Tanto si tienes una vivienda arrendada como si vives de alquiler, es posible que te estés preguntando si el propietario o el inquilino pueden rescindir el contrato de alquiler antes de la fecha de finalización del mismo. Dadas las reiteradas dudas sobre este problema, en este artículo vamos a explicar en qué casos se puede finalizar el contrato de alquiler antes de tiempo, ya sea el propietario de la vivienda quien quiere poner fin al arrendamiento, como si es el inquilino quien quiere dejar la vivienda antes de finalizar el periodo firmado.
Finalizar el contrato de alquiler antes de tiempo
Para dar respuesta a la pregunta ¿en qué casos se puede finalizar un contrato de alquiler antes de tiempo? hay que acudir a la Ley de Arrendamientos Urbanos. En esta normativa, que ha sufrido diversas modificaciones a lo largo del tiempo, se recogen las casuísticas por las cuales se puede finalizar un contrato de alquiler antes de tiempo.
La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) establece que “el incumplimiento por cualquiera de las partes de las obligaciones resultantes del contrato dará derecho a la parte que hubiere cumplido las suyas a exigir el cumplimiento de la obligación o a promover la resolución del contrato de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1.124 del Código Civil”. Esto quiere decir que si el arrendador o el arrendatario incumplen cualquiera de los puntos firmados en el contrato de alquiler, la otra parte que sí está cumpliendo con sus obligaciones, puede exigir que se cumpla el contrato firmado o bien que finalice el contrato de arrendamiento antes del periodo fijado debido al incumplimiento del mismo por la otra parte.
¿En qué casos puede el inquilino finalizar el contrato de alquiler antes de tiempo?
Según el Artículo 11 de la LAU: “El arrendatario podrá desistir del contrato de arrendamiento, una vez que hayan transcurrido al menos seis meses, siempre que se lo comunique al arrendador con una antelación mínima de treinta días. Las partes podrán pactar en el contrato que, para el caso de desistimiento, deba el arrendatario indemnizar al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir. Los períodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización”.
Es decir, el inquilino podrá poner fin al alquiler de la vivienda siempre que hubieran transcurrido ya 6 meses desde la firma del contrato y siempre que avise al arrendador con, al menos, 30 días de antelación.
Aquí, es importante tener en cuenta que este artículo rige para los alquileres firmados a partir de junio del año 2019, fecha en la cual entró en vigor la modificación de este artículo de la LAU.
Además, en el Artículo 27 de esta ley se establece que el inquilino podrá poner fin al contrato de alquiler si se produce una de estas circunstancias:
- El arrendador no realiza las reparaciones en la vivienda a las que viene obligado según esta propia ley.
- La perturbación de hecho o de derecho que realice el arrendador en la utilización de la vivienda.
¿Cuándo puede el propietario de la vivienda poner fin al alquiler antes de tiempo?
Aquí la casuística se amplía. Así, la ya citada ley establece en su articulado que el arrendador podrá finalizar el contrato de alquiler antes de tiempo si se produce alguna de las siguientes circunstancias:
- Cuando se produce el impago de las rentas por parte del inquilino.
- Si el inquilino no abona la fianza del alquiler.
- El subarriendo o la cesión inconsentida de la vivienda alquilada.
- Si el inquilino realiza daños de manera intencionada en la vivienda- También si realiza obras no consentidas por el arrendador en aquellos casos que el inquilino debe contar con el visto bueno del arrendador para realizar dichas obras en la vivienda alquilada.
- Si en la vivienda se celebran actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.
- Cuando la vivienda deje de estar destinada de forma primordial a satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario o de quien efectivamente la viniera ocupando.
- Si el propietario necesita recuperar la vivienda para poder vivir en ella, bien el arrendador o bien un familiar de primer grado de consanguinidad. Ante esta circunstancia, el propietario debe notificar a su inquilino esta necesidad de recuperar la vivienda con al menos dos meses de antelación y justificar dicha necesidad.
Otras causas que pueden conllevar la extinción del arrendamiento
Junto con todo lo anterior, aplicable a propietarios o inquilinos, la LAU recoge que también podrá extinguirse el contrato de arrendamiento por la pérdida del inmueble alquilado por causa no imputable al arrendador o por la declaración firme de ruina, cuando esta es acordada por la autoridad competente.
Roberto dice
Muy ilustrativo, gracias.
David dice
Al finalizar antes de terminar el contrato y habiendo realizado el aviso con más de 30 días de antelación no tenemos q firmar nada el arrendador y el inquilino
Equipo reclamador dice
Hola David,
La Ley de Arrendamientos Urbanos no establece la obligación de firmar la finalización del contrato de alquiler. No obstante, es recomendable hacerlo.
Un saludo.
María dice
¿Sucedería lo mismo en caso de un contrato de alquiler temporal (época escolar de septiembre- junio)?
Gracias.
Equipo reclamador dice
Hola María,
En estos casos normalmente se suelen hacer contratos por ese periodo.
Un saludo.
María fernández López dice
no puedo moverme y no tengo quien lleve los recibos al inquilino ¿qué puedo hacer?
Equipo reclamador dice
Hola María,
Quizás en este caso una solución es que te haga el pago del alquiler mediante transferencia bancaria y tu le remitas el recibo por email.
Un saludo.
Paula dice
Buenos días yo firme contrato el 28 de septiembre igual cancele todo y el 2 de octubre me lo entregaron porque me habían dicho que esperara 2 días porque los servicios estaban cortados .yo informe 3 meses antes que entregaba el apto he hecho todo lo toca hacer ahora me dicen que el contrato vence el 1 noviembre porque en octubre me cobraron fueron 28 días .como dice días comparti servicios al día el mes también y listo para entregar porque era mi entrega el 1 de octubre yo ya hasta me mudé antes para hacer las cosas con calma
Equipo reclamador dice
Hola, Paula.
Sin la documentación no podemos darte una respuesta. Lo sentimos.
Saludos.
Angel Antonio dice
Buen día! Yo quiero alquilar un departamento por el plazo de 6 meses o un año, y el inquilino me dice que la ley establece 36 meses para el contrato! Puedo ressindir el contrato igual entre los 6 meses y el año?
Equipo reclamador dice
Hola Angel,
Con la última reforma de marzo de 2019, se estableció que se puede pactar libremente la duración del contrato.
Un saludo.
José dice
Hola, para contratos de alquiler de temporada o vacacional inferiores al año lo qu elas partes pacten de duración. Para arrendamientos de vivienda habitual permanente el contrato no puede hacerse inferior a 6 meses, si no se pone duración se entiende un año y a voluntad del inquilino puede prorrogarse hasta cinco años, más después de eso los de tácita reconducción hasta 3 adicionales.
camuflar un contrato de vivienda habitual por uno de temporada no es válido y salta a la vista ante cualquier evento jurídico.
José dice
Bueno lo de los seis meses son obligatorios para el arrendatario según Ley, ustedes pueden pactar que sean menos, nunca más,en cualquier caso seria incumplimiento de contrato de irse antes. Si hace un contrato de arrendamiento de vivienda de tres meses, seis meses u once meses, inferior a un año…de todas formas el arrendatario tiene derecho a permanecer hasta cinco años.
Si usted le impone un tiempo obligatorio mayor a seis meses, de un año o dos años o más, si desiste antes puede pedir una indemnización de máximo un mes por año que falte por cumplir del tiempo pactado y reflejado en contrato. los periodos de tiempo inferiores darán lugar a la parte proporcional.
Juan Edgardo Saavedra dice
Estimado, yo voy avisar al propietario con tres meses de anticipación que dejo la vivienda, de los tres años de contrato llevo casi dos años, no dejo ninguna deuda y la dejare pintada en perfectas condiciones, el tema es el depósito que entregué, me lo devuelven? o pueden negarlo? la ley dice si aviso un mes antes, debo pagar un mes de multa y si aviso tres meses antes, no pago multa, y el depósito lo puedo reclamar?
Equipo reclamador dice
Hola Juan,
En este post hablamos de ello.
Un saludo.
Danisay Vujovic dice
Hola,
Estimado una consulta, recién me mude y me di cuenta que en la noches salen un montón de cucarachas y la administración no hace nada, no puedo vivir en un sitio insalubre, se puede romper el contrato por esto?
Equipo reclamador dice
Hola Danisay,
Contacta con nosotros a través de nuestro servicio de videoconsulta para que podamos dar respuesta a tu consulta. En él, un abogado especializado en la materia resolverá todas las dudas que tengas respecto a esta cuestión.
Un saludo.
González Miguel angel dice
Hola buenas tardes yo tengo una casa alquilada y la estoy por vender como hago para sacar a mi inquilino que no se quiere ir y todavía tiene un año más para terminar el contrato
Equipo reclamador dice
Hola Miguel Angel,
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Un saludo.
Diana Villa Franco dice
Hola, necesito ayuda por favor.
Luego de tres años con una filtración que ha afectado la cocina, ha dañado dos muebles y que la admon del conjunto no responde. Quiero irme del apto pero, quiero saber como puedo evitar la cláusula que me exige pagar 3 meses como indemnización, este daño ha afecta mis objetos personales y si bien es la admon del conjunto quien no responde me siento cansada y la dueña del apto más allá de enviar correos no ha hecho nada. Espero me puedan ayudar.
Equipo reclamador dice
Hola Diana,
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Un saludo.
Katty dice
Hola, mi madre tiene un inquilino en un piso desde 1984, desde esa fecha no han vuelto a firmar ningún contrato, el mismo se renueva automáticamente los 01 de marzo. Necesita pedirle desocupación para dármelo a mi ya que no puedo seguir viviendo donde estoy, con cuanto tiempo de anticipación lo puede hacer tomando en cuenta que hace 1 mes se renovó automáticamente? Gracias
Equipo reclamador dice
Hola Katty,
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Un saludo.
Pablo dice
Buenos días.
Uo acabo firmar un contrato de arrendamiento hace unos 5 días para entrar pasado 1 mes, es decir, todavía no he entrado para nada a vivir en el piso, tan solo he firmado el contrato, abonado mes de fianza y dos meses de depósito y nada más.
Es posible poder desistir el contrato y que devuelvan fianzas y depósitos ?
Recuerden que no ha entrado a vivir, ni tengo las llaves ni he tocado el piso más que cuando me lo enseñaron.
Gracias y saludos
Equipo reclamador dice
Hola Pablo,
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Un saludo.
francisco dice
Que no hayas entrado en el piso es lo de menos, has firmado de tu puño y letra un contrato y estás obligado a cumplirlo. Esto no es como comprar un producto en una tienda y luego ir a devolverlo en el plazo de un mes.
David dice
Acabamos de entrar en una casa con un contrato de 6 meses. Pero viviendo en ella nos hemos dado cuenta de que no es la casa q pensabamos.
Podemos avisar al dueño q nos vamos con un mes de antelacion si solo llevamos un mes de los 6 que vivimos?
El piso no lo declara a hacienda. Se les paga en mano.
Equipo reclamador dice
Hola David,
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Un saludo.
Luisa dice
Hola! Mi contrato es anual, cada 20 de junio se renueva. Este año sería nuestro segundo año. La dueña del piso nos acaba de enviar un burofax pudiendo el piso, una vez acabado este año. He leído que tendría que darme la notificación hace 4 meses, es correcto? Y si es así, podemos quedarnos 1 año más? Saludos y gracias por contestar.
