Accidentes graves, leves o "solo de chapa y pintura". Independientemente del tipo de accidente, las aseguradoras de los vehículos culpables de un siniestro en carretera están obligadas a indemnizar a las víctimas. Tanto por los daños personales como materiales. Y para ello deben presentar una oferta motivada de indemnización. En este artículo respondemos preguntas muy repetidas como qué es la oferta motivada en seguros, qué pasa si acepto o no acepto la oferta de indemnización de la asegurada o qué requisitos debe cumplir una oferta motivada de indemnización por un accidente de tráfico.
Antes de contarte los requisitos, vamos a explicarte qué es la oferta motivada. Se trata de un concepto que se introdujo con el nuevo baremo de accidentes y es, simplemente, la respuesta que tiene que ofrecer la aseguradora a un reclamación de indemnización por accidente de tráfico.
La “Ley de Responsabilidad Civil y seguro en la circulación de vehículos a motor” ya recogía la obligación de las compañías aseguradoras a indemnizar por los daños materiales y personales a los perjudicados en accidentes de tráfico, pero el Baremo introdujo, además, la obligación para las aseguradoras de desglosar (motivar) la oferta que ofrece.
Si has sufrido un accidente de tráfico y te corresponde una indemnización, en la oferta que te presente la aseguradora, que ya te avanzamos será probablemente inferior a la fijada por ley, debe constar obligatoriamente esa cuantía.
Pese a que no es algo que deba constar en la oferta motivada, sí es el plazo del que dispone la aseguradora para presentar este documento a partir del momento que recibe la reclamación. Pasados estos tres meses sin que la aseguradora presente el rechazo motivado o la oferta motivada de indemnización por accidente de tráfico, comenzarán a devengarse intereses de demora que deberán ser abonados al solicitante de la indemnización. También tendrán que abonar intereses de demora si no pagan – o consignan- la indemnización al perjudicado en accidente de tráfico en el plazo de cinco días.
La oferta motivada deberá presentar por separado la valoración e indemnización de los daños materiales y personales, si los hubiera. De esto se deduce también que la oferta motivada de indemnización por accidente de tráfico no puede obviar ni los daños materiales, esto es principalmente al vehículo, ni los personales, es decir, las lesiones sufridas por los involucrados en el accidente.
Hay que tener en cuenta que, si el conductor culpable del siniestro tiene contratado el seguro a terceros, no tendrá derecho a recibir indemnización de ningún tipo.
El artículo 7.3.b de la conocida como Ley del Baremo recoge expresamente que los daños y perjuicios causados a los perjudicados en un accidente de tráfico deben calcularse en función de las tablas y anexos de esta misma ley.
Habitualmente, las aseguradoras no tienen en cuenta todos los conceptos recogidos en el Baremo. Por lo anterior, la indemnización suele ser inferior a la que realmente se desprende de las tablas del Baremo. Así, antes de aceptar la oferta motivada de indemnización hay que ponerse en manos de abogados expertos.
Que no te engañen. No estás obligado a aceptar la propuesta de indemnización del seguro ni el abogado que este te proponga para proteger tus derechos en un accidente de tráfico. Puedes elegir un abogado o equipo de abogados de confianza, como los de reclamador.es y será la aseguradora quien abone nuestros honorarios.
La aseguradora tiene obligación de presentar la oferta motivada de la indemnización por daños personales fundamentada en un informe médico definitivo que tiene que adjuntarse a la oferta. Y también cualquier otro informe que sea de valor en el caso, por ejemplo el informe del perito técnico que valora los daños del vehículo. Así lo recoge el artículo 7.3.c de la Ley del Baremo: “Contendrá, de forma desglosada y detallada, los documentos, informes o cualquier otra información de que se disponga para la valoración de los daños, incluyendo el informe médico definitivo, e identificará aquéllos en que se ha basado para cuantificar de forma precisa la indemnización ofertada, de manera que el perjudicado tenga los elementos de juicio necesarios para decidir su aceptación o rechazo”.
Esto también debe aparecer en la oferta motivada. Es decir, que pese a que el perjudicado reciba la indemnización por parte de la aseguradora, esta no puede obligarle a rechazar realizar acciones judiciales posteriores si la cantidad recibida es inferior a la que corresponde según Baremo.
Como ya hemos explicado, una vez que se acepte la oferta motivada, el pago de la indemnización debe realizarse en el plazo de 5 días, y puede puede realizarse bien en dinero en efectivo o bien mediante un aval solidario de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento.
Sin embargo, si el perjudicado no acepta la oferta por entender que es inferior a lo que le corresponde, la aseguradora podrá consignar ante notario la cantidad ofertada o en el decanato del Juzgado donde se haya presentado la reclamación del perjudicado. En cualquier caso, la aseguradora tendrá que avisar de la consignación, de manera que el perjudicado pueda acceder de manera inmediata al dinero consignado.
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Hola myi mujer sufrio un accidente de trafico el 25bde octubre de 2019, le dieron el alta el dia 11 de marzo de 2020 haciendo 30 sesiones de rehabilitacion ella es pensionista y no trabaja, el 23 de junio cumplen los tres meses que riene la xompañia para ofertar, si se xumple el plazo que medidas debo tomar y mas o menos xuanto seria la cuantia a reclanar? Graciad
Hola, Antonio.
Sentimos no poder darte una respuesta concreta, pero necesitaríamos estudiar al detalle tu caso y, actualmente, en reclamador.es no gestionamos este tipo de asuntos legales.
Gracias
Hola, muy interesante el post y su web. Mi duda es si mi abogado puede tomar la decisión por cuenta propia de rechazar una oferta motivada sin haberme consultado primero. Gracias.
