*Contenido actualizado junio 2023
Llegado el momento de poner punto y final a la vida laboral, al trabajador le asaltan numerosas dudas sobre su futuro. Pero hay que solucionar bien el presente y ese momento pasa por, entre otras cosas, el finiquito por jubilación del trabajador. Aquí la duda es ¿qué corresponde como finiquito cuando la extinción de la relación laboral se produce como consecuencia de la jubilación del empleado?
Además de esta incógnita, en reclamador.es hemos podido constatar que llegado el momento de la jubilación, el trabajador se pregunta si le corresponde indemnización por finalización de contrato. Pues bien, vamos a responder a estas dudas para afrontar con garantías el deseado momento del retiro laboral. ¡Si estás pensando en jubilarte, continúa leyendo!
Aquí la respuesta es idéntica a los casos de baja voluntaria o cualquier otro tipo de finalización de contrato. Es decir, el trabajador recibirá en concepto de finiquito por jubilación la cantidad correspondiente a los siguientes conceptos:
Como explicábamos en el caso del finiquito por finalización de un contrato temporal, en este supuesto, es decir, finiquito por jubilación, se restarán de las cantidades anteriormente señaladas, anticipos a nóminas que hubiera realizado la empresa y el trabajador no hubiera devuelto llegado el momento del fin de contrato por jubilación.
Sí, puesto que los ceses de actividad profesional siempre generan derecho a finiquito, incluido el cese por jubilación. En este caso, se adapta la cuantía a recibir según corresponda. Esta cuantía puede variar en función del número de días trabajados en el mes, de las vacaciones, de complementos salariales o de horas extra realizadas.
Pero incluso, existen convenios colectivos y empresas que pueden otorgar compensaciones e incentivos en caso de una jubilación anticipada. Por tanto, habría que ver en cada caso personal cuánto correspondería y si hay beneficios, pero siempre existe el derecho a un finiquito.
La normativa legal vigente establece que el trabajador no tendrá derecho a percibir indemnización por jubilación si esta se produce cumpliendo todos los requisitos establecidos.
Situación diferente es que el convenio colectivo de aplicación detalle que en dicha situación, es decir, fin de contrato por jubilación, se establezca una indemnización o determinada cantidad por pasar a dicha situación. Esto es más habitual que se produzca en situaciones de jubilación anticipada.
En resumen, salvo que el convenio colectivo señale lo contrario, el trabajador que cumpla los requisitos legales de jubilación, debe recibir el finiquito, pero no tendrá derecho a una indemnización por fin de contrato.
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Buenas tardes, mi mamá se dio de baja para su jubilación, le hicieron firmar su carta de renuncia, ella tenía 12 años trabajando para la misma empresa y sólo le quieren dar $1700 pesos de finiquito, le agradecería nos pudieran asesorar.
Hola, María.
Sentimos informarte que únicamente trabajamos en España.
Gracias
Me jubilo el 14 de agosto por edad, 66 y 6 meses. No me acaban de confirmar las vacaciones y no me dicen nada , las he solicitado varias veces. También dicen que tengo derecho a menos vacaciones por no cumplir el año
Buenas noches m podrían informar en qué quedo este caso gracias
Buenos dias tengo una duda, me jubilo a los 63 años porque poseo un coeficiente reductor por trabajos en mineria,que me llevaria a los 64 años y 7 meses, la pregunta es a ser jubilacion voluntaria tengo derecho alguna indemnizacion, por parte de la empresa....gracias.
Buenos días.
Habría que estudiar el convenio de aplicación, así como los acuerdos llegados con la empresa, por lo que no podemos darte una respuesta en este momento.
Gracias por leer nuestro blog.
Quiero saber cuándo me va llegar la indemnización de 15 año de trabajo en la misma empresa que ya ha sido solicitada a la seguridad social que llevo dos meses esperando
Hola > trabajo como Marinero en port adriano mallorca y proximamente me jubilare: tendre derecho a algo de la empresa cómo una prima de salida?. Gracias de antemano guiarme. Alain
Me jubilado con 65 años. Tengo derecho a indemnización por parte de la empresa?
Hola, Ana.
Si tu jubilación se ha producido cumpliendo los requisitos establecido, no tienes derecho a percibir indemnización por jubilación.
Gracias por leer el blog de reclamador.es
Hola. Tengo 65 me jubilo el 27 de julio. Tengo derecho a finiquito. Llevo 19 años fija a jornada completa en hostelería en andalucia gracias.
Hola María Rosario.
Sí, te corresponde finiquito con los siguientes conceptos:
Salario del mes hasta que se produce la extinción de la relación laboral por jubilación.