Equipo reclamador dice
Hola Luisa,
Contacta con nosotros a través de nuestro servicio de videoconsulta para que podamos dar respuesta a tu consulta. En él, un abogado especializado en la materia resolverá todas las dudas que tengas respecto a esta cuestión.
Un saludo.
Virginia dice
Buenas tardes. Mi tía se ha hecho mayor y ha de vender el piso que tiene alquilado, para poder pagar a una cuidadora. La LAU no dice nada al respecto. Con qué tiempo hemos de avisar al inquilino? Hemos de indemnizarle? Muchas gracias.
Equipo reclamador dice
Hola Virginia,
Contacta con nosotros a través de nuestro servicio de videoconsulta para que podamos dar respuesta a tu consulta. En él, un abogado especializado en la materia resolverá todas las dudas que tengas respecto a esta cuestión.
Un saludo.
Beatriz Pintos dice
Hola, quiero saber de dónde son? No se si las leyes son iguales en todos los países, Yo soy de Uruguay y quiero hacerles una consulta sobre incumplimiento de contrato por parte del inquilino, gracias
Equipo reclamador dice
Hola Beatriz,
Somos una empresa española con sede en Madrid.
Un saludo.
Enrique dice
Hola! tengo un contrato de un año firmado con el propietario. El contrato va a renovarse dentro de poco y tan sólo quería aclarar un par de cosas. Si el contrato se renueva por otro año más y al poco tiempo me voy, ¿tengo que pagarle los 6 meses del segundo año? o por el contrario ¿se cuentan tan sólo 6 meses desde la firma del contrato?
Por otro lado, tenemos una cláusula de penalización. Entiendo que si por ejemplo mi contrato se renueva el 1 de Julio y yo me marcho el 1 de Agosto, la penalización que debo abonar es (11/12)x renta mensual.
¿Esto es así? o por el contrario una vez cumplido el primer año, y si aviso con 30 días de antelación ¿puedo marcharme cuando quiera sin pagar penalización?
Gracias de antemano.
Equipo reclamador dice
Hola Enrique,
Contacta con nosotros a través de nuestro servicio de videoconsulta para que podamos dar respuesta a tu consulta. En él, un abogado especializado en la materia resolverá todas las dudas que tengas respecto a esta cuestión.
Un saludo.
Lisette dice
Buenas
Acabo de mudarme a un piso (01/05/22) y justo esta semana recibí una notificación donde me informan que me han adjudicado un piso de protección oficial. ¿Qué debo hacer para rescindir el contrato del piso que tengo alquilado y no ser sancionada?
Equipo reclamador dice
Hola Lisette,
Contacta con nosotros a través de nuestro servicio de videoconsulta para que podamos dar respuesta a tu consulta. En él, un abogado especializado en la materia resolverá todas las dudas que tengas respecto a esta cuestión.
Un saludo.
Debora dice
Hola, buenas noches. Quisiera saber que sucede si el locatario me avisa 3 meses antes de cumplir los 6 meses que se retira del inmueble, aviendo firmado un contrato por 3 años, corresponde indemnización por parte del locatario?.
Equipo reclamador dice
Hola Debora,
Contacta con nosotros a través de nuestro servicio de videoconsulta para que podamos dar respuesta a tu consulta. En él, un abogado especializado en la materia resolverá todas las dudas que tengas respecto a esta cuestión.
Un saludo.
Oihana dice
Hola,
Voy a reformar mi piso y necesito alquilar un piso para mudarme allí durante 2-3 meses que durará la reforma de la mia (ubicación País Vasco).
Mi pregunta es si hay una duración mínima obligatoria por ley para permanecer en un piso alquilado, y si es el caso, cual es esta duración obligatoria???
Muchas gracias de antemano,
Un saludo.
Equipo reclamador dice
Buenas tardes.
En tu caso, nos encontraríamos ante un contrato de alquiler para uso distinto de vivienda. los arrendamientos para uso distinto del de vivienda se rigen por la voluntad de las partes. Si quieres saber más sobre la normativa que regula estos alquileres: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1994-26003
Saludos
Vane dice
Hola! Mi casera me ha informado que tengo que abandonar el piso que me tiene alquilado porque se viene a vivir de manera permanente. Me ha dado tres meses de plazo. Si me voy antes de que finalice ese plazo, tengo que avisarle con antelación? Muchas gracias!!!
Equipo reclamador dice
Hola, Vane.
En este caso, te recomendamos hablar directamente con tu casera y exponerle que por tu parte puedes abandonar antes la vivienda, llegando a un acuerdo con ella para rescindir ya el contrato.
Un saludo.
M.A dice
Buenos días! Mi arrendataria me envió un burofax diciendo que debía abandonar el piso en tres meses porque venía por motivos laborales y tenía que ocupar su vivienda. ¿Como puedo pedirle justificación para saber si es verdad o que solamente nos quiere echar? Gracias de antemano, un saludo.
Equipo reclamador dice
Hola.
Sobre la necesidad de recuperar la vivienda, esto señala el Artículo 9 de la Ley de Arrendamiento Urbanos:
"3. Una vez transcurrido el primer año de duración del contrato y siempre que el arrendador sea persona física, no procederá la prórroga obligatoria del contrato cuando, al tiempo de su celebración, se hubiese hecho constar en el mismo, de forma expresa, la necesidad para el arrendador de ocupar la vivienda arrendada antes del transcurso de cinco años para destinarla a vivienda permanente para sí o sus familiares en primer grado de consanguinidad o por adopción o para su cónyuge en los supuestos de sentencia firme de separación, divorcio o nulidad matrimonial.
Para ejercer esta potestad de recuperar la vivienda, el arrendador deberá comunicar al arrendatario que tiene necesidad de la vivienda arrendada, especificando la causa o causas entre las previstas en el párrafo anterior, al menos con dos meses de antelación a la fecha en la que la vivienda se vaya a necesitar y el arrendatario estará obligado a entregar la finca arrendada en dicho plazo si las partes no llegan a un acuerdo distinto.
Si transcurridos tres meses a contar de la extinción del contrato o, en su caso, del efectivo desalojo de la vivienda, no hubieran procedido el arrendador o sus familiares en primer grado de consanguinidad o por adopción o su cónyuge en los supuestos de sentencia firme de separación, divorcio o nulidad matrimonial a ocupar esta por sí, según los casos, el arrendatario podrá optar, en el plazo de treinta días, entre ser repuesto en el uso y disfrute de la vivienda arrendada por un nuevo período de hasta cinco años, respetando, en lo demás, las condiciones contractuales existentes al tiempo de la extinción, con indemnización de los gastos que el desalojo de la vivienda le hubiera supuesto hasta el momento de la reocupación, o ser indemnizado por una cantidad equivalente a una mensualidad por cada año que quedara por cumplir hasta completar cinco años, salvo que la ocupación no hubiera tenido lugar por causa de fuerza mayor, entendiéndose por tal, el impedimento provocado por aquellos sucesos expresamente mencionados en norma de rango de Ley a los que se atribuya el carácter de fuerza mayor, u otros que no hubieran podido preverse, o que, previstos, fueran inevitables."
Para cualquier otra duda lugar, puedes solicitar una videoconsulta con nuestros abogados.
Un saludo.
Milena dice
Hola
Es posible rescindir el contrato de alquiler antes de iniciarlo?
He firmado un contrato d alquiler con fecha de julio y aún no nos hemos mudado, por motivos laborales no podremos mudarnos. Sería posible rescindir el contrato evitando lo 6 meses d e obligado cumplimiento?
Gracias
Equipo reclamador dice
Hola, Milena.
Para que podamos darte una respuesta personalizada lo mejor es que nos contactes ya que tu comentario requiere de una consulta. A través de nuestro servicio de videoconsulta online, un abogado especializado en la materia resolverá todas las dudas que tengas respecto a esta cuestión en concreto.
Un saludo.
Maguy Cardenas dice
Hola, renove’ el contrato x 6 meses, pues llevaba dos años viviendo en ese lugar). Cuando fui a hacer la renovacion me dijeron un precio que yo acepté, cuando fui a Pagar la renta era otro, el mismo me subieron estpy my digustada, quiere time, actualmente no me alcanza para hacer el Pago, MI pregunta me puedo ir?..,
Equipo reclamador dice
Hola.
Tendríamos que estudiar el contrato y las nuevas condiciones firmadas para poder asesorarte correctamente.
Puedes solicitar una consulta legal con nuestros abogados expertos.
Un saludo.
Victor dice
Buenas. Los 6 meses son desde el inicio hasta el fin del arrendamiento (por ejemplo 5 meses + 1 mes de preaviso) o se puede solicitar únicamente a partir del 6 mes (6+1)? Gracias
Equipo reclamador dice
Hola, Víctor.
Puedes poner fin al alquiler de la vivienda siempre que hubieran transcurrido ya 6 meses desde la firma del contrato y siempre que avises al arrendador con, al menos, 30 días de antelación.
Saludos
TATIANA SILVA dice
y si me voy al 5 y mi contrato es de 10 meses
Miguel Damian dice
Hola estimados, mi casera ha decidido terminar antes por cuestiones que no vienen en el contrato, tengo algún tiempo para salirme en específico? Tengo que seguir pagando rentas aunque ya me haya pedido el departamento nada más por que si? Cuanto tiempo tengo para abandonar el dep?
Equipo reclamador dice
Hola, Miguel.
Contacta con nosotros a través de nuestro servicio de videoconsulta para que podamos dar respuesta a tu consulta. En él, un abogado especializado en la materia resolverá todas las dudas que tengas respecto a esta cuestión.
Un saludo.
Karen Andrea dice
Un saludo, hace dos semanas firme un contrato de alquiler por un año y ahora el dueño me dice que lo va a vender, ya han venido a verlo, el contrato no está registrado, no sé si deba darme alguna indemnización ya que fueron más de dos mil euros que pague para poder alquilar y ya debo buscar de nuevo, porfavor ayuda. Gracias
Equipo reclamador dice
Hola, Karen.
Si necesitas asesoramiento, solicita una videoconsulta online para que uno de nuestros abogados especializados en la materia resuelva todas las dudas que tengas respecto a esta cuestión en concreto.
¡Te esperamos!
Anónimo dice
Hola, en un contrato de alquiler de 1 año si nos vamos a los seis meses, tienen derecho a devolver la fianza?
Espero respuesta.
Gracias
Equipo reclamador dice
Hola.
Necesitamos más información para darte una respuesta.
Lo mejor es que nos contactes a través de nuestro servicio de videoconsulta online. En él, un abogado especializado en la materia resolverá todas las dudas que tengas respecto a esta cuestión en concreto.
Un saludo.
Ignacio dice
Hola! Firme el contrato que comienza a regir hoy 1/8 pero hace tres dias me dieron la llave para comenzar a hacer la mudanza. El tema es que me di cuenta que el piso es muy pequeño y me da un poco de claustrofobia (es un corral). Todavía no estoy viviendo aquí ya que me faltan mudar cosas, pero si me quisiera ir… podria rescindir el contrato y evitar una multa? O debería pagar la multa de todas formas? Muchas gracias
Equipo reclamador dice
Hola, Ignacio.
Para en un futuro evitar este tipo de situaciones es muy importante antes de firmar un contrato cerciorarse de las condiciones de la vivienda y resolver cualquier duda con el arrendador.
Para que podamos darte un asesoramiento legal personalizado, necesitaríamos más información. Puedes solicitar una videoconsulta con nuestros abogados.