Hola Antonio,
Todo depende de lo que hayáis acordado.
Gracias por leer nuestro blog.
En mi caso le dije que aceptara lo que fuera antes de ir a juicio. El abogado me dijo que le habían ofrecido cierta cantidad pero que lo había rechazado porque estaba seguro de ganar el juicio. Finalmente fuimos a juicio y lo perdimos. Ahora además de no tener el dinero que ofrecieron tengo que pagar las tasas del juicio y del perito médico. Se puede considerar mala praxis?
Hola Antonio,
Se podría considerar mala praxis ya que tenía que haber contado con tu consentimiento para aceptar o rechazar el acuerdo.
Un saludo.
En 2019 sufrí un accidente de tráfico que me mantuvo varios meses de baja.
Ha dia de hoy estoy esperando una oferta motivada queel seguro se niega ha hacerme basándose en queme falta por presentar el certificado de IRPF del año 2018 que según ellos es necesario para realizar el baremo.
Realmente tengo que aportar esa documentación que nada tiene que ver con el año en que sufrí el accidente???
Gracias.
Hola Silvia,
Sintiéndolo mucho no podemos darte una respuesta concreta puesto que necesitaríamos analizar toda tu documentación y, actualmente, en reclamador.es no tramitamos este tipo de asuntos legales.
Gracias por leer nuestro blog.
En 2019 sufrí un accidente de tráfico que me mantuvo varios meses de baja.
Ha dia de hoy estoy esperando una oferta motivada queel seguro se niega ha hacerme basándose en queme falta por presentar el certificado de IRPF del año 2018 que según ellos es necesario para realizar el baremo.
Realmente tengo que aportar esa documentación que nada tiene que ver con el año en que sufrí el accidente???
Gracias.
Hola Silvia,
Sintiéndolo mucho no podemos darte una respuesta concreta puesto que necesitaríamos analizar toda tu documentación y, actualmente, en reclamador.es no tramitamos este tipo de asuntos legales.
Gracias por leer nuestro blog.
Hola, que pasaría si acepto la oferta motivada y no recibo El dinero pasando 5 dias??
Hola, Dani,
En este caso tendrían que abonarte intereses de demora. Consulta con la aseguradora por si han consignado el dinero en un notario o Juzgado.
Un saludo.
En 12/2018 sufrí un accidente por caída en la vía publica de Barcelona.
acabo de recibir una notificación que "establece la valoración económica de los daños sufridos por la reclaman en 2392.65euros" mientras yo había solicitado 4000 euros en daños e intereses.
mi pregunta es:
¿cómo puedo reclamar este dinero ahora que se ha realizado la valoración? que tipo de correo debo hacer?
Quiero terminar con todos estos trámites y aunque no corresponda a la compensación deseada prefiero recuperar estos 2392,65 euros porque los días son muy difíciles económicamente actualmente
Hola Sabine,
Para que podamos darte una respuesta personalizada lo mejor es que nos contactes ya que tu consulta requiere de una consulta. Ahora mismo tenemos disponible un nuevo servicio de videoconsulta online que consiste en que un abogado especializado en la materia resolverá todas las dudas que tengas respecto a esta cuestión en concreto.
¡Te esperamos!
Hola. Han declarado mi coche siniestro por un accidente en el que yo soy el perjudicado. No se me ha aportado en ningún momento el valor de la reparación a pesar de haberlo solicitado por lo que deduzco que se ha hecho a ojo (no se desmontó el coche).Siempre he declarado que quiero arreglar el vehículo (es viejo pero el daño aparentemente no es tan desproporcionado).Ahora han calculado el valor venal del vehículo y la otra compañia me ha ofrecido 200 euros mas de lo que supone el valor venal... Nadie habló de valor de mercado y continuo sin presupuesto de reparación (he cambiado el coche de taller y se esta desmontando ahora). Como perjudicado quiero que lo arreglen y encima llevo un mes sin coche.
Hola Ana,
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¡Te esperamos!
Hola dos consultas. Me enviaron una oferta motivada menor a la rpta motivadA de hace un año. Es coherente eso.
Es muy importante mandar la reclamación con perito, antes q envíen ellos la oferta motivada. O da igual el orden. Gracias
Hola Dora,
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Hola buenos días , en mi caso todo ha ido bien y me mandaron la oferta motivadora y la acepte y firme y mi compañía de seguro mando mi número de cuenta más mi firma de que estoy de acuerdo con lo que me tienen que pagar , y ahora cuando me ingresan ? Han pasado ya cinco días de haber firmado .
Hola Cathy,
Muchas gracias por compartir tu experiencia con nosotros. Nos alegra que todo se haya resuelto de forma favorable.
Si necesitas asesoramiento, ahora mismo tenemos disponible un nuevo servicio de videoconsulta online que consiste en que un abogado especializado en la materia resolverá todas las dudas que tengas respecto a esta cuestión en concreto.
¡Te esperamos!
Sufrí un accidente de tráfico el día 18 agosto 2021, y me dieron el alta el día 20 de octubre el traumatologo de la compañía de seguro, pero mi médico me dio el alta el día 26 de octubre , dado que hice 22 sesiones de rehabilitación, ahora me quieren solo pagar 44 días de indemnización cuando yo e estado 70 días.He reclamado los días que me faltan, que tiempo tienen para poder volverme a hacer otra oferta motivada? Gracias
Hola Gabriel,
Para que podamos resolver tu consulta, lo mejor es que nos contactes a través de nuestro servicio de videoconsulta. En él, un abogado especializado en la materia resolverá todas las dudas que tengas respecto a esta cuestión.
Un saludo.