Ante la colisión con un vehículo o un accidente en carretera, es habitual que las personas implicadas en él sepan qué pasos deben seguir. Eso sí, siempre que el incidente se haya producido en el mismo país en el que residen. Sin embargo, cuando el percance tiene lugar en el extranjero, la cosa cambia: la ley varía y, por ende, también lo hace el proceso de reclamación.
En este sentido, desde reclamador.es vamos a explicarte cómo actuar ante un accidente de tráfico en el extranjero y los pasos que debes seguir para solicitar la indemnización correspondiente.
Accidente de tráfico en el extranjero: pasos a seguir
Antes de iniciar cualquier tipo de reclamación o acción legal, es muy importante que tengas en cuenta el país en el que has sufrido el accidente de tráfico. Pues cada Estado se regirá por un modelo legislativo distinto.
De esta manera, podrás encontrarte con algunos que formen parte del Convenio Multilateral de Garantía y otros que no. Así, si por ejemplo el incidente ha tenido lugar en un país de la Unión Europea –y el culpable ha sido otro vehículo–, la propia normativa europea te permitirá reclamar por daños y perjuicios desde el país en el que residas. En caso contrario, necesitarás lo que se conoce como carta verde y, no en todos los casos, el Permiso Internacional de Conducción.
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¿Qué es la carta verde?
La carta verde – o carta internacional de los seguros de vehículos de motor– es un documento que garantiza, como mínimo, las coberturas obligatorias en el país extranjero en el que te encuentres, certificando además la existencia de un seguro de Responsabilidad Civil Obligatorio.
La carta verde acredita, también, que tu vehículo forma parte de uno de los países de la Unión Europea que se rigen por el Convenio Multilateral de Garantía. Según la Oficina Española de Aseguradores de Automóviles tiene como finalidad “ayudar al tráfico internacional de vehículos y garantizar la atención a las víctimas de accidentes de tráfico entre vehículos de distintas nacionalidades”.
Actualización 2024: La carta verde no es obligatoria en los países miembros de la UE, Islandia ni Noruega.
Documentación necesaria en caso de accidente de tráfico en el extranjero
Además de la carta verde –que no será necesaria en caso de que el accidente de tráfico haya tenido lugar en un país perteneciente al Convenio Multilateral de Garantía– necesitarás una serie de documentos para poder gestionar el accidente de tráfico que hayas sufrido. Estos documentos serán: el seguro obligatorio del vehículo y el parte amistoso de accidente debidamente cumplimentado con los datos del automóvil.
Así mismo, y aunque no se trate de un documento como tal, sí deberás comunicar el incidente en la Oficina Nacional del país en el que haya ocurrido y a la aseguradora de tu coche en España para posibles reclamaciones posteriores.
Otras consideraciones
Es probable que, debido a los nervios o al propio desconocimiento, no sepas cómo actuar ante un accidente de tráfico en el extranjero. Ante la duda, te recomendamos que te pongas en contacto con las autoridades del país. Especialmente, si existiese una falta de acuerdo en relación a la responsabilidad del suceso.
En caso de heridos, contacta con los servicios médicos del lugar e intenta mantener la calma. Los gastos médicos también quedarán cubiertos por las aseguradoras.
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Vicenta dice
Hola tuve un siniestro con mi coche teniendo el seguro pagado. Cuando fuimos para reclamar el parte resulta que la corredora donde compró el seguro no lo registró en el archivo por tanto el coche no estaba asegurado .me enfrentó una sanción . Porque esta corredora no me dio de alta y yo no lo sabía. Tengo la denuncia en la Guardia Civil pero no tengo abogado que me defienda. Que puedo hacer.
Equipo reclamador dice
Hola Vicenta,
Lamentamos tu situación, pero actualmente este tipo de reclamaciones no las gestionamos desde reclamador.es.
En este caso, puedes interponer una reclamación ante el Defensor del Asegurado o el Departamento de Atención al Cliente de la aseguradora. En caso de no recibir respuesta o si esta no es satisfactoria, puedes dirigirte a la Dirección General de Seguros.
Gracias por leer nuestro blog.