Si bien en artículos anteriores te hemos hablado sobre la obtención de la nacionalidad española por residencia, origen u opción, hoy vamos a contarte cómo se solicita por carta de naturaleza. Recuerda que desde reclamador.es te recomendamos, antes de comenzar los trámites de nacionalización, contar con la ayuda de un profesional o de un experto en la materia. Esto agilizará el proceso y te será de gran ayuda en caso de dudas o complicaciones. ¡Vamos allá!
La carta de naturaleza es una de las formas por las que un extranjero puede adquirir la nacionalidad española. Eso sí, esta forma tiene un carácter excepcional. Es decir, no todo el mundo puede optar a ella y su solicitud no necesita un procedimiento administrativo concreto.
La nacionalidad española por carta de naturaleza está regulada en el artículo 21 del Código Civil de nuestro país de la siguiente manera: “La nacionalidad española se adquiere por carta de naturaleza, otorgada discrecionalmente mediante Real Decreto, cuando en el interesado concurran circunstancias excepcionales”. Es decir, el interesado en obtener la nacionalidad española debe justificar cuál o cuáles son las circunstancias excepcionales que lo hacen merecedor de la nacionalidad, saltándose así los requisitos que se exigen al resto de personas interesadas en ser españolas.
Un claro ejemplo de nacionalidad por carta de naturaleza es la que se concede a aquellos deportistas que han participado o van a participar en competiciones internacionales como representantes de España.
A la nacionalidad por carta de naturaleza podrán optar las siguientes personas:
Con todo, la manera de solicitar la nacionalidad por carta de naturaleza será la misma en cualquiera de estos supuestos: a través de un documento de solicitud. Además, este formulario debe ir acompañado de la documentación que se considere necesaria en cada caso.
Como te decimos, para optar a la nacionalidad española por carta de naturaleza, hay que completar un documento de solicitud. Este documento debe ir dirigido a la Subdirección General de Nacionalidad y Estado Civil, y podrá presentarse en los siguiente lugares:
En caso de no residir en España, el interesado podrá presentar la solicitud en el consulado de España en su país. Será entonces, el consulado, quien se encargue de enviar la solicitud a la Subdirección General de Nacionalidad y Estado Civil español.
Una vez el interesado haya presentado su solicitud, se le abrirá un expediente que concluirá con la concesión o la denegación de la nacionalidad española.
En caso de que al interesado le denieguen la nacionalidad, podrá recurrirla ante la Audiencia Nacional en un plazo de dos meses, a contar desde el momento en el que recibe la resolución.
En caso de que al interesado le concedan la nacionalidad española, deberá inscribirse en el Registro Civil español. Por ley, deberá aparecer en él con un nombre y dos apellidos. Por ello, es posible que deban realizarse algunos cambios para adaptar la lengua materna del interesado a la lengua española.
En el documento de solicitud de la nacionalidad española por carta de naturaleza se solicitarán los siguientes datos:
La documentación necesaria para poder solicitar la nacionalidad española por carta de naturaleza, será:
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