Un saludo.
Carlos dice
Buenos días. Excelente artículo. La duda que me ha quedado es si hay que informar a Hacienda de la interrupción del contrato si el contrato está registrado en Hacienda. Un saludo.
Jorge dice
Buena tarde
Alquilé una vivienda hace tres meses hicimos un contrato a un año en un conjunto donde al frente de la casa por fuera del conjunto hay unas casetas y el sr mete vició y se qda asta hay asta las 4 de la mañana con música y dentro del conjunto en la casa de al lado también meten vicio en el día yo tengo niños pequeños le comenté al propietario pero PS no me a dado ninguna respuesta
Que puedo hacer ?
Equipo reclamador dice
Hola, Jorge.
Informarte que tu caso necesita de un estudio más detallado, por lo que no podemos darte por este medio una respuesta ajustada.
Si lo deseas, puedes solicitar una videoconsulta, en la que un abogado experto te asesorará legalmente.
Un saludo.
María del mar dice
Hola me renovaron el contrato de alquiler y en el pone por un año renovable a los seis meses ya pasaron 8 meses y ahora me dice que tengo dos meses para que busque vivienda porque la quieren vender y quisiera saber si esos dos meses tengo que seguir pagando como antes ya que entonces sería difícil poder pagar la entrada para otra vivienda es legal lo que me a hecho ;un saludo y gracias
Equipo reclamador dice
Hola, María del Mar.
Entre otras cuestiones, para darte una respuesta tendríamos que tener otra información como si quieres ejercer tu derecho de tanteo sobre la compra de la vivienda y, de ser la respuesta negativa, si el contrato de alquiler está inscrito.
Un saludo.
Rubén dice
Si aunque la ley ponga que tiene que estar 6 meses, pero en el contrato la inquilina tiene que estar 1 año y se quiere ir estoy obligado a devolver la fianza.
Un saludo
Equipo reclamador dice
Hola, Rubén.
Necesitamos más información para poder responder tu pregunta. Si necesitas asesoramiento legal, puedes solicitar una videoconsulta legal con nuestros abogados expertos.
Un saludo.
Cam dice
Hola.
Mi consulta es la siguiente. Me toco firmar 2 años de permanencia para poder quedarme con el piso. Ahora me ha salido un oportunidad laboral en USA y me toca dejarlo el piso antes del primer año. No puedo justificar que tengo que marchas del país para no perder el dinero?
Un saludo.
Equipo reclamador dice
Hola, Cam.
Necesitamos más información para poder asesorarte correctamente.
Si lo deseas, puedes solicitar una videoconsulta legal con uno de nuestros abogados. Por 20€, durante 30minutos, un abogados solucionará tus dudas legales respecto al contrato de alquiler.
Un saludo.
Tana dice
Buenos días, firmamos un contrato por 5 años, pero por temas de salud y las escaleras que tiene la vivienda para pasar a las habitaciones y baño es imposible seguir aquí. Pasaron ya dos años de la firma y quedan tres, como puedo proceder para dejar la vivienda? Gracias!
Equipo reclamador dice
Hola, Tana.
Lo recomendable es siempre hablar con los propietarios e informar de la situación para poder llegar a la mejor resolución.
Un saludo.
Javier dice
Hola, comparto alquiler de una vivienda unifamiliar con 3 personas más, llevamos casi un año de los dos que firmamos en el contrato, que pasa si alguno de nosotros avisa a la agencia de que la pareja se quiere ir. Yo quería quedarme pero ahora ya me quiero ir yo también. Me puedo ir si me da la gana habiendo pasado seis meses y romper el contrato?
Equipo reclamador dice
Hola, Javier.
Sin estudiar tu contrato de alquiler no podemos darte una respuesta ajustada.
Contacta con nosotros a través de nuestro servicio de videoconsulta para que podamos dar respuesta a tu consulta. En él, un abogado especializado en la materia resolverá todas las dudas que tengas respecto a esta cuestión.
Un saludo.
Marta dice
Hola buenos días,mi cunsulta es que son inquilino nos mudamos en abril y en agosto me dice que quiere vender el piso,pero yo lo tengo firmado por un año,al incumplir ella el contrato me tendría que devolver mi fianza y algo más? nosotros lo hicimos por inmobiliaria y perdemos también la parte que la pagamos eso lo puedo reclamar?un saludo gracias
Equipo reclamador dice
Hola, Marta.
Los propietarios no pueden echarte de la vivienda. En estos casos, lo habitual es subrogar el contrato de alquiler a nombre del nuevo propietario y tú sigues en la vivienda hasta la finalización del contrato.
Gracias por leer el blog de reclamador.es
Karla dice
Hola, que pasa si en el contrato está estipulado si el arrendatario no avisa con 30 días de anticipación al cumplir un año, el contrato se renueva automáticamente, pero al cumplir el año 5 días después me pide la devolución del inmueble? Tenemos pagos a la fecha, responsable, gastos básicos al día, no ocasionamos daños ni ruidos molestos ni hacemos mal uso de la vivienda. Debe cumplir el año renovado? Ya que no aviso con anticipación y da aviso solo por vía telefónica después del plazo establecido….
Equipo reclamador dice
Buenos días.
Tu caso necesita de un estudio y asesoramiento personalizado, que no podemos realizar a través de este blog. Te aconsejamos solicitar una videoconsulta legal con nuestros abogados y que ellos, estudiando la documentación de tu caso, te asesoren.
Un saludo.
Gracia dice
Tengo un piso alquilado y el alquiler cumple el 30 de sep. Me avisan el 25 de agosto que rescinden contrato hasta 25 sep. ¿Deben pagar el mes completo como está estipulado? Supongo deben pagar la penalización proporcional correspondiente, al rescindir antes de la fecha de finalización.
Equipo reclamador dice
Hola.
Para que podamos darte una respuesta, lo mejor es que nos contactes a través de nuestro servicio de videoconsulta online. En él, un abogado especializado en la materia resolverá todas las dudas que tengas respecto a esta cuestión en concreto.
Un saludo.
alvaro dice
muy buenas, tengo una duda en cuanto a este asunto, firmé contrato de arrendamiento en 2020 en el que se establece que para la no renovacion del mismo habria que avisar con tres meses, y en la ley se establece que con 30 dias de antelacion sera suficiente, entonces mi duda es si prevalece la ley o lo firmado en el contrato. Muchas gracias.
Equipo reclamador dice
Hola, Álvaro.
Para darte un asesoramiento correcto, nos gustaría estudiar la documentación del caso. Contacta con nosotros a través de nuestro servicio de videoconsulta para que podamos dar respuesta a tu consulta. En él, un abogado especializado en la materia resolverá todas las dudas que tengas respecto a esta cuestión.
Un saludo.
Agustina dice
Hola, hemos firmado un contrato de alquiler temporal por 9 meses y llevamos 5 pero el piso es un desastre y cada dos por tres hay problemas y nos queremos ir. Nos dicen que para irnos tenemos que pagar un mes de indemnización pero no podemos. Además el piso lo alquilamos 3:personas y una de ellas se fue haciéndonos cargo del alquier en su totalidad. ¿Hay algún modo de acabas este contrato antes de tiempo? Si es que si pagaremos la consulta online
Equipo reclamador dice
Hola, Agustina.
Como explicamos en el post: El arrendatario podrá desistir del contrato de arrendamiento, una vez que hayan transcurrido al menos seis meses, siempre que se lo comunique al arrendador con una antelación mínima de treinta días. Las partes podrán pactar en el contrato que, para el caso de desistimiento, deba el arrendatario indemnizar al arrendador con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada año del contrato que reste por cumplir. Los períodos de tiempo inferiores al año darán lugar a la parte proporcional de la indemnización.
Gracias por leer el blog de reclamador.es
Oscar dice
Hola tome en arriendo un lugar donde las áreas comunes no las limpian. Es obligación del dueño hacer este mantenimiento? Por otra parte las personas que viven al lado son ocupas y hacen demasiado ruido en las noches además que venden drogas esto lo conoce el arrendador y no a podido solucionar llevo 4 meses. Puedo terminar el contrato por esta razón? A la entrada del edificio la puerta no tiene llave y entran los consumidores de drogas a la madrugada igual nos sentimos inseguros. Por esta razón queremos marchar puedo dar por terminado el contrato?
Equipo reclamador dice
Hola, Óscar.
En este caso concreto, lo primero que debes hacer es hablar con los propietarios e intentar de mutuo acuerdo llegar a una solución para el contrato de alquiler. Si no fuera así, puedes contactar con nosotros a través de nuestro servicio de videoconsulta y recibir asesoramiento legal con los siguientes pasos a dar.
Un saludo.
Daniela dice
Buenas tardes ,acabo de entrar a un piso ,llevo 1 semana y no quieren hacer arreglos grandes como la puerta y ventanas ,puedo desistir el contrato sin tener que pagar ninguna multa
Equipo reclamador dice
Hola, Daniela.
Al llevar tan poco tiempo, te recomendamos que intentes negociar con la otra parte. Si necesitas asesoramiento legal, puedes solicitar una consulta online con nuestros abogados. A través de nuestro servicio de videoconsulta online, un abogado especializado en la materia resolverá todas las dudas que tengas respecto a esta cuestión en concreto.
Un saludo.
Karen dice
Hola! En mi contrato no dice que debo avisar con tres meses de anticipación para dar de baja el contrato, no dice nada sobre eso, qué pasa en ese caso??
Equipo reclamador dice
Hola, Karen.
Debes estar a lo que diga la ley aplicable a tu caso. De todas maneras, lo mejor es que te asesores legalmente para evitar problemas.
Un saludo.
Muchas gra
Florencia dice
Si el alquiler es temporal (por 8 meses) y el contrato no dice nada acerca de la rescisión del mismo. Puedo rescindirlo avisando con 25 días de antelación sin pagar extra?
Equipo reclamador dice
Buenos días Florencia,
Te aconsejamos que revises bien el contrato porque siempre hay clausulas acerca de la recisión del mismo. Pero, para que podamos darte una respuesta, lo mejor es que nos contactes a través de nuestro servicio de videoconsulta online. En él, un abogado especializado en la materia resolverá todas las dudas que tengas respecto a esta cuestión en concreto.
Un saludo.
Xavier Romero dice
El próximo 1 de febrero hace un año que estoy como inquilino, con que tiempo tengo que avisarle al propietario, que me quiero rescindir el contrato, porque me he comprado una vivienda.
Equipo reclamador dice
Hola Xavier
Tienes que avisar con un mes de antelación
Esperanza dice
Hola buenas yo tengo vivido en mi vivienda alquilada 17 años. Y la dueña de la casa me envía un burofax me echa de la vivienda por actividades molestas .nocivas ect. En lo cual yo tengo 3 hijos me echa antes de finalización de contrato es correcto que me eche con acusaciones no ciertas gracias
Equipo reclamador dice
Hola Esperanza,
Para que podamos darte una respuesta personalizada lo mejor es que nos contactes ya que tu comentario requiere de una consulta y de más información que nos proporciones. A través de nuestro servicio de videoconsulta online, un abogado especializado en la materia resolverá todas las dudas que tengas respecto a esta cuestión en concreto.
Un saludo.
Marina dice
Hola, si soy la propietaria de la vivienda ¿se podría rescindir un contrato de un año antes de tiempo, si transcurren algunas de las situaciones mencionadas arriba?
