Cuando hablamos de asuntos laborales hay varias normas que afectan a los derechos de los trabajadores. En primer lugar hay que tener en cuenta lo que dice la Constitución Española, que es la norma suprema del ordenamiento jurídico español. Luego, el Estatuto de los trabajadores, que es la normativa en la que se desarrollan legalmente dichos derechos. También los convenios colectivos y, por último, el contrato de trabajo entre la empresa y el trabajador.
Del contrato hemos hablado en numerosas ocasiones en este blog. Y también te hemos contado qué es el Estatuto de los Trabajadores y qué se recoge en el mismo. Por eso, en esta ocasión vamos a desarrollar qué son los convenios colectivos, de qué tipología hay, cuál es su vigencia y cómo afecta la misma a la validez del convenio y a los derechos de los trabajadores.
El convenio colectivo es la norma que regula los derechos de los trabajadores de manera colectiva. Es decir, desarrolla cómo se ejercen los derechos en un determinado ámbito de aplicación a raíz de unas negociaciones previas.
Su principal misión es mejorar los derechos básicos que se recogen en el Estatuto de los Trabajadores.
Normalmente los convenios colectivos se firman para un grupo de profesionales que comparten ocupación. Los distintos ámbitos de aplicación en los que se pueden firmar son los siguientes:
Estas normas son muy importantes ya que el propio Estatuto de los Trabajadores remite a los convenios en algunas cuestiones específicas de algunos sectores o profesiones. Y tiene sentido porque dicho estatuto es una norma estatal que se pretende tenga cierta perdurabilidad en el tiempo. Sin embargo, los convenios son más dinámicos y se van renovando cada cierto tiempo.
El tiempo de duración (o de vigencia) de cada convenio se fija cuando se negocia el mismo. Una vez terminado este período, el convenio se va renovando anualmente hasta que una de las partes lo denuncia, abriendo así de nuevo el plazo a una nueva negociación colectiva.
Hay algunos convenios en los que se recoge en el propio texto que una vez finalizado el plazo que se establece, el convenio queda denunciado y, por lo tanto, dejará de tener vigor y comenzarían de nuevo las negociaciones colectivas.
Una vez se denuncia un convenio, hay un plazo de un año para que las partes negocien uno nuevo. En este año se sigue aplicando el convenio que se ha denunciado. Una vez acabado este año, si no se ha firmado un acuerdo, se empezaría a aplicar el convenio colectivo de ámbito superior que fuera de aplicación.
Si no hubiera convenio de ámbito superior, tras varios debates sobre la materia, el Tribunal Supremo ha dictado que:
“Las condiciones laborales se contractualizan y se convierten en condición más beneficiosa o derecho adquirido de los trabajadores, pero ello no afectaría a los trabajadores de nuevo ingreso a la empresa”.
Es decir, los trabajadores de la empresa que estuvieran contratados estando vigente el convenio seguirían beneficiándose de las condiciones del mismo. Sin embargo, los que entraran nuevos, no. Por tanto, se aplicaría a nivel de salario no el del convenio sino el Salario Mínimo Interprofesional vigente en ese momento.
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