Los permisos retribuidos son licencias a las que tienen derecho los trabajadores, ya sea por estar recogidas en el Estatuto de los Trabajadores o en el convenio colectivo de aplicación. Durante esos días, el empleado no está obligado a acudir a su puesto de trabajo y tiene derecho a que ese periodo no sea descontado de su salario ni de sus días de vacaciones.
Pero, ¿sabes realmente cuáles son esos permisos retribuidos? En reclamador.es hemos recopilado 8 de los más habituales que pueden disfrutar los trabajadores, siempre y cuando se avise a la empresa de la ausencia y esta se justifique.
Es uno de los permisos retribuidos más conocidos por los trabajadores. Se trata de 15 días naturales a los que tienen derecho ambos miembros de la pareja.
Respecto al derecho a disfrutar de este permiso en el caso de hacerse pareja de hecho, dependerá del convenio colectivo. Si este no recoge nada, los trabajadores que formalicen su relación como pareja de hecho no podrán disfrutar de este permiso. Así lo señaló la Audiencia Nacional en una sentencia el 8 de enero de 2018.
Las mudanzas dan derecho a los trabajadores a disfrutar de un día de permiso retribuido según el Estatuto de los Trabajadores. Sin embargo, son muchos los convenios colectivos que amplían este permiso a dos días o, incluso, más.
Esto es, por ejemplo, ser elegido como miembro de una mesa electoral o miembro de un Jurado Popular para un procedimiento judicial. En dichas situaciones, la empresa está obligada a permitir al trabajador acudir a desempeñar esas funciones y abonarle el día de salario de ese periodo. Este día o días tampoco podrán ser descontados de las vacaciones del empleado.
Este es uno de los permisos retribuidos más desconocidos. Puede solicitarse únicamente en los casos de despido objetivo. Este permiso consiste en 6 horas semanales entre el momento del preaviso del despido objetivo y la finalización del contrato. El preaviso en el despido por causas objetivas es de 15 días.
Ya sea para llevar a los hijos menores al médico o por tener que acudir a exámenes prenatales o de preparación al parto, se podrá disfrutar de un permiso retribuido por el tiempo que dure dicha consulta médica. Sin necesidad de tener que recuperar el tiempo empleado.
Ya sea por nacimiento, adopción o acogimiento, el padre o madre tiene derecho a una hora (o fraccionarse en dos) de permiso diario durante 9 meses después de la reincorporación del trabajador de su baja por maternidad o paternidad. También es posible acumular las horas correspondientes a la lactancia y disfrutar de este permiso retribuido de una sola vez.
Los representantes de los trabajadores también tienen derecho a disfrutar de permisos retribuidos para el desempeño de sus funciones. Estos se suelen fijar en cada convenio colectivo.
No por tener un puesto de trabajo, el empleado tiene que dejar de formarse. Por ello, todos aquellos trabajadores que estén cursando estudios reglados podrán disfrutar del tiempo necesario para acudir a examinarse. Esto también es aplicable a los trabajadores que se estén sacando el carné de conducir y deban acudir tanto al examen teórico como práctico.
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Vuestra web es muy interesante
Hola , soy enfermera de un hospital privado, tenia turno el sábado noche y me eligieron como presidenta de una mesa electoral, llame a la empresa en cuanto tuve en la mano la citación, me han dicho que la noche del sábado tengo que hacerla otro día o me descontarían las horas del computo anual de horas y de nomina, esto es lo que toca por ley
Hola María de los Ángeles,
Muchas gracias por escribirnos.
En este artículo de nuestro blog hablamos de los derechos de los trabajadores que les tocó mesa electoral: https://www.reclamador.es/blog/?s=mesa+electoral
Gracias por leer nuestro blog.
Hola soy CFD ejido Alfredo v.bonfil Cancún Quintana Roo domicilio conosido. Tengo 28 años trabajando en una empresa dando servicio a los aviones en cocina. Pido permiso para acudir a mis citas al IMSS y me descuentan mis vacaciones me incapacitan 5 días y me hacen trabajar 12 días de corrido sin descanso pido permiso. Y descuentan vacaciones. Soy inpertensa. Y me disen que este año no tendré vacaciones pido permiso 1 hora salir temprano no me dan seguido pierdo mis citas al IMSS no yego a tiempo quisiera renunciar pero. 28 años dejar tirados a la basura. No es justo
Hola María del Carmen,
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Hola, de que normativa están hablando!?
Si es del Derecho Español, en ese caso, el permiso para acudir al médico no es cierto. Indicar la normativa o a que os referís porque el ET no recoge ese permiso, si algún convenio.
Hola Patricia,
En el post hablamos de llevar a los hijos menores al médico o tener que acudir a exámenes prenatales o de preparación al parto, no citas médicas como tal que efectivamente no están contempladas. Lo que mencionamos SÍ que se contempla en el Estatuto de los Trabajadores en el art. 37.
Un saludo.