Consejos legales

¿Se puede trabajar durante la baja de paternidad?

5/5 - (1 voto)
¿Trabajar durante una baja por paternidad?

Sin entrar en los motivos que pueden llevar a pensar ¿se puede trabajar durante la baja de paternidad? en reclamador.es vamos a abordar este tema desde el punto de vista legal. 

Mientras el trabajador se encuentre de baja por paternidad, cobrando la correspondiente prestación, no puede trabajar. Es decir, a la pregunta de si es posible trabajar durante la baja de paternidad, la respuesta es no. En caso de llevar a cabo otra actividad profesional durante esta etapa, el trabajador se enfrenta a importantes sanciones económicas. 

¿Y si el trabajador quiere incorporarse antes de finalizar la baja de paternidad? 

Desde enero del año 2021, cada progenitor dispone de idéntico período de suspensión del contrato de trabajo, concretamente el permiso de paternidad y maternidad se sitúa ahora en las 16 semanas, de las cuales 6 semanas de permiso son obligatorias para cada uno de ellos tras el nacimiento, adopción o acogimiento. 

Disfrutado este periodo obligatorio, es habitual que ambos progenitores disfruten de las 10 semanas restantes. Si bien, es posible plantearse si se puede incorporar antes de la finalización del permiso. La respuesta es sí, si bien también es importante tener en cuenta que en el momento que se reincorpora al puesto de trabajo, se suspende el derecho a recibir la prestación. 

Y como se explica en la página web oficial de la Seguridad Social, “tampoco tendrá derecho a los periodos sucesivos de descanso que pudiera tener pendientes de disfrutar”. Es decir, el permiso tiene que disfrutarse de manera ininterrumpida o de lo contrario se perderá el derecho, aunque también sí se permite disfrutarlo a tiempo parcial si así se acureda con ente la empresa y el trabajador, siempre que la jornada realizada no sea inferior al 50% de la habitual.  

¿En qué casos te ayuda reclamador.es?

Actualizado octubre 2023. Actualmente, en reclamador.es, estamos trabajando en mejorar nuestra oferta actual de servicios. Mientras, te ayudamos con reclamaciones a aerolíneas y a bancos, así como, reclamaciones de plusvalía municipal.

Además, hemos lanzado nuestro servicio de cancelación de deudas con la Ley de Segunda Oportunidad

No lo dudes, ante, por ejemplo, reclamaciones de tarjetas revolving o si has sufrido una incidencia con tu vuelo, contáctanos. Y no te olvides, si tienes deudas que quieres eliminar, también estamos aquí para ayudarte legalmente. 

Equipo reclamador

Las personas que hacen posible reclamador.es

Ver comentarios

  • Buenas dias,

    Estaba en el paro y al nacer mi hija solicite el permiso de paternidad por un periodo de 8 semanas hasta 31 de enero, tengo una oportunidad de trabajar y quiero firmar el contrato en dia 1 de febrero.

    He de comunicar algo a la seguridad social?
    Tengo derecho a disfrutar el resto de 8 semanas en caso que el contrato de trabajo se finaliza despues de 2 meses ? ( periodo de prueba es de 3 meses y no se como van las cosas )

    Gracias

    • Hola Jorge,

      Viendo que la consulta es muy personal, para que podamos darte una respuesta individualizada lo mejor es que nos contactes ya que tu comentario requiere de una consulta. A través de nuestro servicio de videoconsulta online, un abogado especializado en la materia resolverá todas las dudas que tengas respecto a esta cuestión en concreto.

      Un saludo.

  • Buenas tardes. Le expongo mi caso, muchas gracias de antemano por su respuesta. Estoy de permiso de paternidad desde el 04/01/2023 hasta el 25/04/2023. En el trabajo nos acaban de decir que a los mejores trabajadores del 01/01/2022 al 31/12/2022 nos regalan un viaje de ocio que puede ser en Marzo/Abril, sin concretar fecha aún. ¿Podría ir estando de permiso de paternidad al no ser un viaje en el que trabaje sino que es de ocio? No lo tengo muy claro viendo la legislación.