Muchas gracias.
Equipo reclamador dice
Hola Marina,
Efectivamente, si se cumplen alguna de las condiciones que explicamos podrías rescindir el contrato.
Un saludo
Lorena Medina dice
Hola.nosotros alquilamos,hice un contrato x 3 años..resulta q mi marido quedó desempleado y nos tenemos q ir.ya hace 6 meses q estamos..que es lo q debo abonar para retirarme y como se usa el depósito q se pagó al entrar.gracias
Equipo reclamador dice
Hola Lorena,
En primer lugar, deberías avisar con un mes de antelación de dicho abandono del alojamiento. Luego, corresponde pagar una mensualidad de la renta en vigor por año de contrato que reste por cumplir.
Un saludo
María dice
Hola yo firme un contrato de renta x dos años,ya cumplí 1 año pero el dueño de la propiedad está haciendo arreglos de albañilería en la casa , a lo q me pidió dejara las llaves con los albañiles, el dueño se haría responsable pero al parecer el dueño no estuvo en mi casa todo el día y para colmo los albañiles no cerraron con llave mi casa, dejaron todo abierto, a lo q molesta le comenté al dueño y ni una disculpa me ofrecieron al contrario dijo que así trabajan los albañiles e insiste en querer nuevamente mis llaves . A lo q me negué… Yo la verdad necesito saber si me puedo salir antes de ahí? Ya que el dueño se portó súper grosero
Equipo reclamador dice
Hola María,
Lamento mucho la situación que vives. Lamentablemente para que podamos darte una mejor respuesta haría falta más información y estudiar el contrato que tienes vigente. Lo mejor es que nos contactes a través de nuestro servicio de videoconsulta online, y un abogado especializado en la materia resolverá todas las dudas que tengas respecto a esta cuestión en concreto.
Un saludo.
Sandra monroy dice
Buenas tardes quisiera que me ayudarán con la información requerida es que yo tengob4 meses viviendo en un apartamento pero desde el día q me mude mebdi cuenta de que el apartamento esta infectado de cucarachas he ido tres veces a poner quejas a la inmobiliaria pero lo no me hacen caso como haría yo para anular el contrato de arrendamiento
Equipo reclamador dice
Hola Sandra,
Lamentamos mucho lo que nos cuentas. En principio, es la inmobiliaria quien debería hacerse cargo de este problema. Si necesitas asesoramiento legal puedes contactarnos a través de nuestro servicio de videoconsulta online, y un abogado especializado en la materia resolverá todas las dudas que tengas respecto a esta cuestión en concreto.
Un saludo.
Luca Pippi Furfaro dice
Hola! si es un contrato temporal como sería la posibilidad de renuncia del alquiler? mi contrato es de de febrero a julio pero mi idea es renunciar en abril, como sería en esos casos?
Equipo reclamador dice
Hola Luca,
Normalmente en los contratos se establece que a partir de los 6 meses de alquiler, y avisando con un mes de antelación, cabría la posibilidad de renunciar al contrato de alquiler y abandonar el piso. Pero al ser menos de ese tiempo, habría que revisar tu contrato. Es posible que te cobren alguna penalización.
Un saludo
Nicolas dice
Buenos días.
Mi consulta es sobre el contrato de alquiler de un año que firme en junio del 2022, pero por razones laborales tengo que desistir del mismo el 31 de marzo. En el contrato hay una cláusula que dice que si me voy antes de que pase el año tengo que indemnizar con un mes de renta, pero según la LAU, al haber pasado más de seis meses y avisado con 30 días de antelación y faltando solo 3 meses para cumplir el año de contrato ¿la indemnización sería proporcional según establece la LAU o tendría que abonar el mes de renta como tal?
Muchas gracias
Equipo reclamador dice
Hola Nicolás,
Lamentablemente habría que estudiar bien tu contrato de alquiler para ver bien que establecen las condiciones. Si quieres, puedes contactarnos a través de nuestro servicio de videoconsulta y uno de nuestros abogados estudiará tu caso y te dará una respuesta personalizada.
Un saludo.
Lore dice
Hola llevo viviendo 4 años en una casa, tengo un contrato de 5 años, y hoy me ha dicho el propietario que quiere reformarla y me tengo que ir. Hasta que punto es legal esto?
Equipo reclamador dice
Hola Lore,
Habría que estudiar el contrato de tu casa para ver la letra pequeña. Es posible, que si te haya avisado con tiempo suficiente sea legal, igualmente habría que ver si incluye que te corresponda algún tipo de indemnización. Pero para darte una respuesta personalizada tendríamos que hacer un estudio de tu caso. Si quieres, puedes ponerte en contacto con nosotros por nuestro servicio de videoconsulta online.
Un saludo.
Ines dice
Hola! Tengo una factura de gas de 72 dias el cual soy responsable de 34 dias la factura es de 3000 € la casera me dijo que soy responsable de pagar 2900 y ella solo cien ya que no uso pero ella tuvo gente en airbnb cundo dige q me diera el desglose de repsol se opone no me explica solo se pone a llorar por esa razon yo le di 1300 €y acobo de recivir una carta de su abogado de pagar en 7 dias 590 porque yo acirde con ella ese monte y me estoy negando a pagar los gastos. Cosa q tengo pruebas de mensajes donde ella nunca me pregunto por dinero y no me da explicacion solo mentiras nose que hacer
Equipo reclamador dice
Hola Inés,
Sería importante en tu caso que hicieras uso del contrato de alquiler que tienes, ahí especificará las fechas en las que entraste a vivir y te servirá de prueba para negarte a abonar ese importe. Si quieres asesoramiento legal para saber qué pasos puedes hacer en tu acaso, puedes consultar con uno de nuestros abogados por nuestro servicio de videconsulta online, y estudiará tu caso de manera personalizada.
Un saludo.
Sara dice
Buenos días.
¿Puede reclamarme el arrendador una indemnización aún dejando el piso después del año y habiendo avisado con más de 30 días de antelación?
Equipo reclamador dice
Hola Sara,
Depende de las condiciones que tengas en el contrato, si lo estipula como tal, sí que deberías pagar alguna indemnización. Pero lo dicho, habría que estudiar las condiciones de tu contrato.
Un saludo
Fran dice
Si el propietario quiere rescindir el contrato para volver a vivir en ella. Tienen que avisar con dos meses de antelación de la fecha que se hagan el años de contrato, o cuándo te lo notifique tienes dos meses para irte.
Gracias.
Equipo reclamador dice
Hola Fran,
Habría que ver el contrato que tenéis para darte una respuesta individualizada. Pero por norma general a partir de los 6 meses de contrato se podría prescindir del mismo, avisando con uno o dos meses de antelación, pero quizás con alguna sanción. Pero lo que te comento, habría que hacer estudio de tu caso de manera personal.
Un saludo
Juan Francisco dice
Hola! Antes que agrader el interés por resolver todas las dudas que nos inundan en una materia tan desconocida. La duda que me surge, una vez leído vuestro artículo que se puede rescindir el contrato a los 6 meses, es q en mi contrato me puso una cláusula específica que si no cumplía el año no me devolvía la fianza de un mes, dicho esto, entonces: es ilegal dicha cláusula? Y me tendría que devolver la fianza si o sí? Muchas gracias.
Equipo reclamador dice
Hola Juan
Nos alegra mucho que te resulte interesante el blog, intentamos resolver las dudas más comunes y poco resueltas de los consumidores. Con respecto a tu pregunta, efectivamente lo que hay que hacer es estudiar de manera personalizada cada caso porque, como el tuyo, algunos cuentan con clausulas que te especifica cuando se puede o no finalizar un contrato de alquiler sin penalización. Dicha clausula es completamente legal. Por tanto, por desgracia en tu supuesto, si quisieras prescindir de dicho contrato se quedarían con la fianza que diste.
Un saludo
Luisa dice
Avisé de que dejó la vivienda, pero ahora quiero quedarme, el arrendador me dice que tengo que irme o hacer un nuevo contrato, Eso es así?
Equipo reclamador dice
Hola Luisa!
Nuestra recomendación, es que revises en el contrato las cláusulas en las que se indican las condiciones para la rescisión del mismo. Si le avisaste vía burofax o por escrito y te ha respondido con el documento firmado, es muy posible que sí pueda obligarte a realizar un contrato nuevo. No obstante, insiste en que no quieres marcharte e intentad solucionar la situación amablemente.
Un saludo.
Faisuly dice
Hola tengo un contrato de alquiler de un Año y faltan dos meses y medio para acabar el contrato ya puedo desocupar esa casa sin problemas
Equipo reclamador dice
Hola Faisuly!
El inquilino podrá poner fin al alquiler de la vivienda siempre que hubieran transcurrido ya 6 meses desde la firma del contrato y siempre que avise al arrendador con, al menos, 30 días de antelación. No obstante, nuestra recomendación es que revises el contrato por si incluye alguna cláusula en la que indique que si rescindes antes del año tienes que indemnizar al propietario o alguna cláusula adicional respecto a la terminación del mismo.
Un saludo.
Jhon Arroyave dice
Buenas tardes
Una consulta, llevo en un piso dos años, el primero de marzo de este año se renovó automáticamente, pero desafortunadamente tengo que dejar el piso en mayo, ¿Tengo que pagar la multa por salir antes de cumplir el nuevo año?
Gracias
Equipo reclamador dice
Hola Jhon,
Nuestra recomendación es que revises el anexo que hayáis firmado para la renovación del mismo, si no lo habéis hecho deberías revisar la cláusula en la que se indican los motivos del cese del contrato, pero, por norma general, salvo que tengáis una cláusula de permanencia del segundo año completo, con avisar con 30 días de antelación a tu arrendador deberías poder irte sin penalización.
Un saludo.
Noelia dice
Buenas tardes
tengo una vivienda alquilada y el contrato finaliza a los 3 años, puedo poner fin al contrato o tengo que renovarlo por fuerza hasta los 5 años.
Es que con la revisión anual ha subido una barbaridad y no me interesa tenerla alquilada por la mitad que pago.
saludos
Equipo reclamador dice
Hola Noelia,
Nos faltan datos para contestarte, pero si a la finalización de los 3 años deseas recuperar la vivienda, puedes informar por escrito a tus arrendatarios con una antelación de cuatro meses.
Un saludo.
Natalia dice
Hola! Quería preguntar si es posible pedir al inquilino que se vaya, después de 4 años, con pre aviso de 2 meses antes de la renovación anual de un contrato, que inicialmente fue de un año?
Equipo reclamador dice
Hola Natalia,
Puedes avisarle por escrito de la no renovación del mismo con 4 meses de preaviso.
Un saludo.
Anonimo dice
Buenas tardes.Llevo de alquiler 3meses y acaban de concederme una casa(mediante compra).tengo contrato de alquiler legal,pero no voy a poder pagar alquiler600€ más hipoteca. Puedo aguantar la situación hasta agosto,que haría los 6meses. Podría dejar el alquiler o tendría que seguir abonandole los 600€.
Gracias
Equipo reclamador dice
Hola,
Podrías dejar el alquiler si han pasado los seis primeros meses y si no tienes alguna cláusula sobre permanencia mínima o indemnización en caso de que te vayas antes del primer año.
Un saludo.
Alonsl dice
Si el contrato de alquiler se me va a vencer, y el propietario me comunica 30 días antes que no vamos a renovar contrato, y me da una prórroga maxima de 2 meses es legal ese tiempo? ¿Y si no encuentro alquiler para esos 2 meses que se puede hacer?
