In itinere es una locución latina que significa “en el camino”. Si lo unimos a la palabra "accidente", el resultado es un siniestro ocurrido al trabajador durante el desplazamiento desde su domicilio hasta su lugar de trabajo, o viceversa, con la única condición de que el empleado no haya interrumpido el trayecto por causas ajenas al trabajo. El accidente in itinere guarda ciertas similitudes -en cuanto a sus consecuencias legales para el trabajador -, con un accidente sucedido en el lugar de trabajo, por haber sido debido a la necesidad de trasladarse del empleado, al igual que si el accidente tiene lugar al regresar al hogar después de la jornada laboral.
Entre los criterios que se toman en cuenta para calificar el accidente sufrido por el trabajador en el transcurso de su camino a casa o al trabajo están:
El accidente in itinere se considera una ampliación del accidente de trabajo. Por lo tanto, ante un accidente in itinere se debe actuar como si se tratara de un accidente laboral. Pero en este caso, hay que poder probarlo bien con una denuncia policial, o constancias de haber necesitado atención sanitaria.
Además, se suele recomendar informar cuánto antes a la empresa y acudir a La Mutua Laboral para su tratamiento y seguimiento de los gastos médicos, porque es ésta y no la Seguridad Social quien debe hacerse cargo.
En definitiva, son las mismas que para cualquier accidente de tráfico.
Sobre esta definición que hoy os hemos traído se ha ido construyendo una amplísima casuística. Para que los juzgados consideren un accidente in itinere, las circunstancias concurrentes son determinantes en cada caso. Estos son unos de los casos que se consideran como tal:
Por el contrario, los tribunales han considerado que NO existía accidente in itinere en supuestos como:
No existe un mínimo de tiempo. Lo que se entiende es que debe respetarse un tiempo prudencial en el trayecto.
No hay diferencia, los autónomos también están incluidos en el concepto de accidente in itinere, siempre y cuando, como todos, cumplan los requisitos del mismo.
Los accidentes laborales in itinere son los que se producen al ir o al volver del trabajo. Como con el teletrabajo, se entiende que el lugar de trabajo es el propio domicilio, no cabe la posibilidad de este tipo de accidente ya que entonces, la salida del domicilio sería motivado por asuntos privados.
En los casos de trabajo en formato híbrido (tanto en oficina como en casa) o con teletrabajo que se requiere del desplazamiento de manera periódica a algún centro, ya sea en visitas periódicas a la oficina, como a cualquier otro lugar, sí que cabría el supuesto de accidente in itinere porque el desplazamiento es debido a un motivo laboral.
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hola quisiera saber si corresponde mi siniestro a accidente initinere cuando salía de mi domicilio yendo al trabajo el portón se mete la perras entre mis piernas y caigo provocando me un traumatismo de rodilla izquierda. no puedo doblar la pierna.
Hola,
Perdona pero no hemos entendido bien tu caso.
Un saludo.
Hola Dalila,
Para que nuestro equipo de abogados pueda estudiar tu caso, necesitamos que completes un pequeño formulario para que puedan ver tu caso con más detalle y confirmarte si el caso es viable.
Gracias por leer nuestro blog.
Hola Consuelo. Te aconsejamos que hables con tu médico para que certifique que se trata de un accidente laboral y te deriven a la mutua. Cualquier duda más, ya sabes donde estamos. Un saludo
Hola Alejandro,
Si el accidente se produjo porque ibas corriendo por la vía pública lamentablemente no se puede reclamar. Aunque se haya producido en el camino hacia tu centro de trabajo, los accidentes por correr por la calle no están sujetos a indemnización.
Disculpa que no podamos ayudarte más.
Muchas gracias por tu consulta.