Si alguna vez has sufrido un despido te habrán dado unos documentos para firmar al finalizar la relación laboral. Esos documentos son la carta de despido y el finiquito. Pero, ¿estás obligado a firmarlos? ¿Qué implicaciones tienes si los firmas? ¿Has comprobado que todo lo que se indica en ellos está correcto? Vamos a darte unas claves para que entiendas mejor qué son estos documentos y si tienes que firmarlos o no.
La carta de despido es un documento que te entrega tu empresa. En ella se recoge el día en el que queda terminada vuestra relación laboral. También tiene que aparecer la causa por la que te te despiden. Ten en cuenta que la causa que den del despido en la carta es lo único que se va a poder reclamar posteriormente (es decir, si te despiden por llegar tarde, la empresa no puede luego alegar otra causa).
Una carta de despido tiene que contener:
Hay que firmarla siempre. La firma lo único que implica es que te das por enterado y empieza a correr el plazo de 20 días para poder reclamar el despido. Aunque firmes y no pongas nada (por ejemplo: "no conforme"), puedes hacer una reclamación igualmente.
El finiquito es un documento que te entrega tu empresa cuando se extingue definitivamente la relación laboral. Se llama “recibo de saldo y finiquito”. En él se recogen todos los conceptos e importes que te deben a fecha del despido o extinción de la relación laboral.
Por regla general, junto con la carta de despido se entrega el finiquito. Si te han entregado la carta de despido antes del día de extinción de la relación laboral, no tiene por qué venir acompañada del mismo (el finiquito te será facilitado el último día de trabajo).
En el finiquito pueden venir reflejados los siguientes conceptos:
Ten cuidado a la hora de firmar el finiquito, pues tiene implicaciones diferentes a las de firmar la carta de despido. Si no te han hecho el ingreso de lo que indica el finiquito, lo mejor es firmarla poniendo en el documento “no me ha sido abonado”. También tienes la opción de no firmarlo.
También puede pasar que te hayan pagado los conceptos que se recogen pero que no estés conforme. En este caso tienes varias opciones:
En ocasiones, cuando el trabajador no firma o indica que se le debe más dinero, la empresa no hace el ingreso de lo que indica. Ante esta situación lo mejor es que te asesores para reclamarlo. En la mayor parte de las ocasiones estas cantidades se obtienen en la mediación sin llegar a juicio.
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