Independientemente del sentido de la sentencia europea el próximo 21 de diciembre
Madrid, 13 de diciembre de 2016. El próximo día 21 está previsto que se conozca la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea relativo a las cláusulas suelo que fijará la retroactividad anterior a mayo de 2013 o no de las reclamaciones a los bancos. Muchos afectados están esperando a conocer esta sentencia para reclamar en un sentido u otro.
Independientemente del resultado, los afectados van a poder reclamar lo pagado de más a cualquier banco desde el 9 de mayo de 2013 a la actualidad o hasta la fecha en que su banco les eliminó dicha cláusula. Si se sigue el criterio de la Comisión Europea, el fallo podría amparar la retroactividad total anterior a esa fecha de las cláusulas suelo declaradas nulas en sentencia judicial si hubo mala praxis en su comercialización.
El TJUE debe decidir si da la razón a los hipotecados o a los bancos, algo que ya hizo el Abogado General del TJUE que, aunque no es vinculante a la hora de dictar sentencia firme, se posicionó a favor de la banca en sus conclusiones iniciales, alegando entre otros motivos que las cantidades pagadas de más por tener cláusula suelo en cada cuota mensual no eran sustanciales en su cuantía.
Iria Aguete, directora del área de banca en reclamador.es se pregunta: ¿Cómo es posible que el Abogado General del TJUE acepte que el Tribunal Supremo limite la retroactividad alegando el daño económico que significará para la banca y que al mismo tiempo considere poco sustancial el impacto que tuvo para los consumidores? No podemos compartir ninguno de estos argumentos.”
En opinión del CEO de reclamador.es, Pablo Rabanal, “Sería deseable que se dejaran de lado las cuestiones económicas y políticas a la hora de dictar este fallo. Hay que aplicar la Ley y defender a los ciudadanos, y no que, una vez más, los intereses de los bancos puedan quedar por encima de los derechos de las personas. El ahorro para los bancos sería, según las estimaciones de reclamador.es, de más de 19.000 millones de euros si se limita la retroactividad.
Tal y como señala Ramiro Salamanca, director legal de reclamador.es “los afectados no deben dejarse confundir por las informaciones que puedan surgir a partir de entonces, se va a poder reclamar lo pagado de más sí o sí desde mayo de 2013, y el hecho de que no exista retroactividad total, si fuera el caso, no impide hacerlo, aunque haya intereses que pretendan sugerir lo contrario, si la sentencia es desfavorable.” Según el director legal de reclamador.es“ desgraciadamente es probable que el Tribunal Europeo decida seguir la tesis del Tribunal Supremo español de que abonar las cantidades reclamadas con total retroactividad supondría un “trastorno económico” para el sector bancario, por entender el Tribunal Europeo que los efectos de la nulidad de una cláusula abusiva se han de establecer por la legislación nacional y no por la europea, tal y como expresamente dispone el artículo 6 de la directiva comunitaria.
En España se calcula que hay un total de 4 millones de afectados. Los afectados por cláusulas suelo podrán recuperar alrededor de 4.800€ aún sin retroactividad total y a esta cifra habría que añadir lo que se reduciría su deuda restante y la bajada en sus cuotas mensuales, de unos 200€ de media.
Cristina Naveda / Cristóbal Fernández
Comunicación reclamador.es
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