Noticias y actualidad

Plusvalía: es inconstitucional si su importe supera el beneficio conseguido

Valora este artículo
Sentencia sobre el impuesto de plusvalía municipal
Novedades octubre 2021: El Tribunal Constitucional declara inconstitucionales y nulos los artículos 107.1, segundo párrafo, 107.2.a) y 107.4 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales. Para saber cómo te afecta esta sentencia si has pagado el impuesto de plusvalía municipal al vender o recibir mediante herencia o donación un terreno de naturaleza urbana, accede a nuestro post “Preguntas y respuestas tras la sentencia del Constitucional sobre plusvalía municipal”. Y si quieres que un abogado estudie tu caso, completa nuestro formulario.

Recientemente hemos conocido la sentencia completa del Tribunal Constitucional sobre el pago de la plusvalía municipal en los casos en los que el importe de este impuesto es superior a la ganancia conseguida con la transmisión del inmueble. La parte dispositiva fue anunciada hace un par de semanas en relación a la inconstitucionalidad del impuesto de plusvalía en el caso de que, a pesar de haberse obtenido una ganancia, el contribuyente había pagado más por el tributo que la ganancia conseguida. 

El impuesto de plusvalía es confiscatorio

La Sentencia abunda en la exigencia de que dicho impuesto se ajuste a una capacidad económica real, que no se produce en estos casos, por lo que la plusvalía tiene un carácter confiscatorio, prohibido por el artículo 31 de la Constitución. 

Importante también destacar que para el Tribunal Constitucional el impuesto resulta confiscatorio cuando su importe es mayor que el incremento patrimonial, calculado no sólo sobre el precio de venta, sino incluyendo todos los gastos en que se ha incurrido para llevar a cabo dicha venta (notario, registro, etc).

Sin embargo, y aunque todavía está pendiente la cuestión de inconstitucionalidad que ha formulado el Tribunal Supremo sobre la fórmula de cálculo aplicada, parece que el Tribunal Constitucional se decanta por considerar la inconstitucionalidad del impuesto únicamente en los casos en que se haya vendido por menor precio de la adquisición y en estos supuestos en que a pesar de la ganancia, se pagó más importe al fisco que el precio de venta.

El Constitucional reprocha que se haya hecho caso omiso a su mandato de reformar la normativa que regula la plusvalía municipal

El Tribunal Constitucional reprocha, una vez más, que el legislador haya hecho caso omiso a su mandato de reformar la regulación del impuesto en su Sentencia de 11 de mayo de 2017, advirtiendo que ahora mismo los ciudadanos se encuentran en una situación de inseguridad jurídica, que incluye no sólo la claridad y la certeza sobre el ordenamiento jurídico aplicable (es decir, conocer la ley), sino también la legítima confianza y la previsibilidad en sus efectos, esto es, saber cómo va a ser aplicada por los organismos correspondientes, cosa que ahora no sucede, llevando a los contribuyentes a solicitar la rectificación de sus liquidaciones y acudiendo a los Tribunales cuando no son estimadas por los municipios.

Reclamar el impuesto de plusvalía

En resumen, esta sentencia del Tribunal Constitucional confirma lo obvio desde el sentido común: que aún cuando se haya obtenido una ganancia en la venta posterior del inmueble, si como consecuencia del impuesto se paga más que esa ganancia, ese resultado es inconstitucional.

Por último, pero no menos importante, esta sentencia permite la revisión de todas aquellas situaciones que no hayan adquirido firmeza por haber sido impugnadas en tiempo o forma, sin que haya recaído resolución administrativa o judicial firme.

Si este es tu caso, en reclamador.es podemos ayudarte a recuperar tu dinero. El proceso es 100%, sin necesidad de desplazarte hasta nuestras oficinas. Y no te olvides que en reclamador.es solo cobramos si tú ganas*, sin necesidad de adelantar ninguna cantidad para iniciar tu reclamación por plusvalía municipal.

*Salvo que exista un incumplimiento o resolución contractual por tu parte conforme a nuestras CCGG.

Reclama lo pagado de más por plusvalía municipal

Si te ha parecido interesante esta noticia sobre que la plusvalía municipal es inconstitucional cuando el importe a pagar por el impuesto supera la ganancia obtenida por la venta (herencia o donación) de la vivienda, compártela en tus redes sociales!

🙂

Equipo reclamador

Las personas que hacen posible reclamador.es

Entradas recientes

Entrevista a Verónica Cifuentes, reclamadora de aerolíneas con reclamador.es

Como cada mes, te traemos una nueva entrevista, en esta ocasión quien cuenta su historia…

3 días hace

¿Cuánto hay que ahorrar para la entrada de una vivienda?

Si estás pensando en comprar una vivienda, especialmente si se trata de tu primera casa,…

5 días hace

Colas de retrasos en los aeropuertos por congestión aérea: ¿Se puede reclamar una indemnización?

¿Cuántas veces no has leído o escuchado en las noticias informaciones como “récord de vuelos…

1 semana hace

¿Qué pasa si no pones el modo avión en un vuelo?

Nos ponemos en situación. Pasas el control de seguridad del aeropuerto, haces la cola para…

2 semanas hace

¿Todavía se pueden reclamar los gastos de formalización de las hipotecas?

La reclamación de los gastos de formalización de la hipoteca sigue siendo uno de los…

2 semanas hace

Aerolíneas prohibidas en la Unión Europea

Si por algo se quiere caracterizar la Unión Europea en cuanto a transporte aéreo se…

3 semanas hace