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¿Qué es y cómo se puede reclamar el impuesto de plusvalía municipal?

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Plusvalía municipal
Contenido revisado septiembre 2022. Sin novedades respecto a octubre 2021: El Tribunal Constitucional declara inconstitucionales y nulos los artículos 107.1, segundo párrafo, 107.2.a) y 107.4 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales. Para saber cómo te afecta esta sentencia si has pagado el impuesto de plusvalía municipal al vender o recibir mediante herencia o donación un terreno de naturaleza urbana, accede a nuestro post “Preguntas y respuestas tras la sentencia del Constitucional sobre plusvalía municipal”. Y si quieres que un abogado estudie tu caso, completa nuestro formulario.

Si has vendido tu casa en los últimos cuatro años por menos de lo que te costó, puedes recuperar el impuesto de plusvalía municipal que te cobró tu Ayuntamiento. Así lo ha recogido la sentencia del Tribunal Constitucional.

¿Qué es el impuesto de plusvalía municipal?

Lo que conocemos como el impuesto de plusvalía municipal (impuesto sobre el valor de los terrenos de naturaleza urbana) es un impuesto que cobran los ayuntamientos al vender un inmueble. En principio, el objetivo de este tributo era gravar el incremento que se producía en el valor del terreno, vivienda o local. Los ayuntamientos daban por supuesto que siempre existe dicho incremento sólo por el paso del tiempo, independientemente de que hayas vendido por menos de lo que compraste. Pero realmente ésto no es siempre así.

La bajada de los precios de la vivienda y la plusvalía municipal.

En los últimos años hemos venido experimentando en nuestro país una bajada del precio de la vivienda, después de que en 2007 se pinchara la famosa burbuja inmobiliaria. Lo lógico hubiera sido que si el impuesto está basado en lo que se gana al vender una vivienda, si vendes tu casa por menos de lo que la compraste, no tengas que pagarlo. No ha sido así.

¿Cómo estaban calculando los ayuntamientos esta plusvalía?

Básicamente, lo que han venido haciendo es hacer el cálculo por los años que has tenido la casa en propiedad y su reflejo en el valor catastral. Por tanto, por mucho que haya bajado el precio de la vivienda, siempre teníamos la obligación de pagar dicho impuesto.

El Tribunal Constitucional se ha pronunciado en este caso indicando que cobrar este impuesto cuando no existe un incremento de valor derivado de una venta es contrario al principio de capacidad económica. Esto implica que el objeto de dicho cobro es obtener un resultado puramente recaudador. Y esto está prohibido en nuestra Constitución

¿Quién puede reclamar la plusvalía municipal?

Tenemos que tener en cuenta que para poder hacerlo, tienes que cumplir estos dos requisitos fundamentales:

  • Que con la venta que da lugar al pago del impuesto se obtuvieran pérdidas o no se produjera ganancia alguna.
  • Si hiciste la autoliquidación (presentaste tú el impuesto en el ayuntamiento), que no hayan pasado más de cuatro años desde que se pagó el impuesto.
  • Si fue el ayuntamiento quien te giró el impuesto (te hizo la liquidación), sólo tienes un mes desde que te lo notificaron para reclamarlo.

¿Qué procedimiento hay que seguir?

Lo más importante que tienes que saber es que en reclamador nos ocupamos de todo. La garantía de éxito en este caso es total. Pero no te queremos engañar, es un proceso que puede durar hasta dos años y medio. Durante ese tiempo, nuestro equipo legal se encargará de todo el proceso, sin apenas molestarte. Es nuestro ADN que ya aplicamos al resto de productos que llevamos.

Todo online. Sólo tienes que enviarnos tres documentos.

  • La escritura de compraventa que hiciste cuando compraste el inmueble (pídela cuanto antes al banco si no la tienes).
  • La escritura de compraventa que firmaste cuando lo vendiste.
  • El justificante de haber pagado el impuesto de plusvalía.

Para ello sólo tienes que subir estos documentos a través de nuestra web y nosotros nos encargamos del resto.

Lo mejor es reclamarlo cuanto antes

Pensamos que lo mejor es iniciar la reclamación del impuesto de plusvalías municipales cuanto antes. Hay que aprovechar el respaldo del Tribunal Constitucional y la oportunidad que legalmente se abre en este momento.

En este aspecto, lo mejor es tener un asesoramiento legal especializado en la materia. Por eso, ponemos a tu disposición un equipo legal de abogados fiscalistas que te va a asesorar de forma gratuita y sin compromiso. Te indicaremos qué pasos tienes que seguir para poder reclamar que te devuelvan lo pagado injustamente por este impuesto, más los intereses de demora.

Si has pagado el impuesto de plusvalía podemos ayudarte a reclamarlo

Equipo reclamador

Las personas que hacen posible reclamador.es

Ver comentarios

    • Hola Raúl,

      Muchas gracias por tu pregunta. Puedes pedir el justificante en las oficinas de tu ayuntamiento: Si vives en Madrid, puedes hacerlo a través de este enlace

      Cualquier duda adicional estaremos encantados de atenderte.

    • Hola Irene,

      Gracias por tu comentario. Sobre la duda que planteas hay que distinguir dos casos:
      1- La autoliquidación: prescribe a los 4 años.
      2- La liquidación: prescribe pasado un mes desde que te la comunican. Si en el plazo no la impugnas es firme y no cabe recurso de ningún tipo.

      Si tienes cualquier otra duda estamos a tu disposición :)

  • Buenas tardes , esto de la plusvalia solo se aplica al que vende y no al que compra? por que compre una parcela en 20000 € y la junta de Andalucia me la valora en 60000 € y me a venido 5800 € por que me la valoran en ese precio, es asi?

  • Hola soy jose, yo te hago esta pregunta como avalista de mi hija, hemos tenido que dar el piso en dación en pago como es logico con perdidas, y encima hemos tenido que pagar la plusvalia tenemos algun derecho a su reclamación.

    • Hola José,

      En principio podríais reclamar este impuesto. Para ello, por favor completad este formulario para que podamos valorar el caso de forma gratuita y sin compromiso y deciros si podéis reclamar o no.

      Muchas gracias por tu consulta.

  • Hola,
    Me llamo Juan,
    El tema es que hace dos años vendimos la vivienda con perdidas, y ademas quedando unas cargas por pagar por estar esta avala por la finca de mis padres. A parte del inpuesto de plusvalía, puedo reclamar algo al banco?
    Saludos.

    • Hola Juanma,

      En principio podrías reclamar el impuesto de plusvalía (dependiendo de si lo pagaste con liquidación o autoliquidación).

      Respecto a otros gastos, si tenías hipoteca es posible que puedas reclamar o la cláusula suelo o los gastos de formalización.

      Un saludo y gracias por tu comentario.

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