Las vacaciones no disfrutadas.
Parte proporcional de los pluses y las pagas extraordinarias.
El abono de las horas extra que hubieras realizado y la empresa no te hubiera abonado.
Si la empresa no te hace entrega del finiquito por jubilación, ponte en contacto con reclamador.es y nuestros abogados laboralistas analizarán la viabilidad de tu reclamación.
Gracias por leer el blog de reclamador.es
El convenio de hostelería de Alicante ,tiene firmado por convenio premio de fidelidad en caso de jubilación artículo 31.es un mes por cada 5 años trabajados
Hola buenas Soy Amelia y empleada de hogar.Pero me tienen en la nomina de la empresa como P. Limpieza. En Oct. me jubilo. Pregunto si la empresa me tienen que dar alguna paga? Gracias.
Hola Amelia. Las condiciones laborales de los empleados con relación laboral normal o común son mas beneficiosas que las que tienen las empleadas del hogar, pues estas se rigen por un REAL DECRETO especial. Por ello, si te consideran empleada ordinaria es mejor. Por el hecho de jubilarse no se tiene derecho a percibir indemnización alguna. Un saludo y muchas gracias por contactarnos.
Me parece interesante que todo saber cuánto me corresponde de jubilación tengo 65 años trabaje hasta el mes de agosto 12 años 6 meses y no me han dado mi baja q puedo hacer porfavor gracias
Hola Ma. Guadalupe,
Para que nuestros abogados especialistas puedan estudiar tu caso, necesitamos que previamente completes el formulario de nuestra web.
Gracias por leer nuestro blog.
¿Por qué los profesores, funcionarios de carrera, no tenemos derecho al finiquito al aceptar la jubilación voluntaria.? ¿ Desde cuando. ? ¿ Ha cambiado esta situación.? ¿ Se cobra al jubilarse. ?
Hola José María,
No llevamos reclamaciones del sector público, por lo que no podemos informarte al respecto.
Puedes consultar en el sindicato para que puedan darte más información.
Gracias por leer nuestro blog.
Hola buenos días,en Enero hago
65 años, llevó 6 años fija en la empresa es de alimentación concretamente carnicería, me correspondería alguna indemnización gracias
Hola, Pilar.
Como explicamos en el post: La normativa legal vigente establece que el trabajador no tendrá derecho a percibir indemnización por jubilación si esta se produce cumpliendo todos los requisitos establecidos.
Situación diferente es que el convenio colectivo de aplicación detalle que en dicha situación, es decir, fin de contrato por jubilación, se establezca una indemnización o determinada cantidad por pasar a dicha situación. Esto es más fácil que se produzca en situaciones de jubilación anticipada.
Gracias por leer nuestro blog.
buenas tardes, desde la posición empresa, tengo a un trabajador con edad de jubilarse pero no ha mencionado el tema. lo que quiero saber es (convenio metal Barcelona) si tiene la obligación de avisar a la empresa con 15 días de antelación... también si existe la baja por jubilación o se tramita como baja voluntaria.
Hola Sandra,
El tratamiento es igual que una baja voluntaria. El trabajador recibirá en concepto de finiquito por jubilación la cantidad correspondiente a los siguientes conceptos:
-Salario del mes hasta que se produce la extinción de la relación laboral por jubilación.
-Las vacaciones no disfrutadas por parte del trabajador.
-En el finiquito también se deben incluir la parte proporcional de los pluses y las pagas extraordinarias.
-Y, si fuera el caso, el abono de las horas extra que el trabajador que pasa a situación de jubilación hubiera realizado y la empresa no le hubiera abonado.
La normativa legal vigente establece que el trabajador no tendrá derecho a percibir indemnización por jubilación si esta se produce cumpliendo todos los requisitos establecidos.
Gracias por leer nuestro blog.
Buanas tardes tuve un a ccidente en casa y estoy pensionado definitivamente q pasa en mi empresa tengo derecho a un indeminizacion o liquidacion
Hola Luis,
Al tratarse de un caso particular sería necesario que te pusieses en contacto con un abogado especialista. Lamentablemente nosotros ahora mismo no tramitamos este tipo de casos.
¡Mucha suerte!
Tengo 64 años i cotizados 45años y 4 meses me puedo juvilar gracias
Hola Bernardo,
Actualmente no llevamos a cabo este tipo de gestiones en reclamador.es.
Por si te es de ayuda, te facilitamos este enlace con los requisitos para poder prejubilitarte:
http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/10963/28393/2528
Gracias por leer nuestro blog.