Durante muchos años hemos vivido la inclusión de cláusulas abusivas en las hipotecas que perjudicaron gravemente a los consumidores. Los gastos hipotecarios asumidos en exclusiva por los clientes, préstamos referenciados en otras divisas que aumentaron de forma exponencial el capital pendiente del mismo y la famosa cláusula suelo, que consiste en establecer un suelo a partir del cual no podía bajar más el tipo de interés, aunque lo hiciera el índice de referencia (normalmente el euríbor).
En este sentido, vamos a desgranar en qué consiste el suelo de la hipoteca y cómo afecta a las hipotecas que tienen esta cláusula abusiva.
El suelo de la hipoteca es el “tope” mínimo que se fija a la hora de pagar la cuota mensual, de manera que si el tipo de interés, que suele ser el Euríbor, es inferior a este mínimo, no será posible aplicar la correspondiente reducción.
En algunos préstamos hipotecarios se fijaba un mínimo o suelo hipotecario a partir del cual no bajaría la cuota que pagaba el hipotecado cada mes. Este porcentaje podía oscilar pero se situaba entre el 3% y el 5%. Es decir, si el Euribor y el diferencial resultan inferiores al suelo, se aplicará esta cláusula. En caso de que superen a esta cláusula, se aplicará la suma de los dos primeros. De esta manera, quienes tienen cláusula suelo en su hipoteca no se han podido beneficiar de la importante bajada que ha sufrido el Euribor en los últimos años, llegando a estar incluso en negativo.
La nueva Ley de Crédito, más conocida como “ley hipotecaria” prohíbe las cláusulas suelo, por lo que en las operaciones tipo de interés variable no se podrá fijar un límite cuando aquél baje. Eso sí, si nos encontramos en valores negativos del Euríbor, sí se fija un interés mínimo del 0%.
En reclamador.es te podemos ayudar a averiguar si tu hipoteca tiene cláusula suelo. En primer lugar hay que comprobar que el suelo hipotecario en el contrato de préstamo, lo que aparecerá en el apartado de “interés” o “tipos de interés”.
Por lo general aparecerá designada bajo otras fórmulas como “limitaciones a la baja del tipo de interés”, “tipo de interés mínimo”, “limitación del tipo de interés”, “túnel” o “acotación mínima”, entre otras. La cláusula suelo media estaría en un 3,12 %.
Un ejemplo para visualizar en qué se traduciría esta cláusula podría ser el siguiente:
Una persona que tuviera una hipoteca de 100.000 euros a 20 años, revisando las condiciones con un Euribor al 0,575 %, a lo que se añadiría el diferencial pactado con el banco (por ejemplo un 0,5 %), tendría que pagar un interés del 1,075 %. Esto es alrededor de 460 euros más al mes.
En cambio, si el suelo estuviese a un 4%, la cifra ascendería a 605 euros. Unos 1.700 euros más al año en concepto de intereses. Esta cifra, a lo largo de los 20 años, ascendería a unos 35.000 euros.
Todavía quedan en nuestro país muchos consumidores que siguen pagando en las cuotas de su hipoteca la cláusula suelo. Para ello, es muy importante que se interponga una reclamación ante la entidad bancaria. Y si esta no accede, habría que interponer una demanda judicial. En este sentido, el sólido equipo de abogados expertos en reclamaciones bancarias de reclamador.es te acompaña y ayuda durante todo el proceso para que puedas conseguir lo pagado de más por la cláusula suelo.
Consulta tu caso de suelo de la hipoteca con reclamador.es. Estudiamos sin compromiso tu contrato de préstamo y te decimos si tu reclamación es viable. Todo ello sin moverte de casa, solo tienes que rellenar nuestro formulario y subir la documentación de la que dispongas. Con eso, estudiamos tu caso y te mandamos un informe con la cantidad que podrías recuperar. Si aceptar el informe, nuestros abogados comienzan a trabajar en tu caso para que consigas eliminar la cláusula suelo de tu hipoteca y recuperar lo pagado de más.
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