Madrid, 2 de febrero de 2022. La hipoteca inversa es un tipo de préstamo hipotecario en el que la entidad bancaria abona una renta mensual al cliente a cambio de que este ofrezca su vivienda en propiedad como garantía. Se podría decir, resumidamente, que funciona (y de ahí su nombre) de manera inversa a un préstamo normal en el que nos entregan un capital de una sola vez con la garantía (hipoteca) de la vivienda y se va devolviendo mediante cuotas mensuales: aquí el capital se entrega de manera mensual por el banco y no tiene que reintegrarse hasta el fallecimiento del prestatario. Este tipo de financiación se puso de moda durante el boom inmobiliario en España como una fórmula para completar la pensión de jubilación a través de la vivienda. Está destinada exclusivamente a personas mayores de 65 años o dependientes que sean propietarios de una vivienda.
Así, como ya se ha anticipado, la recuperación por parte de la entidad del crédito dispuesto más los intereses se exige cuando fallece el propietario, mediante la cancelación de la deuda por los herederos o la ejecución de la garantía hipotecaria (o el resto de los bienes de la herencia si no fuera suficiente) por parte de la entidad de crédito si aquellos no quieren hacerse cargo. A continuación, reclamador.es explica 7 características no muy conocidas de este tipo de contratos:
1. No confundir con la venta de la vivienda
pudiendo vivir en ella
2. Dinero no sujeto a IRPF
Sí, como lo oyes. El dinero de la hipoteca inversa no está sujeto a IRPF. Las cantidades recibidas por la hipoteca inversa no se consideran renta a efectos de IRPF, puesto que son disposiciones de un crédito y eso hace que estén exentas de tributación por tratarse de una renta vitalicia. Por lo tanto, la hipoteca inversa cuenta con una fiscalidad especial, ya que además los beneficiarios no pagan, sino que reciben dinero por su vivienda.
3. Al fallecimiento de los titulares, los herederos deben ser notificados de la existencia de esta hipoteca
La titularidad de la vivienda la mantiene el cliente de la hipoteca inversa hasta su fallecimiento. Cuando esto ocurre, o en el caso de que fallezca el último de los titulares cuando hay más de uno, los herederos tendrán que satisfacer la deuda con la vivienda hipotecada y, si no fuera suficiente, con el resto de la herencia. Es entonces cuando se abren las siguientes opciones: serán ellos los que tendrán que liquidar con el banco la deuda generada, pudiendo escoger entre estas opciones:
4. Cuenta con intereses de tipo creciente
5.
No son adecuadas para personas de edad muy avanzada
Aunque parezca un contrasentido, el hecho de que el préstamo se conceda en atención a las previsiones de supervivencia del titular de la vivienda y el valor de tasación de ésta, puede suceder que se conceda por un importe muy superior al que realmente se vaya a disfrutar por la edad del prestatario, y que habrá que devolver, o entregar un inmueble de alto valor para su pago total.
6.
Para cobrar siempre la cantidad pactada normalmente se vinculan un seguro de
vida de rentas diferidas
Si para las personas de edad avanzada el peligro es no consumir el capital prestado, mientras que subsiste la obligación de devolverlo, para quienes cuentan con mayor esperanza de vida el peligro está en “sobrevivir” a la edad calculada para el cobro de las rentas. Por ejemplo, para una persona de 65 años, la entidad normalmente establecerá el pago de la renta hasta los 80-85 años, momento en que cesa dicha obligación. Para los supuestos, cada vez más frecuentes, en que se supera ese umbral, se vincula al préstamo la suscripción de un seguro llamado de rentas diferidas que es el que se ocupa del pago de esas rentas; la prima se satisface en un pago único y su importe se añade al capital prestado, por lo que las condiciones en que fue suscrito y las condiciones de esa póliza han motivado la mayor parte de las reclamaciones de este tipo de hipotecas.
7. La hipoteca inversa es compatible con el alquiler de la vivienda
La suscripción de una hipoteca de este tipo compatible con alquilar la vivienda si se desea. Esta opción le permite al propietario obtener una renta por el alquiler además de lo que ya obtiene de la hipoteca inversa.
reclamador.es aconseja que ante cualquier problema con el banco el usuario se ponga en manos de profesionales, ya que la hipoteca inversa es un producto complejo que en el pasado generó numerosos litigios con los bancos por prácticas poco transparentes en su contratación.