¿Te han ofrecido en tu banco o al ir a una gran superficie a comprar la posibilidad de contratar una tarjeta de crédito en modalidad revolving? Si como consumidor estás pensando en contratar una tarjeta de crédito revolving, circunstancia que desaconsejamos en reclamador.es, debes saber que desde la entrada en vigor de la orden ministerial relativa a las tarjetas revolving (enero 2021), las entidades financieras que comercializan estos productos están obligadas a realizar unas determinadas acciones, tanto antes de conceder el crédito revolving, como una vez contratado.
Dados los casos de afectados por revolving que nos llegan cada día, en reclamador.es somos muy conscientes del peligro de endeudamiento que supone contratar las famosas tarjetas revolving, que en muchas ocasiones las comercializan empresas de gran renombre, como es el caso de la tarjeta Carrefour Pass o la Ikea Visa Family, pues estas dos son solo un par de ejemplos de uniones entre grandes marcas y bancos para ofrecer las tarjetas de crédito revolving, hecho que lleva a los consumidores a desconocer que el producto que están contratando es, en realidad, una tarjeta de crédito revolving, cuyos intereses son muy elevados y debido a sus características se convierte en una deuda que no deja de crecer (hasta que se ponen en manos de abogados expertos para poner fin a esa deuda y recuperar su dinero).
Si pese a todo, ya has dado el paso de contratar una revolving o tienes pensado hacerlo en los próximos días, queremos hacer hincapié en las obligaciones que tiene la entidad financiera tanto antes de formalizar el contrato de tarjeta revolving, como una vez este se hubiera firmado.
A continuación, desglosamos las principales obligaciones a la hora de comercializar créditos revolving.
Según informa a los consumidores el Banco de España en su página web, “con suficiente antelación a la firma del contrato de la tarjeta, tenemos derecho a que la entidad o intermediario que comercializa la tarjeta nos facilite, de forma gratuita, la información precontractual necesaria para poder comparar ofertas y reflexionar antes de tomar una decisión sobre su contratación. Se trata de la información normalizada europea, conocida por sus siglas, INE, que te deben entregar en papel, formato electrónico o en otro soporte duradero”.
Esto es, antes de contratar un crédito revolving, tienes derecho a que la empresa te envíe información detallada del contrato de crédito para que puedas elegir entre varias opciones. El propio Banco de España indica que la información principal a la que deben atender los consumidores de ese documento es:
Como decíamos, en 2021 entró en vigor una orden ministerial para mejorar la transparencia en la comercialización de estos productos bancarios. Una de las medidas que trajo consigo dicha orden fue en lo relativo a la información precontractual.
Así, se establece que, además de la citada obligación que hemos señalado, el banco debe facilitarte, en documento separado, que podrá adjuntarse a dicha información normalizada:
Las entidades bancarias que oferten las conocidas tarjetas revolving deberán realizar un estudio de solvencia del consumidor antes de firmar el contrato de crédito revolving.
La citada orden señala que “se valorará, en particular, si el cliente dispone de capacidad económica suficiente para satisfacer sus obligaciones a lo largo de la vida de la operación sin incurrir en sobreendeudamiento. A tal fin, el importe anual de las cuotas a pagar por el crédito al que se refiere el artículo 33 bis tendrá por objetivo amortizar una cuantía mínima anual del 25 % del límite del crédito concedido. Para la valoración de la capacidad económica prevista en esta letra se utilizarán cuotas calculadas en doce plazos mensuales iguales con arreglo al sistema de amortización de cuota constante, sin perjuicio de que contractualmente pueda pactarse cualquier otra forma de cálculo de las mismas”.
La entidad financiera, una vez ya has contratado la tarjeta en modalidad revolving, debe ofrecerte con una periodicidad, al menos, trimestral, el importe del crédito dispuesto, para lo que la entidad deberá tener en cuenta las posibles cuotas devengadas y los intereses generados pendientes de liquidación. También el tipo deudor e indicar la modalidad que se ha elegido para el pago del crédito. Si dicha modalidad es en forma revolving, esta deberá ser indicada expresamente con la palabra “revolving” en la información periódica que facilita.
Igualmente, en dicha comunicación, la entidad financiera debe indicar cuál es la cuota establecida para la amortización del crédito revolving. Junto a lo anterior, con una periodicidad mínima de tres meses, el banco debe informarte de la fecha estimada en la que finalizará de pagar el crédito.
Asimismo, si dispones de una tarjeta revolving, puedes pedir a la entidad bancaria toda la información que hemos resumido aquí y, el banco, debe ofrecer dicho contenido en un plazo de 5 días. También, en cualquier momento, puedes solicitar la información a tu banco y que este responda en ese plazo.
Como te decíamos, el primer consejo que podemos ofrecerte es no contratar un crédito revolving. Pero sabemos que, muchas veces, se comercializan como grandes chollos o asociados a grandes marcas con grandes descuentos en comercios. O, simplemente, desconocías los riesgos de las tarjetas revolving. Por ello, queremos informarte que tu problema tiene solución.
En reclamador.es, analizamos tu caso y trazamos la mejor línea de defensa para proteger tus derechos como afectado por tarjeta revolving. Así, estudiaremos las dos posibles opciones de reclamación de tarjetas revolving que actualmente consideramos que se pueden llevar a cabo:
No te preocupes, con la documentación que nos facilites, nosotros estudiaremos la mejor opción para tu situación.
Como cada mes, te traemos una nueva entrevista, en esta ocasión quien cuenta su historia…
Si estás pensando en comprar una vivienda, especialmente si se trata de tu primera casa,…
¿Cuántas veces no has leído o escuchado en las noticias informaciones como “récord de vuelos…
Nos ponemos en situación. Pasas el control de seguridad del aeropuerto, haces la cola para…
La reclamación de los gastos de formalización de la hipoteca sigue siendo uno de los…
Si por algo se quiere caracterizar la Unión Europea en cuanto a transporte aéreo se…
Ver comentarios