Consejos legales

Cambio de dueños en una empresa: ¿qué ocurre con los trabajadores?

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Subrogación empresarial y derechos de los trabajadores

Sucesión empresarial. Este es el término técnico que recibe el cambio de dueños de una compañía. También es conocido como subrogación empresarial. Se trata de una situación muy habitual en nuestro país, pero que no por ello deja de generar inseguridad entre los trabajadores de aquellas empresas que cambian de manos. La pregunta es clara entre ellos “¿qué pasará con los puestos de trabajo en un cambio de titularidad de empresa?”

La incertidumbre no debe ser tal. El Estatuto de los Trabajadores y la Ley General de la Seguridad Social abordan este concepto y establecen que los trabajadores, y sus condiciones, se deben mantener según estaban anteriormente al cambio de titularidad de la empresa.

El artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores aborda la sucesión de empresas. En su apartado 1 establece que el cambio de titularidad de una empresa, de un centro de trabajo o de una unidad productiva autónoma no extinguirá por sí mismo la relación laboral, quedando el nuevo empresario subrogado en los derechos y obligaciones laborales y de Seguridad Social del anterior, incluyendo los compromisos de pensiones, en los términos previstos en su normativa específica, y, en general, cuantas obligaciones en materia de protección social complementaria hubiere adquirido el cedente”.

La antigüedad de los trabajadores en la subrogación empresarial

Otro de los miedos entre los trabajadores en los que se ha producido, o se va a producir una subrogación empresarial, es qué pasa con su antigüedad. ¿Se parte de cero con la llegada de los nuevos dueños?

La respuesta es no. Cuando se produce una sucesión de empresas, el nuevo propietario debe mantener las condiciones laborales de los trabajadores existentes, entre ellos el salario y la antigüedad del empleado.

El problema aquí lo encontramos cuando la empresa solicita al empleado extinguir la relación laboral para firmar unas nuevas condiciones. En este caso, el trabajador sí pierde su antigüedad y las condiciones adquiridas.

¿Puede cambiar la empresa de convenio colectivo por el cambio de titularidad?

Esta circunstancia también está recogida en el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores. En el apartado 4 de este artículo se cita que “salvo pacto en contrario, establecido mediante acuerdo de empresa entre el cesionario y los representantes de los trabajadores una vez consumada la sucesión, las relaciones laborales de los trabajadores afectados por la sucesión seguirán rigiéndose por el convenio colectivo que en el momento de la transmisión fuere de aplicación en la empresa, centro de trabajo o unidad productiva autónoma transferida. Esta aplicación se mantendrá hasta la fecha de expiración del convenio colectivo de origen o hasta la entrada en vigor de otro convenio colectivo nuevo que resulte aplicable a la entidad económica transmitida”.

Es decir, salvo que se pacte lo contrario, el convenio colectivo que era de aplicación con la anterior gerencia, seguirá vigente hasta que se acuerde un nuevo convenio o bien el existente llegue a su fecha de vencimiento.

Despido de trabajadores en un cambio de titularidad de empresa

Como señalábamos, el nuevo dueño de la empresa se subroga a los contratos -y sus condiciones- existentes. Según lo establecido en la normativa que regula esta materia. Esto supone que un despido a un trabajador en esta situación se consideraría improcedente. Para el cálculo de la indemnización por despido se tiene en cuenta la antigüedad del trabajador. Que no se pierde con el cambio de titularidad de empresa.

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  • Hola buenas tardes, el restaurante donde trabajo cambio de empresa hace como 1 año, y mi duda es si nos tendría que haber indemnizado por el cambio de empresa, y si me marcho de aquí me correspondería algo de indemnización de lo anterior, un saludo y gracias

    • Hola Alba,

      Cuando se produce una sucesión de empresas, el nuevo propietario debe mantener las condiciones laborales de los trabajadores existentes, entre ellos el salario y la antigüedad del empleado.

      Gracias por leer nuestro blog.

    • Hola quiero preguntarte qulanto la trabajador no quere trabajar para noevo dueño cue derechos tene

  • Buenas tardes.
    Estoy trabajando como escolta privado con 11 meses de antiguedad y un contrato indefinido.Estoy con una exedencia voluntaria que he pedido en otra empresa donde llevaba trabajando 6 años y 10 meses tambien como indefinido.Ahora voy a pasar subrogado a la empresa donde tengo pedida la exedencia.Que pasa con mi antiguedad ?
    Se pueden negar a subrogarme(aunque lleve 7 meses de antiguedad)?
    Gracias
    Un saludo

    • Buenas tardes,

      Deben conservarte la antigüedad y el resto de derechos.

      Gracias por leer nuestro blog.

  • Buenos días, llevo trabajando 7 años con un contrato de fin de obra por obras y servicios hemos perdido el cliente, se me ha dicho que me van a cambiar de centro de trabajo y que al cambiarme perdería la antigüedad. Es correcto?

    Un saludo,

    • Hola Maria Paz,

      Tienes que tener en cuenta que los contratos celebrados a partir del 18 de junio del 2010 tendrán una validez de como máximo 3 años, ampliables en doce meses más por convenio colectivo si fuera el caso. Transcurrido ese tiempo, automáticamente pasan a convertirse en indefinidos.

      Gracias por leer nuestro blog.

  • Hola, me gustaría saber qué pasa con los trabajadores que estando prestando un servicio desde hace 4 años y de repente la empresa contratadora decide no renovar el contrato, y la nueva empresa prestadora de servicios decide contratar a la mitad de los trabajadores porque ya tienen otros trabajadores para completar el plantel. Desde ya muchas gracias por su respuesta.

    • Hola Diego,

      La vigencia del contrato continua en tanto siga siendo adjudicataria de la contrata o concesión que motivó el contrato temporal.

