¿Puedo subir un palo selfie en el avión o una peineta flamenca?
- reclamador.es resuelve las dudas más habituales de los viajeros a la hora de subir a bordo dispositivos, líquidos o utensilios cotidianos
- La compañía online líder en reclamaciones en España recuerda que hay artículos que pueden rechazarse a juicio del responsable de seguridad del aeropuerto al que se viaje, ya que algunos pueden causar heridas o amenazar la seguridad de la aeronave o simplemente estar restringidas en el destino
Madrid, 23 de marzo de 2017– Hacer la maleta cuando se viaja en avión suele acarrear una serie de dudas sobre qué se puede y qué no se puede llevar en el equipaje de mano. Y ahora, con la última prohibición del Gobierno de EEUU, – sobre incluir en la cabina de la aeronave grandes aparatos electrónicos en vuelos procedentes de algunos países –, a la que se ha sumado Reino Unido, el tema se complica, si cabe, aún más. España, de momento, descarta prohibir tabletas, cámaras de fotos y ordenadores a bordo.
“¿Se puede llevar un palo de selfie? ¿Por qué no puedo viajar con cerillas? ¿Puedo incluir cuchillas de afeitar?” son algunas de las numerosas dudas que los viajeros han transmitido recientemente a reclamador.es, que ha recopilado las más habituales (y curiosas) en una guía en vísperas de las vacaciones de Semana para resolverlas, basándose en el Programa Nacional de Seguridad para la Aviación Civil (julio, 2012).
La compañía líder en reclamaciones online en nuestro país recuerda que España cuenta con un plan de seguridad aérea que regula el acceso de los pasajeros y los objetos que pueden transportarse como equipaje de mano a las zonas restringidas de los aeropuertos. Además, como cada país europeo tiene su propio plan de seguridad, hay artículos que pueden rechazarse si la normativa del país donde se coge el vuelo así lo contempla, Por último debe tenerse en cuenta que determinados objetos cuyo transporte no esté expresamente prohibido pueden ser rechazados por el personal de seguridad del aeropuerto si se considera que supone un potencial peligro para los pasajeros, y denegar así su entrada en el destino en cuestión.
Lo que SÍ se puede llevar en el equipaje de mano:
- Palo de selfie estándar
- Peinetas flamencas (algunas pueden considerare elemento punzante o cortante y pueden rechazarse)
- Horquilla del pelo
- Plancha del pelo, plancha para la ropa y secador
- Agujas de tejer y de coser
- Cortaúñas
- Cuchilla de afeitar desechable
- Máquina de afeitar eléctrica
- Mechero
- Paraguas
- Reloj electrónico
- Pinzas de depilar
- Bastón de apoyo
- Embutidos, latas de conserva y productos envasados (hay que tener en cuenta las restricciones del país al que se viaje)
- Cuchara
- Medicamentos
- Comida de bebé, por ejemplo, papillas infantiles y agua esterilizada (en estos casos puede que se le exija al pasajero demostrar su autenticidad)
- Medicinas líquidas como jarabes, jeringas hipodérmicas, píldoras e inhaladores
- Botellas de oxígeno para uso médico (es recomendable contactar con la aerolínea y ponerla en conocimiento de tal hecho)
- Cigarrillo electrónico
Por otro lado, hay herramientas que pueden utilizarse para causar heridas o para amenazar la seguridad de la aeronave y quedan excluidas.
Artículos prohibidos para su transporte en la cabina de pasajeros:
- Pistolas de juguetes, reproducciones de armas de fuego y armas de fuego de imitación que puedan confundirse con armas reales
- Arcos, ballestas, flechas, hondas y tirachinas
- Aerosoles de pimienta y aerosoles repelentes de animales
- Navajas y cuchillas de afeitar
- Cuchillos y navajas con hojas de una longitud superior a 6 cm.
- Tijeras cuyas hojas superen los 6 cm de longitud a partir del eje
- Sacacorchos
- Tenedor
- Pelador de patatas
- Cerillas
- Dardos
- Disco duro externo (puede ser rechazado debido a la restricción de aparatos electrónicos de gran tamaño)
- Esposas
- Destornillador, martillos, alicates, tenazas y brocas
- Cúter
- *Líquidos
*Los líquidos o sustancias de consistencia similar para poder transportarlos en la cabina del avión deben presentarse individualmente, con una capacidad no superior a 100 ml y empaquetados en una bolsa de plástico transparente con sistema de apertura/cierre cuya capacidad no exceda de un litro. En la categoría de líquidos se incluyen los geles, gominas, pasta de dientes, pastas, lociones, mezcla de líquidos-sólidos, bebidas, sopas, siropes, perfume, espuma de afeitar y aerosoles.
Aunque se permite una bolsa por pasajero, reclamador.es explica que se aplicarán exenciones permitiendo la introducción de líquidos en zonas restringidas de seguridad en los siguientes casos:
- Líquidos que vayan a ser utilizados durante el viaje y se trate de medicamentos o de complementos dietéticos especiales, incluyendo la comida de los niños. No obstante, cuando se solicite, el pasajero deberá probar convenientemente la autenticidad de la exención.
- Líquidos adquiridos en tiendas situadas más allá del punto de control de las tarjetas de embarque y que están sujetos a los procedimientos de seguridad aprobados como parte del programa de seguridad del aeropuerto, con la condición de que el líquido sea empaquetado en una bolsa sellada y muestre la prueba de compra en el aeropuerto, en ese día.