La última hora, las últimas noticias son muy buenas para los y las afectadas por tarjetas de crédito revolving en España. En la tarde del 3 de febrero de 2025 hemos conocido dos importantes sentencias del Tribunal Supremo sobre revolving, en las que se establecen los criterios que determinan la nulidad de los intereses en los contratos de crédito revolving. ¡Nuevo varapalo a la banca!
Últimas sentencias tarjetas revolving: Pleno del Tribunal Supremo de España
En la primera de las sentencias (STS núm.154/2025, de 30 de enero), se analiza un contrato suscrito con Oney y acompañado del documento “Información Normalizada Europea”; y en la segunda sentencia (STS núm.155/2025, de 30 de enero) se analiza un contrato suscrito inicialmente con SPYMP, mediante la modalidad online. Ambas sentencias del Tribunal Supremo establecen:
- En primer lugar, que es necesario evaluar conjuntamente las cláusulas relativas a los intereses remuneratorios y al sistema de pago revolving.
- En segundo lugar, dichas sentencias disponen que la documentación, que tiene que suministrarse al consumidor antes de la firma, debe establecer cuál es la cuota mensual (bien en una cantidad determinada, bien en un porcentaje de la cantidad dispuesta); debe establecer cuál es la duración del contrato; debe indicar si, y en qué casos, el interés se devengará no solo respecto del capital dispuesto sino también respecto del total de la cantidad adeudada (incluyendo intereses, comisiones e indemnizaciones devengadas); y deberá contener unos ejemplos adecuados tanto para comprender los riesgos del sistema como para permitir la comparación con otras modalidades de amortización o con las ofertas de otras entidades financieras.
Y, por último, el Tribunal Supremo concluye que esta falta de transparencia unida al anatocismo (capitalización de intereses) y la escasa cuota mensual provoca en el consumidor un grave desequilibrio, en contra de las exigencias de la buena fe, lo que irremediablemente conduce a la declaración de nulidad de las cláusulas relativas a los intereses remuneratorios y sistema de pago revolving.
Resumen del Poder Judicial de las sentencias sobre revolving del Supremo.
No pierdas tiempo, reclama ya ¡la justicia está de tu lado!
Estas últimas sentencias sobre revolving del Tribunal Supremo vienen a poner aún más seguridad jurídica para los consumidores que disponen de una tarjeta de crédito revolving a la hora de reclamar al banco por esos intereses abusivos de la tarjeta y esa falta de transparencia con la que le vendieron ese crédito que lo único que hace es generar una deuda interminable.
En reclamador.es nos alegramos de que, nuevamente, la justicia se ponga del lado del consumidor y ofrezca esta seguridad a todos aquellos afectados por revolving en España y animamos a todos ellos a reclamar su tarjeta revolving.
Confiar en reclamador.es es confiar en un equipo sólido de abogados y abogadas expertos en derecho bancario. Cada día ayudamos a cientos de personas a defender sus derechos de los abusos bancarios y recuperar el dinero que la entidad financiera les niega de manera amistosa.
Conoce aquí si tu tarjeta es revolving
Alicia dice
Yo tengo una tarjeta repsol caixabank, pago todos los meses 400 euros, podría ser una de estas arjetas revolving cómo puedo saberlo?
Equipo reclamador dice
Hola, Alicia.
Si pagas todos los meses la misma cuota, hagas el uso que hagas con la tarjeta, sí, es muy probable que esa tarjeta repsol de caixabank sea una tarjeta de crédito en modalidad de pago revolving.
Si quieres comprobar si de verdad tienes una tarjeta revolving o si, por el contrario, se trata de una tarjeta de crédito convencional, accede a nuestra página web y completa el formulario que tienes a tu disposición. El estudio de la tarjeta es gratuito: https://www.reclamador.es/banco/revolving/
Gracias por leer este post del blog de reclamador.es sobre las últimas sentencias de revolving.