A la hora de planear una escapada con los más chiquitines, pueden surgir algunas dudas. ¿A partir de qué edad deben pagar el billete de avión? ¿Se deben facturar los carritos de bebé? ¿Cómo se hace? ¿Puedo reclamar una indemnización por retraso o cancelación por ellos?
En este post vamos a ofrecer una serie de consejos para que volar con niños o con bebés no se convierta en un quebradero de cabeza. Pero, antes de continuar, ten en cuenta que vamos a dividir esta guía en dos partes: viajar con niños en avión mayores de 2 años y viajar con bebés en avión. ¡Ahora entenderás por qué!
Antes de comenzar, hay que tener en cuenta que se consideran bebés a aquellos menores que no superen los dos años de edad. Y aunque cada aerolínea cuente con su propia normativa al respecto, la mayoría de ellas actúan de manera similar ante vuelos en los que hay menores de este tipo. En el siguiente apartado, vamos a despejarte algunas de las principales dudas que pueden surgirte a la hora de subirte en una aeronave con tu bebé.
Como norma general, un bebé puede viajar en avión en cualquier momento, siempre que hubieran pasado unas determinadas horas o días desde su nacimiento. No obstante, y según recomendaciones médicas, es aconsejable esperar a que el pequeño tenga, al menos, dos meses de vida para realizar su primer vuelo. Igualmente, cada aerolínea tiene su política en estos casos, que debe ser consultada.
Generalmente, para que un bebé viaje en avión, no necesita comprar un billete a su nombre. En estos casos, lo que hacen las compañías aéreas, es cobrar al adulto que viaja con el menor un pequeño porcentaje del precio del trayecto o bien una cantidad fija por bebé. Y, como decimos, este recargo puede variar en función de la aerolínea con la que se viaje. Es por este motivo por lo que el bebé no tiene derecho a un asiento propio, y deberá ir sentado sobre las piernas del responsable que viaje con él, que tendrá que superar, en cualquier caso, la mayoría de edad.
De la misma manera que un bebé no tiene derecho a ocupar un asiento, sí lo tendrá para llevar equipaje. Al menos, en cierto modo. Pues, a su acompañante, se le permitirá embarcar en el avión con la sillita o el carrito del menor sin que cuente como equipaje propio. Esa sillita o carro, que deberán ser plegables, podrá utilizarse hasta el momento previo a embarcar. Llegado el momento, deberá ser entregado al personal de la aerolínea para que se encargue de su transporte a la aeronave.
No obstante, aunque prácticamente todas las aerolíneas permiten el transporte de este tipo de objetos de manera gratuita, es aconsejable consultarlo con la propia compañía para evitar sorpresas en el último momento.
En cuanto al equipaje de mano, el bebé no tiene derecho a llevar una maleta propia. Por tanto, debe ser el acompañante quien utilice su propio equipaje de mano para portar aquellas cosas que pueda necesitar el menor durante el vuelo. Ropa limpia, baberos o pañales, por ejemplo. Para saber exactamente qué equipaje puede llevar el bebé, consulta la política de cada compañía aérea, por ejemplo, Ryanair señala que "permitimos llevar una bolsa de bebé de hasta 5 kg (dimensiones: 45 x 35 x 20 cm) para los bebés que viajen en el regazo de un adulto".
Por lo general, las aerolíneas permiten llevar a bordo aquellos alimentos y bebidas infantiles que el bebé pueda necesitar durante el vuelo. Incluso, permiten llevar en cabina botellas de agua y leche en polvo. No obstante, desde reclamador.es, te recomendamos que lleves contigo lo necesario para la duración del trayecto para evitar problemas en el control de seguridad. En algunas ocasiones, el personal hace a los responsables del bebé probar los alimentos que llevan consigo para asegurarse de que no son sustancias tóxicas o peligrosas.
La documentación necesaria a la hora de volar con un bebé variará en función del destino al que se viaje. De esta manera, cuando se vuela en territorio nacional, esto es, sin salir de España, bastará con presentar el libro de familia en el que esté incluido el menor o el registro civil de su nacimiento. Aún así, es aconsejable llevar también el DNI del pequeño.
Para vuelos internacionales, será necesario que el responsable del menor lleve consigo el pasaporte del mismo. De nuevo, es recomendable llevar el DNI del bebé, aunque no es obligatorio.
Es probable que, en vez de volar con un menor de 2 años, lo hagas con un niño que supere esta edad. En este caso, la normativa cambia y el niño en cuestión sí está obligado a tener un billete de avión a su nombre. De esta manera, tendrá derecho a ocupar un asiento y a llevar su propio equipaje de mano. Así mismo, se verá protegido por el Reglamento Europeo 261. De esta manera, el menor sí podría reclamar una indemnización en caso de que su vuelo se viese cancelado o sufriera un retraso de más de 3 horas.
El procedimiento para subir al avión será el mismo que el que debe realizar un adulto. Es decir, pasar por el control de seguridad y embarcar en la aeronave presentando su billete de avión y DNI o pasaporte, en función del destino del vuelo. También podrá viajar utilizando únicamente el libro de familia en vuelos internos en España, siempre y cuando el menor no supere los 14 años.
Si precisa de carrito o sillita especial, ocurrirá lo mismo que en el caso de los menores de dos años. Se entregará en el momento de embarcar en el avión y se le devolverá una vez se haya aterrizado.
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