Los patinetes eléctricos han llegado para quedarse. Se han convertido en la alternativa al coche y la moto, principalmente en las grandes ciudades. Sin embargo, el patinete eléctrico trae numerosas dudas tanto para aquellos que lo utilizan para desplazarse como para los viandantes y conductores que tienen que convivir con ellos, debido, principalmente, a la elevada velocidad que llegan a alcanzar. Por ello y tras conocerse diversos accidentes en los que se han visto implicados los patinetes eléctricos, en reclamador.es queremos resolver las principales dudas que surgen con su llegada, como, por ejemplo, a quién reclamar el atropello por un patinete eléctrico.
Como hemos visto, no son cosas “del futuro”. Se trata ya de una realidad. Por eso, es importante que sepas qué derechos te corresponden si sufres un accidente o atropello con un patinete eléctrico.
Lo primero que debes tener en cuenta es que los patinetes eléctricos son vehículos de movilidad personal. No se consideran vehículos a motor.
Poco a poco los Ayuntamientos están imponiendo la obligatoriedad de contratar un seguro de responsabilidad civil a las empresas que se dedican a alquilar patinetes turísticos. Sin embargo, los propietarios de patinetes eléctricos no están en la obligación de contar con un seguro, salvo en Benidorm, Alicante y Barcelona, donde sí es obligatorio que el patinete disponga de un seguro.
Pese a lo anterior, en reclamador.es creemos que es totalmente recomendable que todos los propietarios de estos vehículos de movilidad personal contraten un seguro al adquirir un patinete eléctrico, puesto que si sufres un accidente en el que tú eres el culpable y cuentas con un seguro, será la aseguradora quien se haga cargo del resarcimiento a los terceros involucrados. Ya sea un vehículo o un peatón.
Una alternativa puede ser el seguro de hogar, pues algunos incluyen una cláusula de responsabilidad civil familiar. Esta cubre los daños a terceros, tanto dentro como fuera de la vivienda, que puedan causar las personas que convivan en el domicilio familiar y dependan económicamente del asegurado.
Siempre será más fácil reclamar a la compañía de seguros que al propietario del patinete eléctrico. Pero si este último no contara con ningún tipo de seguro que cubra estos accidentes, deberás reclamar directamente a esta persona la indemnización por las lesiones sufridas.
Si has sido víctima de un atropello por uno de estos vehículos de movilidad personal, debes seguir estos pasos para reclamar:
El Real Decreto 970/2020 introduce importantes novedades sobre la circulación y movilidad de los patinetes eléctricos. De esta normativa, cuyas medidas entraron en vigor el 2 de enero de 2021, podemos destacar:
Si has sufrido un accidente o atropello de un patinete eléctrico, te asesoramos legalmente y ayudamos a reclamar la indemnización que te corresponde. Contamos con un equipo legal experto en accidentes y atropellos que reclamarán en tu nombre la máxima indemnización posible.
Para recibir el mejor asesoramiento legal, solicita ya una videoconsulta con nuestros abogados expertos en accidentes.
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