In itinere es una locución latina que significa “en el camino”. Si lo unimos a la palabra "accidente", el resultado es un siniestro ocurrido al trabajador durante el desplazamiento desde su domicilio hasta su lugar de trabajo, o viceversa, con la única condición de que el empleado no haya interrumpido el trayecto por causas ajenas al trabajo. El accidente in itinere guarda ciertas similitudes -en cuanto a sus consecuencias legales para el trabajador -, con un accidente sucedido en el lugar de trabajo, por haber sido debido a la necesidad de trasladarse del empleado, al igual que si el accidente tiene lugar al regresar al hogar después de la jornada laboral.
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¿Qué criterios se tienen en cuenta para calificar un accidente in itinere?
Entre los criterios que se toman en cuenta para calificar el accidente sufrido por el trabajador en el transcurso de su camino a casa o al trabajo están:
- Los horarios de entrada y salida.
- El camino más corto y directo.
El accidente in itinere se considera una ampliación del accidente de trabajo. Por lo tanto, ante un accidente in itinere se debe actuar como si se tratara de un accidente laboral. Pero en este caso, hay que poder probarlo bien con una denuncia policial, o constancias de haber necesitado atención sanitaria.
Además, se suele recomendar informar cuánto antes a la empresa y acudir a La Mutua Laboral para su tratamiento y seguimiento de los gastos médicos, porque es ésta y no la Seguridad Social quien debe hacerse cargo.
Causas más frecuentes que pueden provocarlo un accidente in itinere
- Exceso de velocidad.
- Conducción con cansancio.
- Conducción bajo los efectos de medicamentos o del alcohol.
- El no respecto de las distancias mínimas de seguridad con los otros vehículos.
- Fallos mecánicos o de mantenimiento del vehículo.
- Conducir sin el casco puesto (para motoristas).
- Llevar el cinturón de seguridad desabrochado.
- Las distracciones mientras se conduce.
- El uso del teléfono móvil.
- El no respeto de las normas de circulación.
- Complicaciones climatológicas (por ejemplo, niebla) o deficiencias en la vía (asfalto deslizante por hielo).
En definitiva, son las mismas que para cualquier accidente de tráfico.
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Los casos que son accidentes in itinere y los que no
Sobre esta definición que hoy os hemos traído se ha ido construyendo una amplísima casuística. Para que los juzgados consideren un accidente in itinere, las circunstancias concurrentes son determinantes en cada caso. Estos son unos de los casos que se consideran como tal:
- Todo caída que se produzca en las zonas comunes de un edificio de viviendas, (pasillos, escaleras, etc.), con la condición de que el accidentado ya hubiera abandonado su domicilio para dirigirse a su lugar de trabajo o cuando esté de vuelta del mismo.
- Desvíos en el trayecto que tienen que ver con la cobra la nómina o gestiones de carácter laboral.
- Los accidentes que se producen tras fiestas de despedida de compañeros o al finalizar la cena de Navidad de la empresa, es decir no al concluir propiamente el trabajo.
- También se considera accidente in itinere cuando la salida o retorno es desde el domicilio habitual. Incluyendo el domicilio de fin de semana o una segunda residencia.
- Cuando el empleado abandona el lugar de trabajo para comer.
Por el contrario, los tribunales han considerado que NO existía accidente in itinere en supuestos como:
- Los desplazamientos realizados por el trabajador desde una vivienda no habitual (domicilio de los suegros, de la pareja, de terceras personas).
- Los accidentes que suceden cuando el trabajador abandona el lugar de trabajo antes de finalizar la jornada y sin permiso del empresario.
- Los que se produzcan cuando el empleado realiza gestiones personales durante el recorrido, aunque sea con conocimiento y consentimiento empresarial.
- Los desvíos de la ruta frecuente para dirigirse al colegio de sus hijos o al lugar de trabajo de su pareja.
¿Cuánto tiempo te cubre un accidente in itinere?
No existe un mínimo de tiempo. Lo que se entiende es que debe respetarse un tiempo prudencial en el trayecto.
¿Se puede aplicar también a los autónomos?
No hay diferencia, los autónomos también están incluidos en el concepto de accidente in itinere, siempre y cuando, como todos, cumplan los requisitos del mismo.
¿Puedo tener un accidente in itinere si teletrabajo?
Los accidentes laborales in itinere son los que se producen al ir o al volver del trabajo. Como con el teletrabajo, se entiende que el lugar de trabajo es el propio domicilio, no cabe la posibilidad de este tipo de accidente ya que entonces, la salida del domicilio sería motivado por asuntos privados.
En los casos de trabajo en formato híbrido (tanto en oficina como en casa) o con teletrabajo que se requiere del desplazamiento de manera periódica a algún centro, ya sea en visitas periódicas a la oficina, como a cualquier otro lugar, sí que cabría el supuesto de accidente in itinere porque el desplazamiento es debido a un motivo laboral.
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dalila dice
hola quisiera saber si corresponde mi siniestro a accidente initinere cuando salía de mi domicilio yendo al trabajo el portón se mete la perras entre mis piernas y caigo provocando me un traumatismo de rodilla izquierda. no puedo doblar la pierna.
Equipo reclamador dice
Hola,
Perdona pero no hemos entendido bien tu caso.
Un saludo.
Equipo reclamador dice
Hola Dalila,
Para que nuestro equipo de abogados pueda estudiar tu caso, necesitamos que completes un pequeño formulario para que puedan ver tu caso con más detalle y confirmarte si el caso es viable.
Gracias por leer nuestro blog.