Buenas noticias para los afectados por hipotecas IRPH en España. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se pone del lado de los consumidores y abre las puertas a las reclamaciones de estos préstamos, que hasta ahora estaban paralizadas por la decisión del Tribunal Supremo español.
Gracias a la sentencia de este 13 de julio de 2023 del TJUE, los afectados por hipotecas con IRPH podrán verse beneficiados y recuperar las cantidades abonadas de más por haber tenido sus hipotecas referenciadas al IRPH si el banco, en su día ,no lo comercializó siguiendo las exigencias establecidas por la normativa vigente.
La normativa nacional, indica que para igualar el IRPH con los demás índices del mercado “es necesario aplicar un diferencial negativo, cuyo valor variaría según las comisiones de la operación y la frecuencia de las cuotas”. Por norma general, el IRPH es más gravoso para el consumidor que otros índices de aplicación generalizada, como es el Euribor, y esto no se explicó en la comercialización de estas hipotecas diligentemente por la banca.
Y con este contexto, un Juzgado de Palma, elevó varias cuestiones prejudiciales a Europa, para que fuera el TJUE quien aclarase la posibilidad de reclamar de aquellos consumidores con hipotecas IRPH, cuya comercialización no siguió lo establecido por la normativa vigente.
En esta sentencia, la justicia europea resuelve que “para apreciar la transparencia y el carácter eventualmente abusivo de una cláusula de un contrato de préstamo hipotecario a tipo de interés variable que designa, como índice de referencia para la revisión periódica del tipo de interés aplicable a ese préstamo, un índice establecido por una circular que fue publicada oficialmente y al que se aplica un incremento, es pertinente el contenido de la información incluida en otra circular, de la que se desprende la necesidad de aplicar a ese índice, dado su modo de cálculo, un diferencial negativo a fin de igualar dicho tipo de interés con el tipo de interés del mercado. También es pertinente determinar si esa información es suficientemente accesible para un consumidor medio.”
Esto, en definitiva, y como ya hemos señalado, permite ahora a los consumidores con hipotecas IRPH iniciar reclamaciones, siempre y cuando, no fueran informados con transparencia de lo que les suponía contratar uno de estos préstamos y cuando dichas hipotecas no sigan lo establecido por la normativa nacional.
Con este primer análisis que ya hemos podido realizar en reclamador.es de la sentencia del TJUE sobre hipotecas con IRPH, consideramos que es una muy buena noticia para los consumidores. Así mismo, en reclamador.es siempre hemos defendido el buen hacer de la justicia europea en la defensa de los derechos de los consumidores, y ello ha quedado demostrado en esta sentencia. Esperábamos expectantes esta sentencia sobre hipotecas IRPH, y confiábamos en obtener un resultado esperanzador para los consumidores afectados, como así ha sido.
Ahora, en reclamador.es, animamos a todos los hipotecados afectados a contactar con nosotros. Nos comprometemos a analizar vuestro préstamo e informaros de la viabilidad de la reclamación. Igualmente, todas aquellas personas que dudéis sobre si estáis o no afectadas por una hipoteca IRPH, también os animamos a completar nuestro formulario. Estudiaremos la documentación que nos aportéis y os informaremos si tenéis IRPH y si es posible iniciar una reclamación para recuperar lo pagado de más.
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