Autobús, metro, tranvía, tren de cercanías… Según la ciudad o el municipio donde nos encontremos, las opciones para viajar en transporte público se multiplican. De todos los métodos de transporte público, los accidentes en autobús son los más habituales.
Si resultas perjudicado por un accidente donde no eres responsable, tienes derecho a recibir una indemnización. Pero ¿y si ese accidente lo sufres viajando en tren, autobús o metro? Te contamos qué derechos tienes como pasajero si sufres un accidente viajando en transporte público. Y además, qué debes hacer para reclamar tu indemnización.
Antes de abordar los tipos de accidentes, debes tener en cuenta que cada vez que viajas en transporte público, por el hecho de comprar tu ticket de transporte estás protegido por el Seguro Obligatorio del Viajero (SOV). Este seguro cubre los accidentes que deriven en fallecimiento, incapacidad permanente o temporal del viajero “a consecuencia directa de choque, vuelco, alcance, salida de la vía o calzada, rotura, explosión, incendio, reacción, golpe exterior y cualquier otra avería o anormalidad que afecte o proceda del vehículo”, sea responsabilidad del propio vehículo en el que viajas o de un tercero.
Este seguro obligatorio cubre el accidente ocurrido antes de comenzar el trayecto, durante e inmediatamente cuando éste termine. Por ejemplo al bajar de un autobús. Cuando se produzca el accidente, es obligación del viajero poner en conocimiento del conductor lo ocurrido a fin de realizar el correspondiente parte. En él se deberán recoger los datos de la persona accidentada así como los más relevantes para identificar el mismo.
Cuando viajamos en transporte público lo hacemos siempre como ocupantes. Por tanto, tendremos derecho a una indemnización siempre que suframos daños materiales y/o lesiones.
A la hora de reclamar, será diferente el proceso en función de a quién haya que reclamar:
Para poder reclamar una indemnización por accidente en transporte público es importante que tengas en cuenta los siguientes puntos:
Si has sufrido un accidente mientras viajabas en transporte público dispones de un año para iniciar tu reclamación desde la estabilización de las lesiones. Es decir, desde que tienes el alta médica. Al igual que en cualquier otro accidente de tráfico se tramita en vía civil. Primero realizando una reclamación extrajudicial para llegar a un acuerdo y, si no fuera posible, interponiendo una demanda ante el Juzgado.
El Seguro Obligatorio de Viajeros (SOV), tiene carácter obligatorio y ampara a todo viajero que utilice transporte público. Se trata de un seguro de accidentes que contrata el viajero al comprar el billete de transporte. Es decir, cuando compras, por ejemplo, un billete de metro estás a su vez contratando el SOV.
La finalidad de este seguro es indemnizar al viajero cuando sufra daños corporales en un accidente usando dicho transporte. Este seguro obligatorio es una modalidad de Seguro Privado de Accidentes Individuales. Es compatible con cualquier otro seguro concertado por el viajero.
Pero, además, también puedes ser indemnizado por Responsabilidad Civil (RC). Como en cualquier accidente de tráfico en un vehículo privado. Así lo indica el artículo 2.3 del Reglamento: “El Seguro Obligatorio de Viajeros no libera a las Empresas transportistas, a los conductores de los vehículos, o a terceros de la responsabilidad civil en que, dolosa o culposamente, pudieran incurrir por razón del transporte de personas, ni las prestaciones satisfechas por razón de dicho Seguro reducen el importe de la expresada responsabilidad.”
El accidente que puedas sufrir viajando en el interior de un autobús, por ejemplo, puede ser responsabilidad del propio autobús o bien de un vehículo contrario. En este último caso, el seguro de dicho vehículo deberá también responder de las lesiones que se produzcan. Un ejemplo de este tipo de supuesto sucede cuando un vehículo no respete un ceda al paso y colisione con el autobús. En este caso, el pasajero del autobús que sufra un daño tendrá derecho:
Una peculiaridad del Seguro Obligatorio del Viajero es que no cubre la pérdida económica por baja laboral o gastos derivados por ejemplo por la compra de medicamentos y transporte. Estos conceptos sí que se pueden reclamar a través del Seguro de Responsabilidad Civil.
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