    • Hola Rafael,

      Necesitaríamos más información para poder darte una respuesta individualizada. Lo mejor es que nos contactes ya que tu comentario requiere de una consulta. A través de nuestro servicio de videoconsulta online, un abogado especializado en la materia resolverá todas las dudas que tengas respecto a esta cuestión en concreto.

      Un saludo.

  • Mi consulta es yo estoy de baja paternal y cojo mis 16 semanas y en la semana 8 me llaman de otro trabajo para empezar a trabajar puedo empezar a trabajar. Y que pasa con el resto de semana que me quedan. Las pierdo muchas gracias por la respuesta

    • Hola Neftali,

      Si interrumpes tu baja parternal efectivamente. Como te ponemos en el post: "el permiso tiene que disfrutarse de manera ininterrumpida o de lo contrario se perderá el derecho".

      Un saludo

  • Hola, me gustaría saber cómo se puede solicitar la baja por paternidad ya que dentro de poco seré padre de mi 3er. Hijo y no tengo el certificado digital. Lo puedo hacer con hustedes y que puedo hacer

    • Hola Rafael,

      No es necesario que dispongas del certificado digital. Puedes solicitarlo de manera presencial en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), con cita previa.
      Un saludo

  • Yo he cogido la baja de paternidad de forma cnsecutiva pero por necesidad de la empresa me han dicho que vuelva al trabajo después de las seis semanas obligatorias y me han mandado otro justificante de empresa para las primeras seis semanas que yo lleve a la seguridad social pero al final me han parado el resto de la prestación. Que debo hacer?.gracias

    • Hola,

      Necesitaríamos más información para poder darte una respuesta personalizada. Lo mejor es que nos contactes a través de nuestro servicio de videoconsulta online, un abogado especializado podrá estudiar tu caso.

      Un saludo.

  • Buenos días, de cuánto tiempo se dispone para tramitar la baja por paternidad? Y que sucede si se realiza fuera de plazo?

    • Buenos días,

      Hay 15 días de plazo desde el nacimiento, adopción o acogimiento del menor. Y, si se solicita fuera de dicho plazo, se reanudará a partir de la fecha de solicitud y supondrá la pérdida de tantos días de prestación como medien entre la fecha en que haya finalizado la prestación de maternidad/paternidad y la fecha de presentación de la solicitud.
      Un saludo

  • Hola en contexto les quiero comentar nuestro caso tenemos un hijo que nació en noviembre del año 2022 y prematuro de muy bajo peso que aún está ingresado y mi pareja ósea su padre! En ningún momento la empresa le suspendió el contrato aún sabiendo a qué había tenido un hijo, ah día de doy nos acercamos a la seguridad social y nos dicen que ha perdido todo su derecho a la licencia de paternidad. Ahora mi pregunta es se puede tomar acciones legales contra la empresa ? O cómo se puede apelar esa situación no sabíamos que eran obligatorias las 6 semanas después del parto, el pensaba tomarlas justas cuando el bebé fuera a salir de la uci

    • Hola Jaileth,

      Lamento mucho tu situación, pero necesitaríamos más información para darte una respuesta personalizada al ser una pregunta tan personal. Si quieres puedes contactarnos a través de nuestro servicio de videoconsulta online, y un abogado especializado en la materia resolverá todas las dudas que tengas respecto a esta cuestión en concreto.

      Un saludo.

  • Mi duda es , como padre , la empresa me puede obligar a cogerme la baja paternal en dos veces ?? Yo quería cogérmela ininterrumpidamente, pero me han dicho que tengo que coger 13 semanas incorporarme para que un empleado se pueda ir de vacaciones y después cogerme el resto .

    • Hola Manuel,

      La baja de paternidad o permiso por nacimiento del menor, es un derecho de toda persona que se encuentra de alta. La forma en la que quieres disfrutar ese permiso deberías decidirla tú conforme a tu situación personal. Lo habitual es que la empresa te pregunte cómo deseas disfrutarlo y si por circunstancias de la misma les viene mal, podríais llegar a un acuerdo (si tú quieres), pero no pueden organizarlo ellos ni obligarte.

