La negligencia médica se produce cuando el profesional médico que te atiende no actúa con la diligencia exigida por las prácticas que rigen su profesión, en estos casos, por la Lex Artis Médica.
Algunos ejemplos frecuentes de esta mala praxis médica serían cuando en una intervención quirúrgica el cirujano olvida una gasa en el interior del cuerpo del paciente, o cuando el médico no supervisa diligentemente tras el post-operatorio, o bien por infecciones hospitalarias, contraídas éstas, en la mayoría de los casos, en las unidades de cuidados intensivos (UCI).
¿Qué hacer si sufres una lesión a consecuencia de la mala praxis médica en un hospital público?
En los casos de negligencias médicas cometidas en centros de salud públicos (regidos por la Seguridad Social) como son los ambulatorios y los hospitales debes acudir a la vía administrativa. El procedimiento a seguir consiste en presentar una reclamación administrativa por responsabilidad patrimonial ante la administración competente.
Dicho procedimiento se encuentra regulado en el artículo 32 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del régimen jurídico del sector público.
Dicho artículo establece que:
“Los particulares tendrán derecho a ser indemnizados por las Administraciones Públicas correspondientes, de toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos salvo en los casos de fuerza mayor o de daños que el particular tenga el deber jurídico de soportar de acuerdo con la Ley….”
Y ello está conectado con el artículo 13 de esta misma ley, que establece varios derechos a los ciudadanos en sus relaciones con las Administraciones Públicas.
El procedimiento regulado en la ley consiste en presentar una reclamación al órgano competente, especificando las lesiones causadas, el nexo causal, es decir, la presunta relación de causalidad entre las lesiones y el funcionamiento del servicio público, la evaluación económica de la responsabilidad patrimonial, si fuera posible, y el momento en que la lesión efectivamente se produjo.
Además, se exige que el daño deba ser efectivo, evaluable económicamente e individualizado con relación a una persona o grupo de personas.
Negligencia médica: ¿Ante quién hay que interponer la reclamación?
Dicha reclamación deberá interponerse contra el hospital, ambulatorio o centro de salud, no contra las autoridades y personal a su servicio, aunque sean estos los que hayan causado los daños y perjuicios al paciente, pues la encargada de exigir responsabilidades a dichas autoridades y demás personal por haber incurrido por dolo, culpa o negligencia grave será la Administración una vez que se haya procedido a indemnizar al perjudicado.
Para exigir dicha responsabilidad, la Administración tendrá en cuenta:
- El resultado dañoso que se ha producido en el paciente.
- La existencia o no de intencionalidad del personal médico.
- La responsabilidad profesional del personal al servicio del hospital y su relación con la producción de dicho daño.
En la mayoría de los casos, la culpa por la producción de la negligencia médica suele ser una culpa inconsciente, es decir, el médico actuó imprudentemente y negligentemente, pero no con la intención ni previsión de causar un resultado perjudicial.
En otros casos más remotos y menos asiduos en la práctica, la culpa puede ser consciente, es decir, el médico puede prever el resultado de su acción, pero confía en que no va a producirse dicho resultado.
¿De qué plazo dispones para presentar la reclamación al hospital o centro de salud?
El plazo para reclamar es de un año desde:
- Que se produjo la negligencia médica.
- Desde el fallecimiento del paciente.
- En aquellos casos en que la negligencia médica haya causado o agravado una lesión o enfermedad, el plazo comenzará desde la fecha en la que se haya producido la cura o estabilización del daño que nos han causado.
Para este último punto, la cura o estabilización se produce una vez que recibes el alta, bien por obtener la totalidad de la curación de la lesión o bien porque la lesión está estabilizada siendo permanente y produciéndonos una secuela.
Jose Angel dice
Yo llevo 5 años desde la primera operación hasta hace unos meses que me volvieron a operar tengo derecho a reclamar por negligencia porque desde la primera operación estoy todavía en tratamiento
reclamador dice
Hola José Angel. Si necesitas ayuda para reclamar, escríbenos a info@reclamador.es para que podamos estudiar tu caso y asesorarte. Un saludo y gracias por contactarnos
H. González dice
Hola, mi padre falleció, por lo que yo considero varias negligencias médicas consecutivas yendo a urgencias varias veces en un mes y nada… Presente una reclamación por responsabilidad patrimonial, y acaba de vencer el plazo de resolución de seis meses, sin contestación, por lo que se entiende desestimada. ¿Qué me quedaría ahora?, ¿Juzgado Contencioso-Administrativo?, ¿Recurso potestativo de reposición? Gracias!
