Es un gran dilema. Nos han llegado varias consultas a reclamador.es de viajeros que preguntaban precisamente esto. Y lo cierto es que no hay una respuesta contundente al respecto. Muchas aerolíneas ofrecen tarifas flexibles o premium que tienen cláusulas en las que se devuelve el importe del billete si te has puesto enfermo y te impide viajar.
La Organización Mundial de la Salud (OMS) explica que: “Con el fin de minimizar el riesgo de trasmisión de infecciones, los viajeros que se encuentren mal, especialmente si tienen fiebre, deben aplazar su viaje hasta que se hayan recuperado. Los individuos que padezcan una enfermedad transmisible activa no deben viajar en avión. Las compañías aéreas pueden denegar el embarque a los pasajeros con apariencia de estar infectados por una enfermedad transmisible” (International Travel and Health: situation as on 1 January 2012, World Health Organization, 2012).
Denegación de embarque si vas enfermo, ¿tiene que devolverte la aerolínea el importe del billete?
En el propio texto de la OMS citado anteriormente se indica que si la aerolínea ve indicios de enfermedad contagiosa en el pasajero puede denegarle el embarque. Sin embargo, no habla en ningún momento de devolución del importe del billete. Pero esta situación se da cuando llegas al aeropuerto y no te dejan embarcar avión directamente.
Si esto te ocurre, pide en todo caso que te lo pongan por escrito. Si no te dejan volar por otra cuestión y quieres reclamarlo posteriormente, es mejor tenerlo por escrito. Así, acompañando ese escrito de un informe médico que indique que estás bien, podrás conseguir la devolución del billete más una compensación.
¿Y si tengo la certeza de que voy a estar enfermo el día del vuelo?
Hace unos días nos llegó una consulta en la que nos indicaba el usuario que le habían diagnosticado “mononucleosis infecciosa”. Ante esta situación informó a Iberia, que era la compañía con la que volaba, de la imposibilidad de realizar el viaje. Y solicitando el reembolso del billete, por supuesto. La contestación telefónica que nuestro usuario nos confirma que le dio la compañía no deja de sorprender: “Iberia no considera la mononucleosis como una enfermedad infecciosa” y, por lo tanto, “no iban a atender la petición de reembolso”. Ante esto, pidieron que esta misma respuesta se la proporcionaran por escrito, a lo que la compañía, según nuestro cliente, se negó.
Desde el punto de vista legal, la regla general es que la enfermedad no obliga a la aerolínea a la devolución del dinero abonado por el billete.
Ante esto, y con parte médico en mano, sólo cabe iniciar una reclamación para recuperar el dinero del billete. Pero no todas las tarifas incluyen dicho derecho. Vamos a verlo más a fondo.
¿Con qué tarifas deberían devolverme el importe del billete si enfermo?
Referente a este asunto no está claro ni las aerolíneas arrojan mucha luz al respecto. Hemos buscado información en cuatro web de compañías que operan en España y este ha sido el resultado:
Iberia:
Esta respuesta la tienen en su centro de ayuda. Entre otras preguntas a las que pretende dar respuesta, se encuentra la devolución del billete por enfermedad del pasajero. Como se puede ver, se indica que algunas tarifas sí permiten cambios o cancelaciones, pero llevan “asociadas una penalización”.
Vueling
Como se puede observar, Vueling sí dispone de una tarifa que permite reembolsos en caso de cancelaciones. Hay que tener en cuenta que no se mencionan los motivos que entrarían en la expresión “que el cliente no pueda viajar”. Por lo que habrá que ver en cada ocasión en concreto si para la compañía low cost una enfermedad entra en dicha categoría.
Ryanair
La compañía irlandesa también cuenta con un apartado donde explica las condiciones del reembolso del billete en caso de enfermedad. Hay dos términos a analizar en este caso: “enfermedad grave”, ya que habrá que ver, como en el caso de Vueling, qué enfermedades o afecciones entrarían en este paraguas. También que las reservas pueden ser modificadas “a nuestra discreción” sin cargo adicional. Es decir, que puedes solicitar el cambio o el reembolso, pero será la aerolínea la que decida en cada caso, si concederlo con o sin cargo adicional.
Air Europa
Air Europa sí permite cancelaciones en algunas de sus tarifas. Según figura en sus condiciones generales, las “tarifas Plenas” lo permiten (En Business, las Tarifas J, C. En Turista, las Tarifas Y y B). En otras tarifas permiten la cancelación con penalizaciones.
Pero en su tarifa básica, Air Europa no permite cancelaciones, por lo que se perdería el dinero de la reserva.
En resumen, podemos ver que las tarifas “baratas” de las aerolíneas en ningún caso admiten la devolución por no viajar, independientemente del motivo. Una opción interesante también para evitar no poder recuperarlo sería contratar un seguro por anulación. Aunque fíjate muy bien en la letra pequeña para ver qué cubre exactamente la póliza.
¿Y qué piensan los jueces al respecto?
Visto todo lo comentado, en reclamador.es hay ocasiones en las que hemos luchado judicialmente por esta causa. Pero la resolución no ha sido siempre favorable para el consumidor.
Hay bastantes jueces que consideran que el pasajero que busca un beneficio económico al adquirir un billete de tarifa reducida debe someterse al riesgo de sufrir ciertas limitaciones a sus derechos como pasajero. Entre ellos se encuentra el reembolso por imposibilidad de hacer al viaje. Por tanto, desestiman las demandas presentadas por esto, ya que entienden que la aerolínea pone a su disposición medidas para asegurar un reembolso en caso de problemas sobrevenidos.
Otros, sin embargo, ven en estos casos un supuesto sobrevenido no imputable al pasajero y acuerdan la devolución del importe.
Por eso, para curarse en salud, algunas aerolíneas permiten incluso en tarifas más económicas el reembolso por enfermedad siempre que éste suponga un impedimento total para viajar.