Actualización 2021: tributación de las costas procesales
En reclamador.es pedimos que se modifique el actual sistema de costas, para que en cualquier juicio y por cualquier cuantía, la aerolínea pague las costas del procedimiento, facilitando la resolución prejudicial de los conflictos, como ocurre en los conflictos entre aerolíneas y clientes, donde la cantidad media reclamada es de 455 euros Esta petición se la hemos trasladado al Ministerio de Justicia. La falta de obligación del pago de las costas fomenta estrategias que evitan los acuerdos prejudiciales por parte las principales compañías aéreas que operan en España obligando a judicializar los procesos. Esto supone retrasos en la resolución de conflictos e importantes costes para la administración. Concretamente, este hecho le ha costado al sistema judicial más de 55 millones de euros, solo con las reclamaciones que reclamador.es ha tramitado en el sector aéreo desde 2012.
Además del ahorro que implicaría para el sistema judicial español, debemos recalcar la diferencia de tiempo que supondría este sistema llegado el momento del cobro de las indemnizaciones. Un consumidor europeo tarda en cobrar en este tipo de casos una media de 160 días. Uno español más del doble, 328 de media. En casos judicializados, el tiempo en recibir la indemnización aumenta a los 598 días de media.
Propuesta de reclamador.es para modificar el sistema de costas
Por esto, luchamos para que se reforme la actual normativa y se implante un sistema de costas para el perdedor en juicios de causas de cuantías inferiores a 2.000 euros, la inmensa mayoría de casos, lo que evitaría saturar los juzgados y proteger los derechos de los consumidores.
En reclamador.es hemos propuesto al Ministerio de Justicia dos alternativas al respecto para modificar el artículo 32 de la Ley de Enjuiciamiento Civil:
- La primera de ellas se basa en añadir un sexto apartado al artículo 32, señalando concretamente “Cuando el demandante tenga la condición de consumidor o usuario y siempre que haya reclamado con carácter previo a la vía judicial civil de forma fehaciente y justificada, de la eventual condena en costas de la parte contraria se incluirán los derechos y honorarios de abogados y procuradores si intervinieron, siempre que se estimasen íntegramente sus pretensiones“.
- Otra de las propuestas es modificar el artículo 32.5 de esta normativa con la siguiente redacción “Cuando la intervención de abogado y procurador no sea preceptiva, de la eventual condena en costas de la parte contraria a la que se hubiese servido de dichos profesionales se excluirán los derechos y honorarios devengados por los mismos, salvo que el tribunal aprecie temeridad en la conducta del condenado en costas o que el demandante tenga la condición de consumidor y haya reclamado previamente al ejercicio de la acción judicial o que el domicilio de la parte representada y defendida esté en lugar distinto a aquel en que se ha tramitado el juicio”.
En el 9% de los casos las aerolíneas facilitan la resolución prejudicial
Si para proteger los derechos de los pasajeros aéreos se utilizara, como ocurre en el resto de Europa, el acuerdo prejudicial, el ahorro sería considerable para el sistema judicial español. Por ejemplo, si las reclamaciones a aerolíneas se hubieran realizado con la tasa de mediación alemana, el gasto no hubiera superado los 23 millones de euros, mientras que, únicamente los procedimientos iniciados por reclamador.es en relación al transporte aéreo, que son el 14% de todas las demandas mercantiles en España, suponen actualmente 55 millones de euros.
Del total de las reclamaciones aéreas que hemos gestionado, solo en el 9% de los casos se ha llegado a un acuerdo prejudicial, el resto, es decir, el 91% de las reclamaciones a aerolíneas, llegan a la vía judicial.
Estas cifras muestran que el sistema judicial español se podría haber ahorrado más 32 millones de euros si las aerolíneas hubieran resuelto los conflictos extrajudicialmente, con un sistema de mediación similar al europeo y con un operativa que siempre condene en costas al perdedor en vía judicial.
Nuestra compañía hace siempre uso de la vía extrajudicial, enviando en todos los casos un e-mail certificado, equivalente al burofax, para intentar la resolución en vía amistosa. La realidad es que las compañías se niegan a llegar a un acuerdo en esta vía, lo que dilata en tiempo y coste el procedimiento. Llegado el momento del procedimiento judicial, muchas compañías optan por pactar y que no se produzca la vista.
En reclamador.es te ayudamos a conseguir tu indemnización por retraso, cancelación u overbooking. También te ayudaremos a recuperar tu dinero en caso de incidencias con el equipaje.
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