Equipo reclamador dice
Hola Alonsl,
En un inicio, te está avisando con la antelación que marca la ley. Si tardas en encontrar puedes intentar llegar a un acuerdo con el arrendador.
Un saludo.
Noelia dice
Tengo un alquiler en urbanización con piscina en el contrato no figura piscina y no nos habíamos dado cuenta, y resulta que lleva 4 años inhabilitada,el casero no nos baja el alquiler por no poder disfrutarla, el suelo suena muchísimo y no lo arregla nos queremos ir ya nos cumple en septiembre un año pero queremos irnos si le avisamos ya tendremos que pagar algo? Se recupera la fianza ?
Equipo reclamador dice
Hola Noelia,
El inquilino podrá poner fin al alquiler de la vivienda siempre que hubieran transcurrido ya 6 meses desde la firma del contrato y siempre que avise al arrendador con, al menos, 30 días de antelación. En el caso de la fianza, la devolución de la misma debe realizarse en el plazo de un mes a partir de la extinción del contrato de arrendamiento y entrega de llaves siempre que en el documento de resolución del arrendamiento quede expresado que el inquilino entregó la vivienda en perfecto estado y al corriente de pago.
Un saludo.
Nuria dice
Finalizamos un alquiler y el casero nos pago 1 mes después la fianza quedándose con más de la mitad por limpieza y cosas que del uso se desgastaron es legal ? Cuando hay que devolver la fianza al inquilino. Es legal que se quede con casi 500€ por limpieza profunda y desgaste de la vitro poe ejemplo….
Equipo reclamador dice
Hola Nuria,
Puedes reclamar el importe de la fianza, siempre que en el documento de resolución del arrendamiento quede expresado que el inquilino entregó la vivienda en perfecto estado y al corriente de pago. Si tienes esto por escrito, no tiene por qué descontar lo que indicas.
Un saludo.
Mónica dice
En caso de llevar un año de alquiler y prorrogar el contrato para otro año, ¿a partir de cuándo contarían los 6 meses mínimos? ¿desde el inicio del contrato o volverían a contalibizarse desde el inicio de la prórroga?
Gracias
Equipo reclamador dice
Hola Mónica,
Esa cláusula de los seis meses mínimos aplica al inicio del contrato, salvo que en la prórroga haya otra cláusula que especifique lo contrario.
Un saludo.
Susana Marquez Perez dice
Hola, estoy de alquiler desde mayo de este año, desde el mes de junio empecé a ver cucarachas en la cocina, he limpiado desinfectado, echado veneno
En julio avise al propietario de todo esto y que tendría que mandar a una empresa de desinfección, el se ha puesto en contacto con la administración del edificio y quedó en comunicarme cuando harían una desinfección pero general del edificio, que luego si quedaban bichos en alguna vivienda, se tendría que hacer cargo cada persona.
Todavía no me ha avisado de nada
Yo quiero dejar el piso avisándo con un mes de antelación pero llevaría 4 meses no los 6 que son necesarios para desestimando de contrato
Mi pregunta es: qué indemnización tengo que pagar al propietario y como y cuando
Equipo reclamador dice
Hola Susana,
Si las condiciones de habitabilidad de la vivienda se ven repecutidas, es posible, que puedas resolver el contrato sin panlización. Revisa las claúsulas de la misma y si tienes alguna duda puedes reservar una sesión de videoconsulta.
Un saludo.
Rita dice
Buenas llevo dos años de alquiler tube que cojerlo porque no tenia donde ir pero el dueño no ahí manera de que se romper algo y me lo ponga nuevo como la basija le dije compra una y me puso una del año de peron y lo mismo con muchas cosas que se romper no ahí manera ya no ser que hacer con este señor solo quiere cobrar y no arreglar como el lavamano que pierde aguay me dice que ponga una balleta y pierde desde que entre me tiene harta
Equipo reclamador dice
Hola Rita,
Lamentamos la situación que estás viviendo con tu casero. Para que podamos darte una respuesta personalizada lo mejor es que nos contactes, ya que tu comentario requiere de una consulta. A través de nuestro servicio de videoconsulta online, un abogado especializado en la materia resolverá todas las dudas que tengas respecto a esta cuestión en concreto.
Un saludo.
Alejandra Hernández dice
Que puedo hacer si un inquilino deja hacer reparaciones en el inmueble sin permiso del propietario..
santiago villa dice
Si el propietario necesita recuperar la vivienda para poder vivir en ella, bien el arrendador o bien un familiar de primer grado de consanguinidad. Ante esta circunstancia, el propietario debe notificar a su inquilino esta necesidad de recuperar la vivienda con al menos dos meses de antelación y justificar dicha necesidad.
En este caso se debe pagar alguna multa?
EN que decreto o ley se puede ver como se debe proceder?
Qué valor tiene la redacción por parte de Uds para enviar un oficio a la agencia de arrendamientos para dar por terminado el contrato?
Equipo reclamador dice
Hola Santiago,
Tal y como respondíamos en otro comentario, el Artículo 9 de la Ley de Arrendamiento Urbanos:
"3. Una vez transcurrido el primer año de duración del contrato y siempre que el arrendador sea persona física, no procederá la prórroga obligatoria del contrato cuando, al tiempo de su celebración, se hubiese hecho constar en el mismo, de forma expresa, la necesidad para el arrendador de ocupar la vivienda arrendada antes del transcurso de cinco años para destinarla a vivienda permanente para sí o sus familiares en primer grado de consanguinidad o por adopción o para su cónyuge en los supuestos de sentencia firme de separación, divorcio o nulidad matrimonial.
Para ejercer esta potestad de recuperar la vivienda, el arrendador deberá comunicar al arrendatario que tiene necesidad de la vivienda arrendada, especificando la causa o causas entre las previstas en el párrafo anterior, al menos con dos meses de antelación a la fecha en la que la vivienda se vaya a necesitar y el arrendatario estará obligado a entregar la finca arrendada en dicho plazo si las partes no llegan a un acuerdo distinto.
Si transcurridos tres meses a contar de la extinción del contrato o, en su caso, del efectivo desalojo de la vivienda, no hubieran procedido el arrendador o sus familiares en primer grado de consanguinidad o por adopción o su cónyuge en los supuestos de sentencia firme de separación, divorcio o nulidad matrimonial a ocupar esta por sí, según los casos, el arrendatario podrá optar, en el plazo de treinta días, entre ser repuesto en el uso y disfrute de la vivienda arrendada por un nuevo período de hasta cinco años, respetando, en lo demás, las condiciones contractuales existentes al tiempo de la extinción, con indemnización de los gastos que el desalojo de la vivienda le hubiera supuesto hasta el momento de la reocupación, o ser indemnizado por una cantidad equivalente a una mensualidad por cada año que quedara por cumplir hasta completar cinco años, salvo que la ocupación no hubiera tenido lugar por causa de fuerza mayor, entendiéndose por tal, el impedimento provocado por aquellos sucesos expresamente mencionados en norma de rango de Ley a los que se atribuya el carácter de fuerza mayor, u otros que no hubieran podido preverse, o que, previstos, fueran inevitables."
Para cualquier otra duda lugar, puedes solicitar una videoconsulta con nuestros abogados.
Un saludo.
SUSANA dice
Si el contrato es de mayo de 2023, contrato de 3 años, prorrogable hasta 5 años.
Se puede avisar en mayo de 2024 que necesito la vivienda para mi ?
Fernando dice
Buenas! Tengo una duda con respecto a la extinción del contrato de arriendo de vivienda y la indemnización.
En un contrato que se pacta por un plazo inicial de un año, en este casa desde el 1ro de abril de 2022. Se prorrogo de forma automatica por un año mas o sea hasta abril del 23. Resulta que el inquilino quiere dejar el piso en octubre del 23, por mas que avise al dueño con 30 dias de antelación, tiene que indemnizarlo por los meses que restan hasta abril del año 24.
El articulo 11 de la LAU habla de la indemnización pero no me queda claro si tambien se refiere a las prorrogas. Lo interpreto como que cada año que se renueva el contrato es de cumplimiento obligario o corresponde la indemnización.
Equipo reclamador dice
Hola Fernando,
Necesitamos conocer más detalles para poder darte una respuesta correcta. A través de nuestro servicio de videoconsulta online, un abogado especializado en la materia resolverá todas las dudas que tengas respecto a esta cuestión en concreto.
Un saludo.
Cristina dice
Hola, tengo contrato de alquiler de 1a 5 años, vivimos casi 10 mésese y proprietarios avisa que quería vender el piso y tenemos que fuéramos antes ! Que hago en este caso ?
Equipo reclamador dice
Hola Cristina,
Necesitamos conocer más detalles para poder darte una respuesta correcta. A través de nuestro servicio de videoconsulta online, un abogado especializado en la materia resolverá todas las dudas que tengas respecto a esta cuestión en concreto.
Gracias por leer el blog de reclamador.es
Heliberto rossette dice
Buenos días, rente una casa pero no firme contrato físico, todo fue verbal. Pero tres días después me hablan para declinar la operación por motivos de ellos, aparte que al tratar de contactarme me enteré que tienen otro número de teléfono que no me habían dicho y se dedican a cuidar perros, la casa es pequeña, situación que tempoco me dijeron al momento de hacer el contrato verbal. Tengo que regresar el monto de la renta y deposito?
Equipo reclamador dice
Hola Heliberto,
Necesitamos conocer más detalle del caso. A través de nuestro servicio de videoconsulta online, un abogado especializado en la materia resolverá todas las dudas que tengas respecto a esta cuestión en concreto.
Gracias por leer el blog de reclamador.es
Yosseline dice
Hola, yo rente un loft que comparte la entrada con 3 más y por lo tanto él área del pasto es área común, los dueños vendieron 2 de los 4 y yo renté y firme contrato de Mayo a diciembre de 2023 le pague las rentas adelantadas hasta diciembre, el mes de depósito y lo del mantenimiento. Los “vecinos” se la han pasado quejando que mis perros andan sueltos en el pasto y no es a propósito yo siempre ando revisando que no haya excremento pero han habido dias que no lo veo y ellos se han quejado tanto que el dueño quiere que desaloje el departamento, le digo que no tengo problema para tranquilidad mía de mis perros y la gente que ya compro ahí. Sin embargo dice que revisará cuánto me va a regresar, yo creo que deberían regresarme las rentas que no viviré completas, lo del mantenimiento adelantado y parte des depósito o ya de plano si no quieren regresar el depósito no importa pero que puedo hacer?
Equipo reclamador dice
Hola Yosseline,
Para que podamos darte una respuesta personalizada lo mejor es que nos contactes, ya que tu comentario requiere de una consulta. A través de nuestro servicio de videoconsulta online, un abogado especializado en la materia resolverá todas las dudas que tengas respecto a esta cuestión en concreto.
Gracias por leer nuestro blog.
Jenny dice
Yo tengo un contrato de alquiler de un año , solo estoy un mes , pero quiero salir del piso. Tengo penalización? Con cuánto tiempo de aviso debo hablar al propietario.
Equipo reclamador dice
Hola Jenny,
Tendríamos que tener más detalles para poder asesorarte. A través de nuestro servicio de videoconsulta online, un abogado especializado en la materia resolverá todas las dudas que tengas respecto a esta cuestión en concreto.
Un saludo.
