Hasta ahora te hemos hablado sobre las distintas maneras por las que una persona puede adquirir la nacionalidad española: por residencia, por origen, por opción y adopción, por filiación y por carta de naturaleza. Por ello, y una vez que han quedado explicadas las distintas vías para llegar a ser un ciudadano de nuestro país, vamos a contarte en qué casos puedes perder la nacionalidad y qué tienes que hacer para recuperarla.
Independientemente de cómo hayas obtenido la nacionalidad española, existen distintos motivos por los que pueden producir la pérdida de nacionalidad española. Algunas de estas causas son de carácter general. Es decir, afectan a todos los españoles por igual y vienen determinadas por el Código Civil (artículo 24.1 y siguientes) y la Constitución (artículo 11.1) de nuestro país. Otras, son sólo aplicables a españoles no originarios. De la misma manera, se darán excepciones y casos particulares de pérdida de nacionalidad española que dependerán de cada caso en concreto.
Tanto si eres español de forma originaria, como si lo has sido posteriormente por nacionalización, existen una serie de motivos por los que puedes perder tu ciudadanía. Estas causas comunes son:
Esta causa se encuentra recogida en el artículo 24.1 del Código Civil español. Viene a decir que, los emancipados o mayores de edad que residan de forma habitual en el extranjero, perderán la nacionalidad española cuando adquieran otra de forma voluntaria. Eso sí, la pérdida tendrá lugar cuando hayan pasado 3 años desde la adquisición de la nacionalidad extranjera. Sin embargo, si se quiere, puede evitarse la pérdida de la nacionalidad española. ¿Cómo? Declarando, en el plazo indicado y ante el encargado del Registro Civil correspondiente, que se tiene interés en conservarla.
Por ejemplo: Pedro, español de origen y mayor de edad, se mudó a Canadá y adquirió la nacionalidad de ese país el 1/1/2007. Pasados 3 años, el 1/1/2010 habría perdido la nacionalidad española.
Quedarán exentas de la pérdida de nacionalidad por esta causa aquellas personas que adquieran, además de la española, la nacionalidad de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal. Esto se debe a que estos países permiten la doble nacionalidad.
En este caso, perderán la nacionalidad española aquellas personas emancipadas o mayores de edad que, viviendo de forma habitual en el extranjero, utilicen únicamente la nacionalidad extranjera que tuvieran antes de su emancipación. En esta ocasión, también puede evitarse la pérdida de la nacionalidad. Para ello, y en un plazo de tres años a contar desde la emancipación, el interesado debe acudir al Registro Civil correspondiente y hacer saber al encargado que quiere continuar siendo un ciudadano español.
Es, comúnmente, el caso de quienes se nacionalizan en España, pero luego regresan a su país de origen. Por ejemplo: Luis era boliviano, llegó a España y obtuvo la nacionalidad española. Pero, pasado un tiempo, regresó a Bolivia y desde entonces no ha utilizado la nacionalidad española.
Esta causa se encuentra en el artículo 24.2 del Código Civil español. Se refleja de la siguiente manera: “En todo caso, pierden la nacionalidad española los españoles emancipados que renuncien expresamente a ella, si tienen otra nacionalidad y residen habitualmente en el extranjero.”
Dice el artículo 24.3 del Código Civil que “los que habiendo nacido y residiendo en el extranjero ostenten la nacionalidad española por ser hijos de padre o madre españoles, también nacidos en el extranjero, cuando las leyes del país donde residan les atribuyan la nacionalidad del mismo, perderán, en todo caso, la nacionalidad española si no declaran su voluntad de conservarla ante el encargado del Registro Civil en el plazo de tres años, a contar desde su mayoría de edad o emancipación”.
De la misma manera que existen motivos de pérdida de nacionalidad española comunes para españoles originarios como para los no originarios, hay otros aplicables únicamente a estos últimos. De esta manera, los españoles que no sean de origen perderán la nacionalidad española cuando se dé alguna de las siguientes situaciones:
Si has perdido la nacionalidad española por cualquier motivo, es posible que puedas recuperarla. Eso sí, para ello tendrás que cumplir una serie de requisitos, que son los siguientes:
Aunque, por norma general, sea posible recuperar la nacionalidad, hay quienes no podrán hacerlo. Es decir, no podrán adquirir de nuevo la nacionalidad española:
Si te ha parecido interesante este contenido sobre pérdida de nacionalidad española, ¡compártelo en tus redes!
*Texto modificado en septiembre de 2021.
Como cada mes, te traemos una nueva entrevista, en esta ocasión quien cuenta su historia…
Si estás pensando en comprar una vivienda, especialmente si se trata de tu primera casa,…
¿Cuántas veces no has leído o escuchado en las noticias informaciones como “récord de vuelos…
Nos ponemos en situación. Pasas el control de seguridad del aeropuerto, haces la cola para…
La reclamación de los gastos de formalización de la hipoteca sigue siendo uno de los…
Si por algo se quiere caracterizar la Unión Europea en cuanto a transporte aéreo se…