Dicen que el roce hace el cariño. Y cuando se pasan 8 horas al día compartiendo oficina, más. Que surja el amor entre compañeros de trabajo es algo habitual. Tan habitual como que, actualmente, un 31% de los empleados de nuestro país afirma haber mantenido relaciones sentimentales con alguien de su trabajo, según una encuesta realizada por el portal de empleo InfoJobs.
Por este motivo, desde el área de Derecho Laboral de reclamador.es, hemos querido despejar las distintas dudas que pueden surgirte si tú también has tenido un flechazo en el trabajo. Qué se debe tener en cuenta al salir con un compañero, las posibles consecuencias legales y los despidos, son algunas de ellas. ¡Toma nota!
La primera pregunta que aparece cuando se tiene una relación con un compañero de trabajo es: ¿está prohibido? Y la respuesta es: no. Tienes que saber que, a día de hoy, no existe una prohibición expresa en la normativa laboral sobre este tema. De ser así, se estarían vulnerando algunos de los derechos fundamentales del trabajador. Por ejemplo, el del respeto a la intimidad y la no discriminación.
Pero, ¡ojo! Aunque los amores entre compañeros no estén prohibidos, el empresario o responsable de la empresa sí puede tomar medidas al respecto, siempre y cuando la relación sentimental influya negativamente a la actividad de la compañía.
De nuevo, la respuesta es no. Por lo general, el trabajador tiene derecho a no comunicar sus relaciones sentimentales. Este derecho pertenece al ámbito de intimidad de los trabajadores. Por tanto, el hecho de no comunicar si mantiene o no una relación sentimental en el trabajo, no justifica la extinción de su contrato.
No obstante, el empresario sí podría exigirle al empleado (mediante código de conducta interna) la comunicación de si mantiene (o no) una relación sentimental con otro trabajador. O, en su defecto, con algún cliente potencial de la compañía.
Tener una relación sentimental con un compañero de trabajo no tiene por qué traer consigo desventajas laborales. Ni tampoco ser motivo de despido. Todo ello dependerá de cómo afecte la relación al desempeño de las actividades del empleado dentro de la compañía.
Por ejemplo, si la relación provoca una bajada notable del rendimiento del trabajador, este podría encontrarse con una sanción o un despido disciplinario.
De la misma manera, si la relación trae consigo otras consecuencias negativas o genera conflictos en la empresa, el responsable también podría tomar medidas sancionadoras, dependiendo de la gravedad de los hechos.
A pesar de que el responsable de una empresa puede contratar y despedir a sus trabajadores de manera libre, en ningún momento podrá poner fin a un contrato por el único motivo de que el trabajador mantenga una relación sentimental con otro empleado. Si esto sucede, estaríamos ante un despido improcedente o incluso nulo y el trabajador lo podría reclamar.
En este caso, es decir, un despido por relación sentimental, desde reclamador.es, aconsejamos reclamar una indemnización por despido improcedente. Esto es, de 33 días por año trabajado.
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