*Información actualizada a fecha de 30/03/2023
El pasado viernes 24 de marzo se dio por finalizado la huelga indefinida de los letrados de justicia tras dos meses de movilizaciones. Los Letrados de la Administración de Justicia (LAJ), iniciaron el pasado 24 de enero una huelga indefinida para reclamar que se cumplan los acuerdos firmados con el Ministerio en abril del año pasado.
Estos dos meses de paros han supuesto un total de 400.000 causas judiciales canceladas, suspendidas o retrasadas en toda España, unas 424.000 demandas paradas y 1.280 millones de euros congelados según los datos de las asociaciones convocantes. Además, los convocantes amenazaban con un posible retraso en las próximas elecciones del 28 de mayo puesto que es necesaria su intervención para la constitución de las juntas electorales.
¿Qué reivindicaban los Letrados de la Administración de Justicia?
Las asociaciones de convocantes: la Unión Progresista de Letrados de la Administración de Justicia (UPSJ), la Asociación Independiente de Letrados (AinLAJ) y el Ilustre Colegio Nacional de Letrados reclamaban el cumplimiento de los pactos que realizaron el pasado mes de abril del año 2022. En concreto:
> Los letrados solicitaban que sus salarios se adecúen a su condición de funcionarios de grupo A1, que incluye a los funcionarios con tareas directivas, de control, estudio e inspección.
> Reclamaban crear un marco de negociación colectiva propia para tener un papel más protagonista que el que les confiere la Ley Orgánica del Poder Judicial y el Reglamento del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia.
> Querían que se les incluya en el Régimen de Riesgos Laborales algunas particularidades que deben gestionar. Por ejemplo, son ellos quienes deben acudir a los registros relacionados con los delincuentes junto a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
¿En qué situación se encuentran ahora mismo las negociaciones?
El pasado viernes 24 de marzo se dio por finalizada la huelga indefinida de los letrados de justicia tras dos meses de reuniones y manifestaciones.
Aunque no han conseguido todas sus peticiones, han aceptado una subida salarial de hasta 450 euros brutos al mes del Gobierno. Se ha establecido que esta retribución se alcanzará de manera gradual, con efectos de 1 de enero de 2023 y con carácter consolidable.
¿Qué consecuencias ha acarreado esta huelga?
La huelga ha supuesto la paralización de unas 400.000 causas judiciales en España, tanto por cancelación, suspensión o retraso de las mismas. Otras 424.000 demandas han sido paradas y hay un total de 1.280 millones de euros congelados, según los datos que han facilitado las asociaciones convocantes.
Así, las asociaciones convocantes avisaron de que necesitarán un mínimo de cuatro meses solo para ponerse al día de las dos primeras semanas de huelga.
Nota: reclamador.es denuncia cómo está afectando esta huelga a los procedimientos de nuestros clientes
¿Cómo puede afectarte la huelga de letrados?
Desgraciadamente no es algo que esté en nuestras manos, pero muchos procedimientos legales se están demorando y/o cancelando. Os pedimos paciencia.
El equipo reclamador no puede hacer nada cuando se convocan movilizaciones de este estilo. Estamos al día de los avances y notificaciones para poder trabajar lo antes posible las reclamaciones que se ven perjudicadas.
Durante el primer mes de huelga, el 63% de los señalamientos programados de los clientes de reclamador.es fueron suspendidos. Además, en cuanto a las notificaciones recibidas (actos procesales por escrito donde se comunican las resoluciones y otros avances de los procedimientos), hemos experimentado un descenso del 25% semanalmente.
Irene Becerra, directora legal de reclamador.es nos cuenta que “siempre desde el mayor respeto hacia el derecho a huelga de los letrados, figura con un papel fundamental en las oficinas judiciales, vemos que los expedientes de nuestros clientes se van a dilatar más aún de lo que ya lo hacían, en juzgados de por sí colapsados.”
Añade que “vamos a acumular grandes retrasos ya que nos han empezado a notificar nuevas fechas para estas suspensiones para 2024. Así, desde la vulneración de sus derechos, los consumidores afectados tendrán que esperar incluso años, en algunas ocasiones, para obtener una sentencia favorable de su caso”.
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jose francisco dice
EL SUPREMO SE DECANTA POR LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA
En definitiva, la Sala Tercera del Tribunal Supremo, al resolver dicho conflicto entre derechos fundamentales, se decanta claramente a favor de la tutela judicial efectiva, por las razones expuestas en la recensada sentencia.
Esta doctrina jurisprudencial ha sido reiterada por la misma Sala Tercera, como se encarga de recordar la misma, en la Sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo (sección 6ª) de 21 de septiembre de 2000 [rec. 3621/1996] [RJ 2000\8020], que cita expresamente la de 21 de marzo de 1996, que comentamos, así como otras, a saber, de 28 de noviembre de 1990, 29 de mayo de 1995, 29 de abril de 1998 y 7 de febrero de 1997.
En las dos sentencias analizadas se trataba de impugnación de sendos acuerdos de Colegios de Abogados en los que sobre suspensión del “turno de oficio” hasta que el Ministerio de Justicia cumpliera el acuerdo suscrito con el Consejo General de la Abogacía; y, en ambas sentencias se resolvió el conflicto a favor del derecho a la tutela judicial efectiva, revocando y dejando sin efecto los acuerdos de suspensión del turno de oficio, por las resumidas razones ya expuestas.
En cualquier huelga puede producirse esa colisión; para dar respuesta a la misma puede ser de utilidad está consolidada jurisprudencia del Tribunal Supremo, en la medida en que establece criterios claros sobre la prevalencia de uno u otro derecho fundamental, decantándose a favor de la prevalencia de la tutela judicial efectiva, dado que protege intereses generales de todos los ciudadanos y es esencial en cualquier Estado de Derecho.