reclamador dice
Hola. Te explicamos: interponer un potestativo sería alargar el proceso. Como vas a necesitar la ayuda de un abogado, te aconsejamos que te pongas en contacto con nosotros en nuestra web. Escríbenos, por favor, a info@reclamador.es para que podamos estudiar tu caso y asesorarte. Un saludo y gracias por contactarnos
pilar carasusan martinez dice
Buenas noches mi caso no se como llamarlo y he estado mas de un año sin poder salir de casa ni dormir por dolor de una pierna y claudicacion me han visitado 10 medicos si 10 entre neurocirujanos y vasculares el primer neurocirujano me dijo que tenia mal las vertebras l4l5 y q me tenian que poner unos separadores entre las vertebras ,pues bien me las pusieron sin ningun resultado despues fui a otros medicos y ellos decian q lo q yo tenia no era de operar y lo q me habian puesto no servia para nada segui con los de vascular q tampoco encontraban la causa a tanto dolor y claudicacion pero un dia Bingo entro a un vascular y me dijo le voy a mandar una prueva se lo que tiene y si lo supo tenia la vena cava totalmente obstruida y q me tenian q operar YA la operacion fue mas de lo que parecia 7 horas y uci mi pregunta es esto es negligencia mala praxis de muchos medicos yo he sufrido muchisimo por fabor diganme si esto se podria pelear
gracias
Equipo reclamador dice
Hola Pilar,
Lamentamos lo que te ha ocurrido y esperamos que estés mejor. Te damos respuesta a tu consulta:
Una Negligencia Médica, error médico o mala praxis médica son conceptos que se utilizan para referirse a una asistencia médica inadecuada, la cual causa daños y perjuicios al paciente y se produce cuando el médico o profesional actúa o toma una decisión que no cumple con las normas que rigen la profesión médica y como consecuencia de esta actuación u omisión se produce un resultado dañoso para el paciente.
Para poder analizar si en tu caso existe una negligencia médica, es necesario analizar tu documentación médica. Para ello, es necesario que solicites copia de tu Historia Clínica, ya que como paciente de la sanidad pública o privada o de cualquier otro centro médico, tienes derecho a obtener tu historia clínica completa. Para obtener el formulario de solicitud de Historia Clínica puedes dirigirte al mail: accidentes@reclamador.es , detallando tu caso y te enviaremos un modelo de solicitud de tu Historia Clínica, así como el procedimiento para solicitarla. Con esta documentación, analizaremos tu caso y valoraremos la necesidad o no de acudir a un perito médico para que pueda valorar que la actuación médica no ha sido la correcta y de esta manera poder reclamar una indemnización justa.
Muchas gracias por compartir tu experiencia con nosotros.
pilar carasusan martinez dice
haber si lo he entendido en este caso como han sido varios medicos y hospitales donde me han visitado supongo q tendre q pedir mi historial medico a la compañia que en este caso es Sanitas o ¿ medico por medico ?
Equipo reclamador dice
Hola Pilar,
Debes dirigirte directamente a Sanitas, los cuales te facilitarán una copia de tu Historia Clínica, sin necesidad de acudir médico por médico.
Muchas gracias.
Jorge Herrero dice
Buenos dias.Mi madre tenía mucho dolor en la cadera debido al desgaste (87 años). El medico decidió operarla(protesis de cadera)Nos comentó que ella andaba con muletas y que despues de la operacion no podia garantizar que pudiera andar normalmente, pero que si le quitaría el dolor. Nosotros firmamos ya que en principio el dolor era insoportable y si tenia que seguir con el taca-taca no importaba, ya que el dolor erta insoportable. Se la operó y fue todo bien. Al cabo de ocho dias la trasladaron a un centro de rehabilitación de la seg, social. Allí se le infectó la protesis. Estuvieron dos meses con antibióticos, diciendonos el medico que lo estavan tratando.Llegó el dia que fue al operador y cuando la miró, la ingresó y acto seguido le tuvo que quitar la protesis (Girdlestone), diciendonos que el hueso se le desacía y no pudo ponerle nada. Total mi madre ha quedado en una silla de ruedas para toda la vida.En tres meses aprox. paso de andar con muletas y taca taca y tener mucho dolor a una silla de ruedas pero sin dolor. Una vez le quitaron la protesis, en aprox. dos semanas le dieron el alta porque ya no tenia infección.Ha habido negligencia por parte del operador? Por parte del centro de rehabilitación que no la trató adecuadamente teniendola dos meses aprox. con la infeccion y no consultarle al operador la situación (los dos son de la seg. social). Se podía haber evitado si la hubieran vuelto a operar y cambiar la protesis antes de los dos meses, cuando no era tan grave la infección?Es negligencia o son cosas normales que pueden ocurrir?
Elena Campos dice
Hay negligencias medicas que no pueden pasarse por alto, la mala praxis de un medico o de un equipo entero no debe quedarse impune y más cuando el caso es realmente grave como el caso de una muerte o de un daño permanente en el paciente. Conozco varios casos en los que han tenido que tomar la vía legal por claras negligencias médicas con consecuencias graves e irreversibles. Saludos