Javier dice
Buenas, si tengo contrato de 1 año pero 4 meses antes de finalizarlo me comunica el propietario que tengo que abandonar l casa en dos meses porque quiere venderla. ¿Cuáles serían las consecuencias legales?
Equipo reclamador dice
Hola Javier,
Este hecho no está contemplado como causa para finalizar el contrato antes de tiempo. Ponte en contacto con uno de nuestros abogados a través de nuestro servicio de videoconsulta online para que resuelvan las dudas que tengas.
Un saludo.
Leidy silva dice
Hola buenas tardes llevo 5 meses de alquiler de un apto pero mi ventana da hacia la calle y en ese espacion consumen drogas,venden drogas,los mismos consumidores gritan rien,colocan musica a alto volumen, no hemos podido dormir ni se puede abrir las ventanas la verdad no tengo calidad de vid quisiera saber si.por este motivo puedo desistir de mi contrato de arrendamiento ya se le aviso la inmoviliaria del tema. Que debo hacer ante esto.
Equipo reclamador dice
Hola Leidy,
Nos comentas un caso muy personal que no podemos dar respuesta por este canal. Además, sería conveniente que un abogado estudiara, como dices, si se aplica antes de que la ley estuviera vigente. Si quieres, puedes ponerte en contacto con uno de nuestros abogados a través de nuestro servicio de videoconsulta online para que resuelvan las dudas que tengas.
Un saludo.
Maite dice
Hola.
Quisiera saber si yo puedo pedir la anulación de contrato por falta de ética profesional por parte del arrendador
Equipo reclamador dice
Hola Maite,
Podrás poner fin al contrato siempre y cuando hayan transcurrido 6 meses desde la firma del contrato y siempre que avises al arrendador con, al menos, 30 días de antelación.
Un saludo.
Anónimo dice
Y si se puede por que el contrato es por un año y llevo solo 3meses
Angeles dice
Hola llevo alquilada en una casa 2 años y 2 meses, el arrendador puso en el contrato un periodo de alquiler mínimo de 3 años, por cuestiones personales me gustaría cambiar de domicilio. ¿Me obliga la ley a pagarle las mensualidades que faltan hasta cumplir los 3 años?? O es una cláusula abusiva??
Gracias.
Equipo reclamador dice
Buenas tardes, Ángeles.
Si tienes preguntas específicas o necesitas asesoramiento legal detallado, te invitamos a solicitar una videoconsulta con nuestros expertos.
Saludos
Lucia dice
Hola estimado
Buenas noches
Firme un contrato por un año llevo 2 meses pero por fuerza mayor no puedo seguir pagando este arriendo , doy aviso de 3 meses anticipados pero se dice que debo de pagar 3 veces lo que pago de arriendo para así conciliar y poder irme. Gracias
Equipo reclamador dice
Hola, Lucía.
Si el alquiler es en España y necesitas asesoramiento legal, puedes solicitar un videoconsulta con nuestros abogados.
Gracias.
Pablo del pozo dice
Tengo un alquiler temporal hasta 30 de junio an pasado solo 30 dias. Y tengo q volver a mi pais por emergencias familiares. He pago los 9 meses de octubre a junio. Crees q puedo recibir algo de los meses q he pago con antelación?
Doris onofre dice
Si por falta de recursos nos toca entregar el inmueble teniendo un contrato después de año y medio y avisando al dueño con anticipación nos toca por obligación pagar algo gracias por su atención
Delgado dice
Buenas tardes. Mi inquilina me ha hecho saber que dejará el piso en Diciembre o Enero. Cierto es que me lo ha dicho por escrito y con más de 30 días de antelación, pero no debería dar una fecha concreta con esos 30 días de antelación?. Muchas gracias.
Equipo reclamador dice
Hola Delgado,
Sí, debe concretarte una fecha de finalización del contrato.
Un saludo.
Carmen dice
Hola mi hija ha dejado la habitación donde estaba alquilada antes de tiempo, la dueña le dijo que le devolvería la fianza cuando alquilarse de nuevo dicha habitación.
Mi hija se ha enterado de que la habitación se alquilo a los quince días de marchar ella y la dueña no le devuelve la fianza. Tengo mensajes donde se compromete a devolverla, aunque sea como favor
Gisella dice
Buenos días
Tengo una consulta, firmamos un contrato el 07/07/2023 por un año, pero nos queremos ir ya que no podemos dormir debido al ruido q producen unos vecinos, no dejan descansar ni por la noche ya que se quedan fuera de la puerta de mi casa hasta las 4/5 de la mañana y a las 10 de la mañana vuelven y empiezan otra vez, son menores de edad y la verdad ya hemos reclamado pero no hay solución. Y nos queremos ir, me podrían decir que une penalización conlleva eso
Gracias
Giada dice
Tengonun alquiler de un piso en españa , y por una problema saludar de un familiar que esta a punto de morir y necesita asistencia 24 h al dia, tendria que extinguir el contrato antes denlos seis meses ? Pueden rescindirme el contrato si presento los certificados de l hospital ? O me haran problema y me exigirán de quedarme los 6 meses obligatorios? Espero me podeis ayudar
Erika Alexandra dice
Hola , mira me alquilaron un local en el 2019 y me enteré hace dos semanas que va a desalojar el local traían una notificación para la persona que me alquiló pero ami esa persona me hizo un contrato de alquiler yo no tenia experiencia y este señor ami no me daba ni factura ni recibo yo le daba el dinero cada mes y ya está y resulta ahora que está en lanzamiento que puedo hacer me siento estafada di una fianza que puedo hacer me
Puede ayudar gracias !
Erika dice
Buenas noches ,mira yo alquile un local en el 2019 me hicieron contrato di una fíanza pero cuando pagaba el alquiler no me daban factura ni recibo y hace dos semanas me enteré que van a desalojar a la persona que me alquilo el local por qu resulta que estoy subalquilada entonces que puedo hacer yo en este caso podría ayudarme gracias
Belén dice
Soy propietaria de una vivienda y tengo unos inquilinos desde hace 8 años con los que no he tenido problema hasta ahora. Este mes se han retrasado en el pago y no responden a mis requerimientos. Tras conversación telefónica con ellos, he empezado a desconfiar totalmente. El contrato se inició el 1 de noviembre de 1015 y se estableció un tiempo de 20 años, por la confianza precisamente. Mi pregunta es ¿pueden pagar cuando les venga en gana? Parece ser que hasta que no dejen una renta sin pagar, no puedo iniciar nada. Por otro lado, vivo en otra provincia y si resulta que quiero volver a trabajar donde está mi casa ¿tampoco podría recuperarla? Ese contrato es antiguo, muy anterior a la nueva ley de alquileres y nada consta, lógicamente.
Magdalena dice
Como arrendataria, y siendo el arrendador mi padre, he permitido que se quede en la vivienda por un tiempo. Pasado ese tiempo niega a irse e insiste en que tengo que abandonar, junto a mi pareja e hijo de 10 meses, la vivienda. Desconozco que vía utilizar para que sea él quien se vaya de la vivienda que tiene arrendada hasta que podamos encontrar otra
Lissette dice
Mi contrato vence en agosto 2024 y el propietario dice que tiene un comprador y nos exige dejar la vivienda cuanto antes ,su gestor inmobiliario nos dice que si quiere el arrendador puede empadronarse en el piso y hecharnos a la calle en 60 dias es eso posible??? Cuanto tiempo tendriamos aunque sabemos que no es para que entren a vivir ni ellos ni su flia es para que entre el comprador y que se hace en estos casos
Anna dice
Si no puedo pagar la hipoteca del piso alquilado por la subida de este y quedandole 3 de los 5 años de contrato, que puedo hacer?
Maria del pilar dice
Hola mi hermana tiene un piso arrendado a una chica y esa inquilina nos agredio ,se puede echar de un dia para otro del piso o cual es el procedimiento
Mar dice
Buenas tardes
Se ha acordado de mutuo acuerdo propietario e inquilino rescindir el contrato de alquiler.Cuanto tiempo se le da al inquilino para marcharse?
Saludos
Ariana dice
Que pasa si al final de año de alquiler doy aviso a la dueña del alquiler que me voy 22 días antes de la fecha en la que finaliza el contrato
Danna dice
Mi contrato dice que tengo que estar 12 meses forzosos , yo ya pague mis 12 meses desde el día que firme . El contrato tiene un error de fecha dice qje es desde el 3 de diciembre del 2022 hasta el 31 de diciembre del 2023 . Quieren cobrarme el mes de diciembre pero ya serian 13 meses pagando renta. Qué puedo hacer
Matilde montoya dorado dice
Hola, quiero saber cuánto debo pagar si mi renta debía pagarla el día siete y me atrase cinco o seis días para salirme del departamento , porque me pidieron ya el departamento. Gracias
María José dice
Buenos días,
Vivo de alquiler, el arrendador es un fondo buitre, me gustaría realizar una consulta, entiendo que firmé contrato pero considero que hay clausulas abusivas y situaciones que nos perjudican. Somos unos 100 vecinos con incidencias varias, comunicación casi imposible y ahora nos cobran el uso de placas solares de agua sanitaria sin que este estipulado en contrato.
Teresa Beltran dice
Buen día,tengo un arrendatario que es muy bullicioso mis vecinos están molestos conmigo y me llaman para quejarse casi todos los dias,y eso me está afectando mucho,llegaron en noviembre firmamos un contrato por un año, no qero tener más problemas por esto,que se puede hacer en este caso?
Dario dice
Hola buenas tardes tengo una duda voy a dejar el piso donde estoy viviendo con aviso de 30 días pero me dicen tengo que pagar una penalización porque el contrato se renovó automáticamente en septiembre que podría hacer con este problema
Danna dice
tengo un contrato de 2500 pesos mexicanos pero 6 días antes de pagar la renta del siguiente y mes y renovación de contrato la dueña me subio a 3000 pesos mexicanos, es esto posible subir así derrepente, apenas llevo 6 meses en la vivienda, por otro lado mi contrato laboral termina en 3 meses es posible que no me lo renueven, de ser así no tendria para seguir pagando el alquiler y pero la dueña no quiere hacer contrato de 3 meses, que pasa si me salgo antes?
Ana dice
Buenas noches. Necesito que me orientéis. He alquilado un local por 5 años para un negocio que no va bien. Puedo rescindir el contrato? Llevamos 5 meses. Quise hacer el contrato de un año, pero la dueña insistió en 5. Qué puedo hacer?
Ana dice
Tenemos alquilado un piso desde hace año y medio de estudiantes ,nos ha salido humedad en una habitación que no se puede dormir ,una compañera se quiere ir,se lo decimos al propietario y dice que se va arreglar, pero solo pintando eso no se arregla.Queremos dejar el piso avisando con un mes ,se puede hacer?? Sin tener que pagar indemnización, aunque en el contrato pone avisar con dos meses, pero es que no se ha cumplido bien el acuerdo ya que no se puede dormir en esa habitación
Paco dice
Estoy en un piso de alquiler el cual me tenían que haber renovado el contrato y no lo hizo la casera. Ahora me viene diciendo que necesita el piso pero sin justificación suficiente, me queda 1 mes y medio para dejar el piso y no encuentro pisos de alquiler, vivo con mi mujer y el niño de 10 años. Que pasa si no encuentro piso para esa fecha en la que lo tengo que dejar??.
