Seguro que en alguna ocasión has escuchado hablar de la “base reguladora”, por ejemplo, si estás o has estado de baja -incapacidad temporal-. Pero, ¿sabes realmente a qué hace referencia este concepto?
Para saber cuánto cobrarás en caso de baja, es fundamental que conozcas tu base reguladora. Es esta la que marcará la cuantía que percibirás en caso de incapacidad temporal. También será importante en el cálculo de las pensiones de jubilación de los trabajadores.
¿Qué es la base reguladora?
Podemos definir este concepto como un baremo por el cual se calcula la cuantía exacta que corresponde al trabajador percibir por parte de la Seguridad Social.
En el Diccionario de Español Jurídico de la RAE, se define como “importe salarial que se toma como referencia para calcular la cuantía de la prestación económica que corresponda al beneficiario de la Seguridad Social”
Para calcular este concepto hay que tener en cuenta la base de cotización de cada trabajador. En la página web de la Seguridad Social explican cómo obtener la base reguladora, según cada caso particular del trabajador.
Abogado laboralista: ¿cómo te puede ayudar?
No confundir base reguladora y base de cotización
De lo anterior, se deduce que ambos conceptos no se deben utilizar como sinónimos y el trabajador debe diferenciar ambas.
La base reguladora se obtiene aplicando un porcentaje a la base de cotización del trabajador. Ese porcentaje no siempre es igual, pues dependiendo del tipo de incapacidad por la que el trabajador vaya a percibir la prestación se fija un porcentaje diferente.
En cuanto a la base de cotización, podríamos definir este concepto como la remuneración bruta que recibe el trabajador mensualmente, incluyendo las pagas extras.
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Blanca dice
Mi pareja está cobrando lo mismo desde que entró en la empresa, y cada mes le suben el IRPF y la SS, sin aviso, me extraña, porque es algo que suele cambiar si tu salario sube o bien cambias de categoría lo cual no es el caso, el ha hablado con la empresa y le han dicho que es algo automático y no pueden cambiarlo, la pregunta es, ¿se puede cambiar realmente, y es algo legal que lo hagan sin avisar y negándose a dejarlo tal cual estaba? Ya que el mes pasado le retenían un 4% y este mes un 5%
Equipo reclamador dice
Hola, Blanca.
Entendemos que son ajustes. Igualmente, siempre puede hablar con la empresa para fijar el porcentaje, si bien es posible que de esa manera, en la declaración de la renta, le salga más a pagar/devolver.
Saludos.