El momento del despido es uno de los más temidos por el trabajador debido al desamparo económico que puede llegar a ocasionarle. Sin embargo, las empresas, amparadas por la legalidad, se guardan el derecho de prescindir de sus empleados en momentos determinados por motivos disciplinarios ejecutando un despido procedente que, al contrario de los despidos improcedentes, merma sustancialmente los derechos del trabajador a recibir indemnizaciones.
El procedimiento para despedir de manera procedente al trabajador es idéntico al del supuesto improcedente.
Las compañías deben fechar una comunicación o carta de despido, dirigírsela al trabajador afectado y explicarle los hechos que motivan esta decisión.
Por ejemplo, retrasos reiterados a su puesto de trabajo, el no cumplimiento de las labores, tensiones graves con el resto del equipo o la desobediencia continuada hacia los responsables podrían ser hechos que motivasen un despido procedente.
Los disciplinarios son los únicos tipos de despido procedente y se dan, principalmente, en trabajadores contratados indefinidos por la naturaleza de la relación entre empleador y empleado.
Consecuencias del despido procedente
Los trabajadores despedidos de manera procedente sufrirán una merma sustancial en su indemnización. Pero, para ello, el empleador deberá demostrar que los hechos que motivan el despido son reales, por ejemplo, atestiguando las amonestaciones anteriores (faltas leves, graves o muy graves) ante un juez.
En este sentido, al contrario del despido improcedente o nulo, el despido procedente priva al trabajador del derecho a ser readmitido con los mismos derechos y garantías que gozaba cuando se le fue comunicada la rescisión del contrato.
Tampoco tendrá derecho a la máxima indemnización de 45 días por año trabajado y 42 mensualidades (para contratos firmados antes del 12 de febrero de 2012), ni a los 33 días por año y 24 mensualidades que la última reforma laboral establece como tope a partir de esa fecha.
En este sentido, el trabajador despedido procedentemente recibirá en su finiquito el salario que el empleador le adeude, incluyendo las pagas extraordinarias, en caso de que no hayan sido prorrateadas en sus mensualidades de salario, y los días de vacaciones que no hubiese disfrutado.
¿Te has visto alguna vez en la situación de encontrarte ante un despido procedente? ¿Consideras que es fácil despedir procedentemente a un trabajador por parte de las empresas? Coméntanos tu experiencia al respecto, si es que la has vivido, o tu opinión sobre los despidos empresariales.
jesus bellacicco dice
Estoy sie do despedido procedentemente antes de la fecha. Osea que lo he hablado con mi jefe.
La razón es que soy estudiante y tenía contrato de horario rotativo, como yo estudio por la tarde había llegado a un acuerdo verbal de que me iba a dar el horario de por la mañana hasta una fecha ya me dijo queno me lo va dar más iba a presentar mi renuncia con los 15 días de antelación, pero veo que me conviene que tenga un despido procedente. Aunque no se si yo renunciaba cumplo con mis días de antelación, podría obtener una indemnización?
reclamador dice
Hola Jesús. El Estatuto de los Trabajadores señala en su artículo 23 que el trabajador tendrá derecho a la adaptación de la jornada ordinaria de trabajo para poder asistir a cursos u formación académica. Asimismo, el TS se ha pronunciado sobre este derecho señalando que el trabajador tiene derecho a elegir turno para poder compatibilizar trabajo y estudio. Por ello, si causas baja voluntaria no tienes derecho a indemnización alguna, y no tienes derecho a prestación por desempleo. Cualquier duda más, ya sabes dónde estamos. Un saludo
Miguel Angel Garcia Garcia dice
me an despedido por urto en la empresa y si fuy yo me dicen que es despido disciplinario procedente y me contrataron como minusvalido por que lo soy solo me dan el paro y 1000 euros de finiquito despues de 10 años que me recomendais gracias
Iñigo Medina dice
Hola Miguel Ángel,
siento un montón lo que cuentas. Para que el equipo de reclamaciones laborales pueda decirte algo, empieza una reclamación en la web.
Con la información que aportes, podrán darte una respuesta y una recomendación.
manuel dice
Tengo una empleada que puso a su hija mayor de edad a realizar los trabajos sin avisar a la empresa y fue vista por varios clientes. Como puedo actuar? Yo soy el gerente.
CJF dice
¿Cómo hacer en caso de que el despido se deba a actos en defensa ante una situación de acoso laboral?
Equipo reclamador dice
Hola,
¿Te han despedido porque habías hecho una reclamación por acoso laboral?
Muchas gracias.
CJF dice
Una vez eso estuvo a punto de ocurrir…