*Texto actualizado octubre 2021
La normativa vigente en materia de extranjería recoge el derecho de las personas con residencia legal en España a reagrupar a sus familiares. En otras palabras, los extranjeros con un permiso de residencia en España tienen derecho a que sus familiares directos convivan con él en nuestro país. Los trámites, requisitos y documentación necesaria para ello te lo contamos en el post “¿Qué es la reagrupación familiar y cómo se solicita?”. Pero para que ese derecho esté vigente, es necesario que se renueve la autorización de residencia temporal para extracomunitarios. Por esto, en este artículo elaborado por el equipo legal de reclamador.es, vamos a explicar los puntos más importantes de la renovación del permiso de residencia por reagrupación familiar en España.
A continuación te explicamos los requisitos y documentación necesaria para que te concedan esta renovación.
Requisitos para obtener la renovación del permiso de residencia temporal por reagrupación familiar
- El reagrupado debe disponer de autorización de residencia por reagrupación en vigor o bien estar en el periodo de 90 días posteriores a la caducidad de la autorización de residencia temporal. El reagrupante, por su parte, también debe contar con una tarjeta de residencia en vigor.
- Disponer de asistencia sanitaria pública o contar con un seguro médico privado contra enfermedades.
- Contar de los medios económicos suficientes para atender las necesidades de tus familiares. Aquí el mínimo fijado es el 100% del IPREM.
- Es necesario que el reagrupante cuente con una vivienda adecuada y, si tiene hijos en edad de escolarización obligatoria, que estos efectivamente lo estén durante tu estancia en España.
- Por último, señalar como requisito carecer de antecedentes penales y no tener la entrada prohibida en el país.
IPREM 2018: 537,84€ mensuales o 6.454,03€ anuales en 12 pagas o 7.519,59€ anuales en 14 pagas.
Documentación necesaria para la renovación del permiso de residencia por reagrupación familiar
- El impreso del modelo oficial de solicitud (EX 02). Duplicado, cumplimentado y firmado.
- Pasaporte o título de viaje en vigor de reagrupante y reagrupado.
- Acreditar la relación de matrimonio o análoga.
- La documentación que acredite que el reagrupante dispone de un domicilio adecuado, así como acreditar que dispone de un empleo. Si el empleo es por cuenta propia, podrá aportar la última declaración del IRPF y documentación de la actividad desarrollada, mientras que si el trabajo es por cuenta ajena el reagrupante puede aportar el contrato de trabajo y también la última declaración del IRPF.
- Si no tiene un empleo en España, el reagrupante debe acreditar que dispone de medios económicos suficientes para obtener la renovación.
La persona legitimada para presentar la autorización es el reagrupado de manera personal o bien mediante representación. Si en tres meses la Administración no ha respondido se entenderá estimada por silencio administrativo.
En cuanto a la vigencia de esta renovación, se extiende hasta la misma fecha que la autorización de que sea titular el reagrupante. Es decir, esta solicitud de renovación de los familiares reagrupados se presenta y se tramita conjuntamente con la de la persona reagrupante.
Solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjeros (TIE) después de la renovación
Existe el plazo de un mes desde la notificación de renovación del permiso de residencia para acudir a la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía de la provincia y solicitar esta tarjeta. Para ello, hay que aportar:
- Pasaporte o título de viaje en vigor.
- El justificante de pago de las tasas.
- Tres fotografías actuales en color.
- Solicitud de tarjeta de identidad de Extranjero en modelo oficial (EX–17)
- Si el reagrupado es menor, se debe acreditar la representación.