Alexis dice
Buenas, avise 30 días antes que debo dejar el piso por motivos más que nada de salud y me encuentro con lo del pago del mes de multa. Así mismo en septiembre con las tormentas se filtro agua estropeando el suelo y el techo lo cual a día de hoy nadie arreglo.
Puedo con eso justificar la salida y no pagar ? Ya avisé por escrito y no nombre ese tema. Ahora quieren venir arreglarlo cuando estoy yo. Si puedes ayudarme te lo agradezco. Entiendo que si lo arreglan estando en alquiler da igual que sea hoy no valdrá para justificarme de no pagar.
Me ayudas, lo dejo porque no puedo pagarlo, no tengo forma. Y me salen con eso.
Equipo reclamador dice
Buenos días.
Lamentamos comunicarte que, actualmente, no tenemos disponible nuestro servicio de asesoría legal por videoconsulta, por lo que no podremos ayudarte en esta ocasión.
Gracias por leer el blog de reclamador.es.
Ale dice
Hace 2 meses firmé un contrato que entra en vigencia en aproximadamente 3 meses hoy me toca regresar a mi país y aún el apartamento está en construcción y no sé si tenga el derecho de terminar el contrato ?
Ale dice
Esto es en Canadá 🇨🇦 en Quebec
Equipo reclamador dice
Hola.
¡Gracias por tu comentario!
En reclamador.es nos esforzamos por proporcionar asistencia y orientación en una amplia gama de casos legales, lamentablemente, hay situaciones específicas que están fuera de nuestro ámbito de práctica. Tu consulta no se ajusta a los servicios que ofrecemos, por lo que te recomendamos que busques asesoramiento legal especializado en el área pertinente.
Gracias por leer el blog de reclamador.es.
Alicia Carreras Sandoval dice
Hola buenas necesito rescindir el contrato de alquiler por qué lo necesita mi hijo el. Contrato se hizo en el 1 de enero del 2019 puedo rescindir el contrato por esta causa avisándoles con 2 meses mínimo de antelación en el contrato no consta escrito la cláusula por familia pero seria demostrable
Isabel dice
Buenas mi casera me quiere echar porque vende su casa yo hice los 5 años en diciembre del 2023 y me lo a comunicado en marzo del 2024 yo pensaba que se había renovado lo puede hacer gracias
Jorge dice
¿Se puede dejar el piso tras casi 2 años (sin llegar a los 5 del contrato) por tener que cuidar a un familiar con minusvalía sin pagar penalización?
Gustavo dice
Hola rente mi casa más que cono negocio como apoyo a una persona que construía cerca solo por 6 meses con contrato siendo una persona sumamente problemática se le aviso verbalmente de que al finalizar el contrato me desocupe desde hace mes y medio pero aun falta 30 días tengo que notificar por escrito aunque se niege a firmar de enterada? Y puedo mandar el documento vía watts
Equipo reclamador dice
Hola.
¡Gracias por tu comentario!
En reclamador.es nos esforzamos por proporcionar asistencia y orientación en una amplia gama de casos legales, lamentablemente, hay situaciones específicas que están fuera de nuestro ámbito de práctica. Tu consulta no se ajusta a los servicios que ofrecemos, por lo que te recomendamos que busques asesoramiento legal especializado en el área pertinente.
Marta dice
Hola, voy a alquilar un piso por un tiempo de 3 meses (sería hasta el 30 de junio), quería saber si en algún caso pudiera rescindir el contrato antes, ya que en el modelo que me han enviado no pone nada de ello.
Muchas gracias!
Equipo reclamador dice
Hola Marta,
En este post vienen detallados los supuestos en los que puedes rescindir el contrato.
Gracias por leer nuestro blog.
Eduardo dice
Hola alquile para mi hija una habitación desde el 01 de septiembre hasta el 30 de Junio de 2024 , con contrato pero acaba el curso un mes antes puedo rescindir el contrato? Porque me dijo la dueña que le debo pagar hasta el fin del contrato
Equipo reclamador dice
Hola Eduardo,
Los requisitos para finalizar un contrato de alquiler antes de tiempo son los que detallamos en este post.
Gracias por leer nuestro blog.
David dice
Hola.
Mi pregunta es…
Puedo dejar la vivienda alquilada antes de los 6 meses que por ley me obliga?
Teniendo informes médicos que por culpa de los vecinos qué no puedes vivir en esa casa?
Saludos
Equipo reclamador dice
Hola, David.
Sentimos informarte que, actualmente, en reclamador.es no tenemos disponible nuestro servicio de asesoramiento legal sobre alquileres, por lo que no podremos ayudarte en esta ocasión.
Gracias por leer nuestro blog.
Alejandro dice
Buenas noches yo tengo un contrato de un año a dos firmado en noviembre del 2022 y me quiero ir y la propietaria me dice que le tengo que pagar hasta noviembre el contrato no tiene ni sellos ni firmas de ningún escribano ni nada y no sé si es correcto eso
Equipo reclamador dice
Hola.
Gracias por ponerte en contacto con nosotros y confiar en Reclamador.es. En estos momentos, lamentablemente no gestionamos este tipo de asuntos legales y no podemos ayudarte con la consulta que nos planteas. Agradecemos tu comprensión y estamos aquí para ayudarte con cualquier otra cuestión que entre dentro de nuestras áreas de actuación.
¡Un saludo!
Katha dice
Hola!! Mi ex pareja y yo tomamos un piso en alquiler y en el contrato estamos los dos como arrendatarios, pero ya casi se cumplen dos años de nuestra separación el vive en ese piso pero el contrato nunca se cambió. Me afecta en algo estar en el contrato? Y como puedo salirme de el mismo? Gracias
Manuela dice
Hola a mi me pidieron la casa con 3 meses de anticipación pero me dicen que no la puedo entregar antes y ya conseguí vivienda ósea que me toca pagar esos 3 meses más que faltan para poder irme esto si es correcto? No puedo llegar a un acuerdo que me dejen ir antes si ellos son los que necesitan la casa
Miguel dice
Tengo un contrato de alquiler temporal desde el 1 de junio de 2024 hasta el 11 de noviembre de 2025, si por un casual quisiese irme a partir del año, ¿habría algún problema?
Rubén dice
Hola , mi consulta es la siguiente, yo quiero alquilar una vivienda por solo 2 meses , pero el contrató mínimo que me ofenden es de un año, ha que me puedo atender si lo finalizó antes del año y ó ha que se puede atender el arrendatario ?
Muchas gracias.
Equipo reclamador dice
Hola, Rubén.
Como decimos en el post "el incumplimiento por cualquiera de las partes de las obligaciones resultantes del contrato dará derecho a la parte que hubiere cumplido las suyas a exigir el cumplimiento de la obligación o a promover la resolución del contrato de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1.124 del Código Civil”. Y lo que dice ese artículo del CóDigo Civil es: Artículo 1124.
La facultad de resolver las obligaciones se entiende implícita en las recíprocas, para el caso de que uno de los obligados no cumpliere lo que le incumbe.
El perjudicado podrá escoger entre exigir el cumplimiento o la resolución de la obligación, con el resarcimiento de daños y abono de intereses en ambos casos. También podrá pedir la resolución, aun después de haber optado por el cumplimiento, cuando éste resultare imposible.
El Tribunal decretará la resolución que se reclame, a no haber causas justificadas que le autoricen para señalar plazo.
Esto se entiende sin perjuicio de los derechos de terceros adquirentes, con arreglo a los artículos 1.295 y 1.298 y a las disposiciones de la Ley Hipotecaria.
Gracias por leer el blog de reclamador.es.
maria dice
Hola, tenia un contrato de alquiller desde hace 10 anos. En Diciembre me han terminado el contrato, pero a la vez me hicieron un nuevo cobrando más 300 euros mensuales, un ano, renovable por 5, creyendo que todo igual al anterior, pero me acabo de dar cuenta que me han incluido una clausula de indemnización. Puedo desistir transcurridos los 12 primeros meses, siempre que preavise con antelación de 60 dias, indemnizando al propietario con una cantidad equivalente a una mensualidad de la renta en vigor por cada ano del contrato por cumplir. Así es ? Muchas gracias por la ayuda
Pepe dice
El 1 de Septiembre de 2022 entré como inquilino al piso donde resido actualmente. En el contrato pone que es de un año. Entiendo que el 1 de Septiembre de 2023,entró en vigor otro nuevo año con las mismas condiciones al no haber comunicación de lo contrario por parte del propietario.
A día 11 de Junio de 2024, me comunican vía telefónica que el propietario vende el piso y que dispongo de 2 meses para abandonarlo, ya que el comprador lo destinará a su vivienda habitual. ¿Es esto legal?
Equipo reclamador dice
Hola, Pepe.
Sentimos comunicarte que, a día de hoy, no disponemos de servicio de asesoría legal en materia de vivienda.
Gracias por leer nuestro blog.
Nayara dice
Buenas noches tengo un contrato de un año a contar desde(1/2/2003) con renovación automática durante 3 años.
En estos momentos quiero mudarme y no se que debo hacer y que me va a reclamar el propietario si lo hago.
Me pueden ayudar?
Gracias
Equipo reclamador dice
Hola, Nayara.
Sentimos informarte que, actualmente, no tenemos disponible nuestro servicio de asesoría legal en materia de vivienda, por lo que nos es imposible darte una respuesta.
Lo sentimos.
Laura dice
Buenas tardes yo estoy alquilada desde el 2017 y era para 5años Renove en 2022 otros 5 años y ahora faltándome 3 años para que se cumpla el contrato me mandan un correo avisando de k tengo k dejar la casa en 30 días xk tiene problemas en la estructura a que tengo yo derecho en este caso
Equipo reclamador dice
Hola Laura,
La LAU recoge que también podrá extinguirse el contrato de arrendamiento por la pérdida del inmueble alquilado por causa no imputable al arrendador o por la declaración firme de ruina, cuando esta es acordada por la autoridad competente.
Un saludo.
Laura dice
Buenas noches, quisiera consultar que podria pasar si no di aviso a mi arrendatario con 60 dias de anticiapacion, sino en menor tiempo de que desocupare el depto.
Equipo reclamador dice
Hola Laura,
Lo recomendable es siempre hablar e informar de la situación para poder llegar a la mejor resolución.
Un saludo.
Mariángeles dice
Buenos días, vivo en un piso de alquiler desde hace dos años el contrato es renovable hasta los cinco años yo firmé el contrato en febrero del 2021, y ahora me mandan un burofax por WhatsApp diciéndome que debo abandonar el piso en cuatro meses, mi pregunta es, puede hacer el arrendador eso?? O puedo reclamar para no abandonar el piso aún hasta que hagan los tres años,?? El bloque es todo de alquiler, no hay propietarios viviendo en ellos, que puedo hacer????
Equipo reclamador dice
Hola.
Tendríamos que analizar tu contrato para darte una respuesta.
Lo mejor es que consultes con abogados expertos en vivienda.
Gracias por leer nuestro blog.
Carlos dice
Estoy en proceso de vender una vivienda, pero hay una inquilina con contrato de alquiler firmado en 2021, que finalizara en 2026.
Si la vivienda está en proceso de venta, puedo acabar el contrato de alquiler como proprietario aunque no haya ninguna cláusula en el contrato de alquiler y sin que el inquilino quiera acabar con el contrato?
Puede finalizar el contrato el comprador una vez la vivienda sea suya?
La inquilina, que es abogada, me dice que la ley la protege gracias a la modificación de la ley en 2019 y que no puedo acabar el contrato de alquiler, ni lo podrá hacer el siguiente propietario al que le venda la casa.