      Un saludo.

      • Buenas , he decidido hacer mi descanso por paternidad de 4 meses seguidos a mi jefe no me le ha echo gracia y me ha mandado burofax después de las 6 semanas obligatorias porque él quería que me incorporé para hacer la temporada aque puedo hacer ahora que he recibido el segundo burofax con la liquidación del contrato?

        • Hola Abdelali,

          Durante este periodo no se puede despedir a la persona trabajadora a no ser que el despido se encuentre debidamente justificado por una causa totalmente ajena a la maternidad o la paternidad. La negación del permiso de maternidad/paternidad, la reducción de salario o el despido son denunciables.

          Un saludo.

        • Hola
          Una consulta , estoy de baja maternal hasta 12 de abril 2024,
          Y soy administradora en una empresa transitaría

          De mientras que estoy de baja me ha llamado una agencia publicitaria para poder hacer la publicidad de una película (sería 1 día solo de rodaje) lo que pasa es que me tienen que poner de lata para este día , mi pregunta es , podré hacerlo? Qué pasará con los días que quedan con mi empresa ? Y habría sanción ?

          • Hola Sarah,

            Tal y como indicamos en el post, estando de baja no se puede trabajar. En caso de llevar a cabo otra actividad profesional durante esta etapa, el trabajador se enfrenta a importantes sanciones económicas.

            Si con tu empresa solicitaste disfrutar de manera ininterrumpida, puedes incorporarte antes de la finalización del permiso pero también tienes que tener en cuenta que en el momento que te reincorpores al puesto de trabajo, se suspende el derecho a recibir la prestación.

            Tienes que valorar si te compensa reincorporarte antes y renunciar a lo que te quede de baja y prestación o rechazar el trabajo ofrecido.

            Un saludo.

  • Buenas tardes, yo soy asalariado y autónomo. Mi hijo nació en diciembre del 22 y disfrute como autónomo de las 16 semanas y sólo 7 de asalariado. Mi pregunta es, ¿puedo seguir trabajando como autónomo si me cojo lo que me falta de paternidad de asalariado? Un saludo

    • Hola Francisco,

      Sí, puede disfrutarlas de manera independiente. Una es por el Régimen General (asalariado) y otra por autónomo (RETA), por lo que no debería tener problemas. No obstante, puede realizar la consulta también a la Seguridad Social.

      Un saludo!

  • Buenos dias estoy paro y cobrando desempleo. Y en julio nace mi niña en caso que siga parado cojo la baja parteenidad. En el caso que me llamen para trabajar estando de baja de parternidad. De ett o empresa puedo trabajar será para cubrir vacaciones y después cojer la baja parternidad un acuerdo con la empresa. Gracias

    • Hola Andrés,

      Las 6 primeras semanas son obligatorias cuando disfrutas del permiso de paternidad, por lo que, no podrías trabajar durante ese periodo. El resto de semanas puedes escoger cuando deseas disfrutarlas.

      Un saludo.

Entradas recientes

Entrevista a Verónica Cifuentes, reclamadora de aerolíneas con reclamador.es

Como cada mes, te traemos una nueva entrevista, en esta ocasión quien cuenta su historia…

1 día hace

¿Cuánto hay que ahorrar para la entrada de una vivienda?

Si estás pensando en comprar una vivienda, especialmente si se trata de tu primera casa,…

3 días hace

Colas de retrasos en los aeropuertos por congestión aérea: ¿Se puede reclamar una indemnización?

¿Cuántas veces no has leído o escuchado en las noticias informaciones como “récord de vuelos…

1 semana hace

¿Qué pasa si no pones el modo avión en un vuelo?

Nos ponemos en situación. Pasas el control de seguridad del aeropuerto, haces la cola para…

1 semana hace

¿Todavía se pueden reclamar los gastos de formalización de las hipotecas?

La reclamación de los gastos de formalización de la hipoteca sigue siendo uno de los…

2 semanas hace

Aerolíneas prohibidas en la Unión Europea

Si por algo se quiere caracterizar la Unión Europea en cuanto a transporte aéreo se…

2 semanas hace