Consejos legales

¿Cómo defenderte si sufres mobbing o acoso psicológico laboral?

4.4/5 - (13 votos)
La dificultad probatoria es uno de los principales problemas que presenta el acoso laboral

“Toda situación o conducta que, por su reiteración en el tiempo, por su carácter degradante de las condiciones de trabajo y por la hostilidad o intimidación del ambiente laboral que genera, tiene por finalidad atentar o poner en peligro la integridad del trabajador”. Así definen los tribunales el acoso laboral, también conocido como mobbing o acoso psicológico laboral (APL).

No obstante, a pesar de existir una descripción clara por parte de la justicia, el acoso en el trabajo es un tema complicado y comprometido. Por ello, vamos a explicarte de una forma cuidadosa qué es y qué medidas legales pueden tomarse para remediar este tipo de situación. Además, este artículo puede ayudarte para saber si lo sufres o no.

¿En qué consiste el mobbing o acoso laboral?

El mobbing o acoso psicológico laboral (APL) es el trato hostil o vejatorio al que es sometida una persona en su ámbito laboral de forma continuada. Este trato puede provocar problemas psicológicos y profesionales en el individuo afectado, quien puede llegar a sufrir depresión, hastío y ansiedad. Estas enfermedades también son consideradas como mobbing cuando aparecen como consecuencia del acoso laboral.

Dificultad probatoria, el principal problema que presenta el acoso laboral

Como es lógico, quien denuncia un acoso laboral tiene la obligación de demostrar que el mobbing que sufre es cierto. Por tanto, será el propio trabajador quien tenga que aportar pruebas de la existencia de dicho acoso. Sin embargo, el principal problema al que tendrá que enfrentarse el afectado, será el de acreditar los hechos y conductas que constituyen el maltrato psicológico laboral. Esto se debe a que uno de los principales rasgos del APL es que se lleva a cabo con una apariencia de total normalidad.

¿Qué hacer ante el mobbing? Recopilación de pruebas

El 20 de noviembre de 2014, la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo dictaba una sentencia que marcaría un antes y un después en lo que a la validez de las pruebas para acreditar la existencia de mobbing se refiere. Esta sentencia daba validez a utilizar grabaciones y conversaciones de WhatsApp como pruebas de acoso laboral.

Además de las grabaciones y de los mensajes de texto, el afectado podría utilizar también otros medios de prueba tales como: el interrogatorio de la persona acosadora, la declaración del trabajador acosado (siempre y cuando la empresa demandada lo solicitase), la declaración de los testigos, el informe pericial médico/psicológico, las actas de la Inspección de Trabajo y los correos electrónicos.

Es muy importante que, si quieres comenzar un procedimiento legal para acabar con una situación de acoso psicológico laboral, recopiles la mayor información que sea posible. De esta manera, será más sencillo probar la realidad por la que estás pasando.

Cómo defenderse del acoso laboral: los distintos procedimientos legales

Existen distintos procedimientos legales para defenderse del mobbing o acoso laboral:

1. Denuncia ante la Inspección de Trabajo

El trabajador afectado podría presentar una denuncia ante la Inspección de Trabajo. De esta manera, podría conseguir que un inspector investigase de forma personal los hechos denunciados acudiendo al lugar de trabajo. Así, conseguiría acceder a testimonios de testigos, consultar documentos e emails. Las actas emitidas por la Inspección de Trabajo cuentan con presunción de veracidad, objetividad e imparcialidad. Por tanto, sería un paso previo idóneo para utilizar en un procedimiento judicial posterior.

2. Demanda por violación de derechos fundamentales en el trabajo

Esta demanda debe interponerse por el trabajador afectado ante el Juzgado de lo Social. En ella tienen que indicarse expresamente:

  • Los hechos que suponen el acoso, el derecho o la libertad vulnerados (por ejemplo, el derecho a la privacidad, al honor, a la intimidad personal y familiar, a la imagen, a la libertad ideológica y religiosa, etc.).
  • Los daños y perjuicios ocasionados en la víctima. Esto es, demostrar la angustia, padecimiento, depresión o enfermedad que se sufra. La forma más típica de demostrar estos perjuicios son las dolencias psicológicas, pues, por norma general, son tratadas por psicólogos y psiquiatras y pueden derivar en bajas laborales por enfermedad. Por tanto, serían hechos demostrables.

La sentencia de esta demanda determinará si existe o no una vulneración de esos derechos fundamentales. En caso afirmativo, tendrá que darse una cesación inmediata de las violaciones que el trabajador venía sufriendo. Además, se impondrá a la empresa el pago de una indemnización por los daños ocasionados. No obstante, muchas veces aparecerá el problema de cómo cuantificar el daño sufrido.

En aquellos casos en los que el trabajador interponga la demanda cuando ya ha finalizado su relación laboral con la empresa, la petición se limitaría al reconocimiento de las violaciones y a la pertinente indemnización por los daños sufridos.

3. Extinción de la relación laboral a solicitud del trabajador

Cuando un trabajador se encuentra en una situación de acoso laboral, puede no querer seguir trabajando en esa empresa. También es posible que su médico, psicólogo o psiquiatra le aconseje no continuar prestando servicios en ella por motivos de salud. Por ello, y para que el trabajador no se vea obligado a solicitar una baja voluntaria (que no conlleva indemnización y derecho a paro) la ley prevé que el trabajador solicite la extinción de la relación laboral con derecho a indemnización y paro. La indemnización será la misma que se recibe en caso de despido improcedente, es decir, 33 días por año trabajado.

Como ves, uno de los principales problemas que tienen los afectados es la dificultad que supone acreditar la conducta de hostigamiento y la relación de la misma con su estado de salud.

Sin embargo, cada vez son más los medios a disposición de los trabajadores para denunciar la existencia de acoso laboral.

Suscríbete a nuestro boletín de noticias si quieres que te sigamos informando.
Equipo reclamador

Las personas que hacen posible reclamador.es

Entradas recientes

Entrevista a Verónica Cifuentes, reclamadora de aerolíneas con reclamador.es

Como cada mes, te traemos una nueva entrevista, en esta ocasión quien cuenta su historia…

19 horas hace

¿Cuánto hay que ahorrar para la entrada de una vivienda?

Si estás pensando en comprar una vivienda, especialmente si se trata de tu primera casa,…

3 días hace

Colas de retrasos en los aeropuertos por congestión aérea: ¿Se puede reclamar una indemnización?

¿Cuántas veces no has leído o escuchado en las noticias informaciones como “récord de vuelos…

1 semana hace

¿Qué pasa si no pones el modo avión en un vuelo?

Nos ponemos en situación. Pasas el control de seguridad del aeropuerto, haces la cola para…

1 semana hace

¿Todavía se pueden reclamar los gastos de formalización de las hipotecas?

La reclamación de los gastos de formalización de la hipoteca sigue siendo uno de los…

2 semanas hace

Aerolíneas prohibidas en la Unión Europea

Si por algo se quiere caracterizar la Unión Europea en cuanto a transporte aéreo se…

2 semanas hace