en un caso judicializado frente a Kutxabank.
¿Cómo puede saber un cliente si al comprar una vivienda ha estado afectado por la falta de transparencia de esta cláusula?
El IRPH son las siglas del Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios. Aunque el 90% de las hipotecas en España tengan como referente para calcular las hipotecas el Euríbor, unas pocas firmaron otro índice: el IRPH, que fue muy utilizado por parte de las cajas de ahorros durante la expansión inmobiliaria en nuestro país.
En resumen, es la variable que se suma a los préstamos hipotecarios (igual que el Euríbor), pero grava mucho más las hipotecas de quién lo contrata.
Es un índice inamovible y tan elevado que muchas familias no lo han podido asumir hasta el punto de perder sus ahorros y los inmuebles objetos de la carga hipotecaria.
Si en la escritura de préstamo hipotecario se contempla este índice y además el banco no lo comercializó de manera transparente informando de otras posibilidades más beneficiosas como el Euribor, los consumidores podrán reclamar lo que les corresponde por su abusividad.