Puente de diciembre
Diciembre es un mes de viajes, de las últimas escapadas del año. Y la primera del mes es la del puente de diciembre, luego ya llegan las escapadas de Navidad y fin de año. Con la llegada del frío y la Navidad a la vuelta de la esquina, son muchas las personas que deciden tomarse unos días libres para viajar. Así, hacen más llevadera la espera de la llegada de esta fecha tan señalada. Este año, el 6 de diciembre de 2024 es festivo en toda España, mientras que el 8 se pasa al lunes en Andalucía, Aragón, Asturias, Castilla y León, Extremadura, Murcia y Melilla.
El interior peninsular y las capitales europeas son año tras año los destinos favoritos para pasar estos días del puente de diciembre con amigos y familiares.
El aumento del flujo de pasajeros estos días es innegable. Y, por estadística, muchos de ellos sufrirán incidencias en sus vuelos. ¿El motivo? El colapso en los aeropuertos y la mala gestión de los horarios por parte de las compañías aéreas. Como consecuencia de esas incidencias, crecerá también el número de viajeros con derecho a indemnización por problemas en sus viajes.
Es por esto por lo que en reclamador.es hemos elaborado una guía práctica para que todos aquellos que vayan a volar durante el Puente de Diciembre o en los próximos días cercanos a Navidad, conozcan en qué situaciones están protegidos frente a los principales problemas a la hora de volar, como son, por ejemplo, los retrasos en los vuelos o las cancelaciones de los mismos.
Si bien puede reclamarse una compensación por demoras y cancelaciones en los vuelos, también puede exigirse una indemnización económica por daños, retrasos o incidentes con las maletas. Para ello, será necesario solicitar en el mostrador de la compañía aérea el P.I.R., es decir, el Parte de Irregularidad de Equipaje. Este documento es básico para poder tramitar tu reclamación por problemas de equipaje. Sin él, se da por hecho que tu equipaje te ha sido entregado correctamente y en buen estado.
Con todo, te aconsejamos no aceptar la cantidad que ofrece la aerolínea por los días de pérdida. Lo más probable es que te corresponda una cantidad mayor.
Hay compañías aéreas que ofrecen una compensación en función de los días que la maleta ha estado perdida. Sin embargo, la normativa es clara: si han sido más de 21 días, se considera pérdida total. Y hay derecho a una indemnización de hasta 1.500 €. Si son menos días, hay que valorar el daño causado, pero también te corresponde indemnización por problemas con el equipaje en un vuelo.
Además, si llevabas en tu maleta objetos de valor (como joyas o instrumentos) es conveniente que hagas una declaración de valor al facturar el equipaje. Así, se podrá demostrar qué es lo que falta en tu maleta o qué se ha dañado. Este trámite tiene un coste, ya que es un seguro que ofrece la aerolínea.
Esto es la conocida como "cláusula no show". Imagina que, por el motivo que sea, no utilizas alguno de los trayectos que has comprado para volar. Ya sea la ida o la vuelta. En estos casos, hay compañías que automáticamente cancelan los trayectos restantes comprendidos en el mismo billete. Esta es la denominada cláusula no show que aplican muchas aerolíneas y que está prohibida en España. Te ponemos un ejemplo.
Hay veces que se producen circunstancias extraordinarias, como las huelgas de controladores que está sufriendo Francia últimamente. O el mal tiempo generalizado. En estos casos, las compañías suelen desentenderse de los derechos de los viajeros y ofrecen, únicamente, un cambio de vuelo. Sin embargo, la realidad es que están obligadas a ofrecer también el reembolso completo del billete si es lo que el pasajero prefiere.
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