Cuando un ciudadano de cualquier país no perteneciente a la UE, EEE ni a Suiza, decide venir a España a trabajar, necesita un permiso de trabajo y residencia temporal. La página web del Ministerio de Empleo y Seguridad Social de España recoge los diferentes tipos de autorizaciones que se pueden solicitar:
- Residencia temporal y trabajo.
- Residencia temporal y trabajo para investigación.
- Movilidad de los extranjeros admitidos como investigadores en cualquiera de los países que forman la Unión Europea.
- Autorización inicial de residencia y trabajo para profesionales altamente cualificados.
- Movilidad de los trabajadores titulares de una Tarjeta Azul-UE.
- Residencia con excepción a la autorización de trabajo.
- Permiso de residencia temporal y trabajo de duración determinada.
- Residencia temporal y trabajo en el marco de prestaciones transnacionales de servicios.
- Autorización para trabajos de temporada o campaña en el marco de prestaciones transnacionales de servicios.
- Entrada, residencia y trabajo en España de personal directivo o altamente cualificado.
- Deportistas profesionales.
- Penados.
- Trabajadores transfronterizos.
- Situación nacional de empleo.
Permiso de residencia temporal y trabajo en España
En este post vamos a explicar el permiso de residencia temporal y trabajo en España cuando el empleado viene a desempeñar una profesión por cuenta ajena, es decir, para un empleador o empresario.
Nos referimos a la autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena. Este permiso debe ser solicitado por el empresario cuando decida contratar a un empleado no residente en la EU, EEE o Suiza, ni familiar de ciudadanos de estos países.
¿Qué es la reagrupación familiar y cómo se solicita?
Conseguir el permiso de trabajo en España es una de las cuestiones que más preocupa a los ciudadanos extranjeros que desean venir a desempeñar una profesión. Como hemos indicado, esta autorización debe ser solicitada por el empresario y tendrá un año de vigencia, aunque podrá ser renovada.
Requisitos para obtener el permiso de trabajo en España
Entre los requisitos que se deben cumplir para conseguir el permiso de trabajo en España encontramos:
- No ser ciudadano de la UE, EEE, Suiza o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión Europea.
- El trabajador no puede encontrarse de manera irregular en España.
- Carecer de antecedentes penales, tanto en España como en sus anteriores países de residencia, cuando esos delitos los recoja nuestro Código Penal.
- El trabajador no puede tener la entrada prohibida en España ni en países con los que se tenga firmado un acuerdo en este sentido.
- No puede encontrarse en un periodo de compromiso de no retorno a nuestro país.
- Debe presentarse el contrato de trabajo firmado por las dos partes. La fecha de inicio de la relación laboral estará condicionada al momento de entrada en vigor del permiso de trabajo en España.
- El empleador solicitante deberá estar inscrito en el régimen del sistema de Seguridad Social y encontrarse al corriente de las obligaciones de pago a las que esté obligado.
- Abonar las tasas de la solicitud de autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena.
Además, para obtener el permiso de residencia temporal y trabajo en España, el empleado debe contar con la capacitación o cualificación mínima exigida para el puesto que desempeñará. El empresario debe, por su parte, contar con los medios económicos, materiales y personales necesarios para desarrollar la actividad por la que va a contratar a ese trabajador.
El contrato de trabajo debe ser acorde a la legislación española vigente.
Documentación necesaria para solicitar el permiso de trabajo en España
En cuanto a la documentación, es obligatorio presentar el modelo EX03, por duplicado y firmado por la empresa.
Junto con este impreso oficial, se deberá entregar el pasaporte o título de viaje en vigor del trabajador. El documento que acredite la capacitación o cualificación del futuro empleado acorde al puesto que cubrirá, también es obligatorio.
¡Ojo! El Ministerio de Empleo advierte que, como norma general, se deberán mostrar los documentos originales y copias de los mismos.
En relación a la documentación a presentar de la empresa:
- NIF de la empresa y escritura de constitución debidamente inscrita en el Registro.
- Original y copia del contrato firmado.
- Documento que acredite la solvencia de la empresa.
- Memoria donde se recoja las tareas que realizará el futuro empleado.
Normativa que regula la autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena en España
La principal regulación de la autorización inicial de residencia temporal y trabajo la encontramos en las siguientes normas:
- Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social (artículos 36, 38 y 40).
- Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril (artículos del 62 a 70).
Una vez concedido el permiso de residencia y trabajo temporal
Cuando se concede el permiso de residencia temporal y trabajo, el interesado debe solicitar en un plazo máximo de 3 meses el visado, que deberá acompañar de:
- Pasaporte ordinario o título de viaje reconocido como válido en España con una vigencia mínima de cuatro meses.
- Certificado de antecedentes penales expedido por las autoridades del país de origen o del país o países en que haya residido durante los últimos cinco años.
- Certificado médico.
- Copia del contrato presentado y sellado por la Oficina de Extranjería.
- Justificante de haber abonado la tasa del visado, que asciende a 60 euros.
La oficina consular o la misión diplomática donde se presentó la solicitud del visado dispone de un mes para resolver dicha petición. Anteriormente, el trabajador deberá informar al empresario de la concesión de la autorización y del inicio de la solicitud del visado para poder entrar en España con ese permiso de trabajo temporal.
Una vez se ha concedido el visado, el trabajador dispone de un mes para recogerlo, de no hacerlo, se entenderá que renuncia a dicho documento. Y una vez recogido el visado, el trabajador dispone de otros tres meses para entrar y permanecer en España hasta que se produzca la afiliación y alta en la Seguridad Social.
Una vez producido el alta en la Seguridad Social, el trabajador dispone de un mes para solicitar el TIE.