Los abusos de compañías telefónicas se traducen en altas no deseadas, usurpaciones de identidad, facturas erróneas o penalizaciones por permanencias.
Sin embargo, todo se puede reclamar aunque siempre se debe intentar arreglarlo con la empresa a través del servicio de atención concreto de las propias compañías telefónicas.
Algunas incluso cuentan con la figura del defensor del cliente. En todos estos casos se recomienda guardar copias de posibles contestaciones, facturas y contratos y, si hubiera sido por teléfono, apuntar un número de referencia.
Desgraciadamente, tras la desestimación de las solicitudes de reclamaciones por parte de las compañías, llega el momento de reclamar ante los organismos oficiales del Estado si ha pasado un plazo máximo de un mes. En este sentido, existen dos opciones:
– OMIC del Ayuntamiento o Dirección General de Consumo de la Comunidad.
– Secretaría de Estado de las Telecomunicaciones del Ministerio de Industria. OMIC o Dirección General de Consumo
La mayoría de municipios españoles cuenta con una Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) con hojas de reclamación. Ocurre algo similar con las direcciones generales de Consumo de cada comunidad autónoma. Ambos organismos buscarán, en primer lugar, una mediación amistosa entre el cliente y la empresa. En caso de no conseguirse, se acudirá al arbitraje e incluso, si la Administración viera indicios de infracción, esta puede emprender su propia investigación y tramitar la sanción correspondiente.
En el caso de los autónomos o empresas, aunque también pueden acudir personas físicas, solo se puede reclamar ante la Secretaría de Estado de las Telecomunicaciones del Ministerio de Industria. Cabe decir que sus respuestas suelen ser mucho más contundentes que las de ayuntamientos y comunidades y, además, del todo vinculantes. Resultan especialmente útiles para altas no deseadas o facturas infladas por supuestas llamadas a números de tarificación adicional. Su formulario se puede rellenar y enviar telemáticamente, en persona o por correo.
Cualquiera que sea la respuesta o decisión final, tanto de la compañía denunciada como de los organismos oficiales, en el caso de no satisfacer al cliente se puede acudir a la vía judicial. En el caso de reclamar dinero por menos de 2000 euros, no se necesita ni abogado ni procurador. Asimismo, en aquellas situaciones en las que se haya producido una usurpación de identidad, se debe poner una denuncia extra en la Agencia de Protección de Datos, la cual viene a tardar un año en contestar.
En consecuencia, son múltiples las formas de reclamar a compañías telefónicas. No se debe nunca cejar en el empeño pues los consumidores tienen deberes y obligaciones pero, ante todo, derechos.
Como cada mes, te traemos una nueva entrevista, en esta ocasión quien cuenta su historia…
Si estás pensando en comprar una vivienda, especialmente si se trata de tu primera casa,…
¿Cuántas veces no has leído o escuchado en las noticias informaciones como “récord de vuelos…
Nos ponemos en situación. Pasas el control de seguridad del aeropuerto, haces la cola para…
La reclamación de los gastos de formalización de la hipoteca sigue siendo uno de los…
Si por algo se quiere caracterizar la Unión Europea en cuanto a transporte aéreo se…