Marcos dice
Buenos días,
Mis padres tienen una casa en alquiler desde mayo, pero ahora necesito yo la casa que soy su hijo. Habría alguna posibilidad de entrar yo, antes de que el contrato llegue al año? Ya que llevan en la casa 3 meses solamente…
Equipo reclamador dice
Hola Marcos,
En el art. 9 de la Ley de Arrendamientos Urbanos queda especificado:
Una vez transcurrido el primer año de duración del contrato y siempre que el arrendador sea persona física, no procederá la prórroga obligatoria del contrato cuando, al tiempo de su celebración, se hubiese hecho constar en el mismo, de forma expresa, la necesidad para el arrendador de ocupar la vivienda arrendada antes del transcurso de cinco años para destinarla a vivienda permanente para sí o sus familiares en primer grado de consanguinidad o por adopción o para su cónyuge en los supuestos de sentencia firme de separación, divorcio o nulidad matrimonial.
Para ejercer esta potestad de recuperar la vivienda, el arrendador deberá comunicar al arrendatario que tiene necesidad de la vivienda arrendada, especificando la causa o causas entre las previstas en el párrafo anterior, al menos con dos meses de antelación a la fecha en la que la vivienda se vaya a necesitar y el arrendatario estará obligado a entregar la finca arrendada en dicho plazo si las partes no llegan a un acuerdo distinto.
Un saludo.
Amparo Ibañez Sandoval dice
El propietario de la vivienda,me manda un burofax un día antes de que termine el contrato, alegando que lo va a vender a su hija y exponiendo que ya me avisó por teléfono de la terminación ( cosa que no es verdad)y amenazas de cargarme costes que están perdiendo por transacciones de compra y venta.
Equipo reclamador dice
Hola Amparo,
Lamentamos lo ocurrido pero actualmente no gestionamos este tipo de reclamaciones.
Gracias por leer nuestro blog.
gloria martinez dice
HOLA , MI HIJA SE GANO UNA BECA ESTUDIANTIL en una universidad de Madrid, como no vivia alli le alquilamos una habitacion en una residencia estudiantil cerca de la universidad para que no perdiera la oportunidad de sacar sus estudios adelante, en principio nos dijeron que el contrato debia ser minimo por un año y que debia empezar desde agosto y nos enviaron las fotografias y videos de las habitaciones y toda el area social de la residencia que estarian a su servicio dentro del contrato, en las imagenes se ve todo mucho mas GRANDE de lo que realmente son estos espacios , no especificaron cual habiatcion seria la suya hasta que no firmara el contrato , en la vida real las habitaciones no corresponden a lo que ellos muestran por sus redes sociales y publicidad que envian por correo, lo que claramnete es publicidad engañosa, se especifico por nuestra parte antes de firmar el contrato desde el principio que no queriamos habitaciones pequeñas e incomodas pero aun asi le dieron la habitacion mas incomoda de toda la propiedad , el alquiler empezo el 1 de agosto del presente año pero al llegar alli nos dimos cuenta que el edifico entero estaba en remodelacion y obras estructuraesl por obras en todas las areas sociales y porla construccion de habitaciones nuevas en aluminios y laminas de yeso, muchos empleados por todas partes, ruido de taladros potentes, muros derribados, andamios y material de construccion, maquinas que obstruyen el libre transitar entre su habitacion y las areas sociales como cocina patio y corredores, portal del edificio, muchsimo polvillo de cemento por todos lados que le han causado alergias respírtatorias y gastrointestinales que han llegado al punto de tener que acudir AL MEDICO por la incapacidad de moverse de su cama por el malestar que estas le producen. Areas comunes como el gimnasio, salones , pasillos , patios se encuentran abarrotadas de materiales de contruccion este edificio se queda sin luz contantemente debido a las obras por lo que el calor y las altas temperaturas son insoportables , productos carnicos y vegetales que se han dañado por falta de luz en su nevera, ofrecen un servicio de vigilancia pero esta no existe en la mayoriua de los dias por lo cual le toca dormir a ella y otra residente solas en un edficio de 6 plantas , la puerta principal del edificio se abre con facilidad desde la calle para cualquier persona, esto me genera panico y miedo de alguien pueda entrar al edificio en las noches y sea violentada o agredida por un desconocido que se pueda entrar y esconderse en las areas comunes . El area de lavadoras se encuentran carcomidas por los hongos las maquinas funcionan muy deficientemete NO les hacen buen mantenimiento y estan sucias por dentro de lodo y hongos, se tragan las monedas y pierden el dinero cuando las ponen en funcionamiento, en el area de cocina hay muchisimo polvo debido al polvillo de cemento de las obras , polvo que le cae a las comidas, aparte hay cucarachas por toda la reidencia, el ruido de taladros martillazos y trabajadores con musica a alto volumen al lado de su habitacion y en areas comunes hacen invivible una vida en paz y tranquila en este sitio por el cual estamos paganmdo y no corresponde a lo que venden en su publicidad,, est e ruido inso´portable de taladros grandes y maquinaria tampoco deja que se concentre en sus clases de idiomas ni con su trabajo que realiza via online de ventas , lo que genera retrazos en su aprendizaje de sus idiomas y perdida de su nivel educativo y baja produccion economica y falta de rentabiliodad monetaria en su trabajo .Preocupnate es que sus comidas esten contaminadas con residuos de materiales de construccion haciendolas insalubres, y le causen problemas gastrointestinales lo que mas nos preocupa como padres es su salud pues esta alli sola y ya casi lleva un mes y se ha enfermado ya dos veces por las alergias, y el estomago malo, el ruido constante y exagerado de maquinas con motores y la falta de salubridad en esta residencia, ellos hicieron firmar un contrato el cual han violado claramente por que no debieron permitir meter a ninguna persona ni hacer contratos firmaados alli bajo estas condiciones de campo de batalla . y encima de que venden publicidad engañosa en sus redes sociales , no han dado cumplimiento al goze de la la residencia en general y por los que ya pagamos dos meses de anticipado por exigencia de ellos mismos , pero lo mas preocupante es que esta situacion ha generado ya problemas graves en la salud de mi hija que pueden repercutir en el rendimiento academico mas adelante cuandoi empieze su universidad si continua en estas lamentables condiciones por mas tiempo ya que las obras al parecer duraran unos meses mas pero ellos saben estimar cuantos meses mas , ese campo de guerra no fue lo que contratamos ni lo habian especificado al momento de firmar el contrato, alli solo lleva 25 dias desde que entro en la residencia, y no han descansado ni un solo dia con el ruido y la suciedad que generan esas obras ecepto las veces que me ha tocado pagarle por aparte en otras habitaciones por fuera de esa residencia ,para que pueda recuperarse de sus alergias provocadas por el material de construccion que se encuentra desperdigado por todos lados de esa residencia,
Ante esta situacion lamentable puedo exigir la cancelacion del contrato y pedir que me devuelvan el dinero que ya he pagado por los dos meses de anticipo que me exigio pagar la inmobiliaria mi casa inn para poder buscar y pagar en otro lado donde no este tan expuesta la salud de mi hija y LE PUEDA DAR DE BAJA AL CONTRATO? NO quiero tener a mi hija en este lugar por año entero de contrato.
Natalia dice
Hola, hemos fitmado un contrato de alquiler de 11 meses y hemos pagado ya todo el alquiler por adelantado. Pero el contrato no entro en vigor todavía. Ahora hemos comprado un piso y al final no queremos entrar en el piso alquilado. Podemos romper el contrato antes de que entre en vigor y demandar que nos devuelvan el dinero pagado? Muchas gracias
Equipo reclamador dice
Hola, Natalia.
Para poder asesorarte, necesitaríamos conocer el contrato íntegro y cualquier otro documento existente. Sintiéndolo mucho, actualmente no disponemos del servicio de asesoría legal en materia de vivienda.
Gracias por leer nuestro blog.
cristian dice
hola, a mi se me cumple el año el 31 de octubre y voy a dejar la casa,ahora el contrato con aumento empezaría el 1 de noviembre,mi pregunta es con que valor debo pagar la multa a precio sin aumento o al valor nuevo.gracias
Equipo reclamador dice
Hola, Cristian.
Tu caso necesita de un estudio pormenorizado y no podemos darte una respuesta en este comentario de nuestro blog.
Saludos.
Francisca dice
En abril del 2025 cumplo 12 años de aderdada en un piso, pagos mensuales, subidas reglamentarias, y agua y luz pagadas al dia sin deudas. La propietaria me ha tenido dos años sin agua caliente por no hacerse cargo del arreglo de la caldera,sin un descuento ni nada, la cual me arreglo este mes. Hoy recivi un burofax en el cual me comunica que en marzo des 2025, no me va a renobar el contrato y tengo que entregar las llaves al gerente. Sin otra explicación. ¿ tengo algun derecho a reclamar algo? ¿ es normal y legal? Gracias.
Equipo reclamador dice
Hola, Francisca.
Te aconsejamos consultes con abogados expertos en vivienda para que puedan estudiar tu caso y analizar tus derechos.
Gracias por leer nuestro blog.
Jorge dice
Hola,
Un contrato de arrendamiento de duración 1 año firmado en Marzo del 2010, se ha ido renovando tácitamente año tras año.
El propietario envía burofax indicando la finalización del mismo en Diciembre y lo hace en Agosto con 4 meses de antelación.
La pregunta es: Habiéndose renovado tácitamente este año 2024, debería esperar el propietario (gran tenedor, no particular) hasta Marzo de 2025 (cuando se vuelve a renovar) o puede terminarlo cuando desee siempre que avise con 4 meses de antelación?
No me queda claro en la LAU.
Gracias
Equipo reclamador dice
Hola Jorge,
Depende. Si es por uno de los motivos que explicamos en el post, sí.
Gracias por leer nuestro blog
Diana paola Rodriguez dice
Deje mi vivienda con una inmobiliaria los inquilinos solo llevan 3 meses la casa es nueva y ya tumbaron el portón del garaje y lo mande a arreglar luego los marcos de las puertas y se los mande a arreglar ahora tumban el portón de patio y para rematar la inmobiliaria rento a los dueños con 3 perros lobos siberianos que me estan acabando paredes marcos y láminas de madera , puedo yo terminar el contrato..ya he enviado los videos que hicimos cuando se entrego a la inmobiliaria y los videos de como en 3 meses me estan acabado la casa y la inmobiliaria no hace nada y solo me dice que debo esperar un año.
Se imagina en un año ya no tengo casa
¿ Que puedo hacer?
Anny dice
Hola mi hermano alkilo un piso x un año en septiembre pero resulta q en la empresa le an propuesto reducirle la jornada a media o irse al paro y llamarlo para temporada de verano es fijo descontinuo,pero de las 2 formas no llegaría con pagos de piso y demás xq el piso bueno studio le cuesta 600€ más todos los gastos q conllevaría,y el kiere entregarle las llaves está semana es legal y está en su derecho entregar las llaves antes de fin de contrato de alquiler apenas a estado un mes🤦🏼♀️prefiere el entregar a estar viviendo sin pagar los meses y tener deudas o problemas legales,agradecería su respuesta y ayuda👍🏻
Equipo reclamador dice
Hola, Anny.
Sentimos no poder ayudarte en este asunto, puesto que no gestionamos este tipo de asuntos legales.
Gracias.