Madrid, 09 de junio de 2020. La pandemia del Covid-19 ha hecho que muchas personas se replanteen cómo querrán que sean sus últimos días y se han preguntado si existe la posibilidad de dejar decidido cuáles serán los cuidados recibidos en el final de la vida. Y la respuesta es afirmativa. Existe una figura, hasta ahora desconocida para muchos, que se llama declaración de voluntades anticipadas o testamento vital. reclamador.es, plataforma online de servicios legales, explica que este sirve para que, en caso de no poder expresar libremente su voluntad llegado el caso, poder fijar de forma anticipada las instrucciones sobre posibles actuaciones médicas.
Antes de realizar el testamento vital, hay que tener en cuenta 5 aspectos que ayudarán a los interesados, como puede ser, por ejemplo, qué requisitos debe cumplir este documento o si es posible su modificación o anulación en un futuro.
Si el interesado no cumple con los tres requisitos fijados, el documento no tendrá validez y no podrá usarlo el personal sanitario en caso de ser necesario. Esos tres requisitos son, explica reclamador.es, estar en pleno uso de las facultades mentales; que el interesado tenga poder de expresarse de forma libre, es decir, no puede haber coacciones y, por último, el tercer requisito es ser mayor de edad, si bien, si la persona que quiere realizar el testamento vital tiene entre 16 y 18 años pero está emancipado, también podrá realizar este documento de voluntades anticipadas.
Son varios los elementos e instrucciones que puede contener este documento, entre ellos, las instrucciones y también los límites referentes a los cuidados médicos que se desea recibir o no si el paciente sufriera una enfermedad irreversible. También, explica reclamador.es, las instrucciones pertinentes en el caso de fallecimiento en lo referente a la donación de sus órganos.
Además de lo anterior, se puede también designar un representante para que pueda interpretar o dar instrucciones si correspondiera. Incluso, en este documento, se puede dejar definido si se quiere ser enterrado o incinerado.
Como se puede deducir, al no ser legal en España en ningún supuesto, si el documento recoge la eutanasia, no se tendrá en cuenta. Pero sí se puede indicar en el mismo que en el caso de que en el momento fuera legal, acogerse a la misma.
Hay varias maneras de llevar a cabo el documento de voluntades anticipadas. Estas son ante notario, en el registro o con tres testigos. Esta última opción, explica reclamador.es, es un documento privado y es posible que en algunas comunidades autónomas no tenga validez si no está registrado. Para que sea efectivo, se debe presentar directamente ante el centro sanitario. En este caso, el testamento vital tiene que estar firmado por tres personas, de las cuales dos no pueden ser familiares ni tener relación patrimonial.
Aunque existe un Registro estatal de Últimas Voluntades, la regulación acerca del testamento vital es competencia de las autonomías. Es por ello que pueden existir algunas diferencias según la región en la que se vaya a realizar.
Por ejemplo, en Andalucía, este documento hecho ante 3 testigos solo será válido si está registrado, mientras que en el resto no será necesario. En algunas comunidades es posible que los menores emancipados puedan realizar el trámite.
Por último, señala reclamador.es, en el momento de realizar el testamento vital puede surgir la duda del arrepentimiento en el futuro. El documento puede ser modificado o anulado cuando el usuario así lo quiera. Para modificarlo, tendrá que hacer uno nuevo y volver a registrarlo. Esto hará que se anule el anterior y empiece a tener vigencia el segundo.
En caso de anularlo, tendrá que solicitarlo al registro. Si se realizó mediante testigos, lo mejor es, puntualiza reclamador.es, que se contacte con esas personas y que así se les hagas saber.
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