      No obstante, necesitaríamos más detalle de tu caso y las condiciones del mismo.

      Gracias por leer nuestro blog.

  • Un cordial saludo. Soy Vigilante de Seguridad, llevo 15 años en el servicio, tengo 60 años y me han subrogado varias veces, hace ya 18 meses entro una nueva Empresa (Alcor), nunca me han dado carta de subrogacion por mas que se las he pedido, no estan a convenio y creo que es por eso, aunque se las he pedido de todas las maneras posibles. Recientemente me entere que solo hay 20 dias para ese tramite. Por otro lado, me dieron 15 nominas, 15 meses despues todas juntas con la antiguedad mal, 10 años menos, tendrian que ser 14 años (desde Feb. 2006), ¿puede hacer esto la empresa, alterar la antiguedad por que si..?, ¿que me recomiendan?, creo que con la carta de subrogacion no tengo nada que hacer, pero que hay de la antiguedad..?, ¿puedo perder el puesto de trabajo despues de tantos años?, (mantener el puesto de trabajo es muy importante para mi por mi edad), en 6 meses entra otra empresa por lo que tengo entendido, si tengo mas de 7 meses en el puesto, la nueva empresa tendria que subrogarme ¿no..? aunque no respete el convenio colectivo y aunque no tenga la carte de subrogacion ¿cierto..?. P.D.: Por cierto, nunca he firmado ningun documento de ningun tipo con ellos hasta el momento. Mil gracias por adelantado..!

    • Hola Nest,

      Cuando se produce una sucesión de empresas, el nuevo propietario debe mantener las condiciones laborales de los trabajadores existentes, entre ellos el salario y la antigüedad del empleado.

      Además, tal y como indicamos en nuestro post, un despido a un trabajador en esta situación se consideraría improcedente.

      Gracias por leer nuestro blog.

  • Hola.
    Soy trabajador de un Punto Limpio de Reciclaje.
    Actualmente trabajo por una empresa Comarcal, Privada para el sector publico des de hace casi 10 años.
    Ahora hay rumores que el Ayuntamiento del municipio de donde esta este Punto limpio dende yo trabajo, se lo quiere quedar el Ayuntamiento.
    Que pasara cuando el Ayuntamiento se quede con el punto limpio donde yo trabajo?
    Pierdo yo mis derechos de la actual empresa?
    Al trabajar luego por el Ayuntamiento luego voy a ser Funcionario?
    Espero que el cambio no me perjudique y decidan poner otro trabajador en mi sitio.

    • Hola Albert,

      Para dar respuesta a tu pregunta será necesario saber como se queda el Ayuntamiento con la gestión y si subroga a los trabajadores, ya que si lo hace se hará como personal laboral y no funcionario. Estate atento a como se realiza el cambio y que te comunican al efecto para reclamar tus derechos.

      Gracias por leer nuestro blog.

    • Hola Carlos,

      Cuando se produce una sucesión de empresas, el nuevo propietario debe mantener las condiciones laborales de los trabajadores existentes, entre ellos el salario y la antigüedad del empleado.

      Gracias por leer nuestro blog.

        • Hola Angeles,

          Las condiciones laborales tienen que ser exactamente las mismas que tenías con la anterior empresa.

          Un saludo.

          • Buenas tardes
            Mi empresa ,es un FP privado ,y a vendido a otra empresa hace dos años . De momento seguimos con las mismas condiciones,pero a mí ,como personal de limpieza ,me manda de mi empresa donde estoy contratada ,la otra que a comprado algunos días ,exactamente una la semana. Yo no estoy de acordó con eso ,porque no me manda como limpiadora,me manda como para ASER de mantenimiento,y aparte de todo esto yo trabajo en Madrid pero vivo en castilla la mancha ,y el transporte lo tengo un poco mal que me pasó 4-5 h llegar a mi casa dispues de h de trabajo
            Puede ASER eso mandarme la otra empresa y hacer otro trabajo que no es lo que yo tengo en mi contrato de trabajo?
            Un saludo

  • Hola buenas tardes la empresa donde trabajo cambio de dueño y nombre de la empresa tendrían q indemnisarme por los años trabajados??.. GRACIAS.

    • Hola Israel,

      Cuando se produce una sucesión de empresas, el nuevo propietario debe mantener las condiciones laborales de los trabajadores existentes, entre ellos el salario y la antigüedad del empleado. Esto supone que un despido a un trabajador en esta situación se consideraría improcedente.

      Gracias por leer nuestro blog.

  • Hola buenas llevo 4 años en la empresa y mi feje sea jubilado a 1 de año deja la empresa alos hijos debe de darme finiquito ¿?soi fijo en la empresa...

    • Hola Juan,

      Salvo que se pacte lo contrario, cuando se produce una sucesión de empresas, el nuevo propietario debe mantener las condiciones laborales de los trabajadores existentes, entre ellos el salario y la antigüedad del empleado.

      Gracias por leer nuestro blog.

  • Hola Israel.
    llevo trabajando en un bar restaurante 3 años y medio, el dueño es autónomo, se ha jubilado recientemente y en un mes traspasará el negocio, en esta situación en la que el dueño es autónomo la nueva empresa Hola Israel llevo trabajando en un bar restaurante 3 años y medio el dueño era autónomo autónomo se ha jubilado recientemente y en un mes atrás pasará el negocio, en esta situación en la que el dueño es autonomo, la nueva empresa tiene que subrogar mi contrato con todos mis derechos?

    • Hola Javier,

      Si se hace un traspaso del negocio, salvo que en el acuerdo se pacte lo contrario, la nueva gerencia debe conservar las condiciones de los trabajadores tal como estaban.

      Gracias por leer nuestro blog.

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