*Actualizado a fecha 16/01/2023
Tras conocerse la noticia de la acción de cesación que realizará el Ministerio de Consumo español frente a 17 aerolíneas por no informar de la posibilidad de reembolso en los vuelos cancelados por el coronavirus, en reclamador.es hemos analizado en qué consiste esta acción y qué supone esta medida para los viajeros afectados por cancelaciones de vuelos que han visto cómo las aerolíneas o no les ofrecían la posibilidad de optar al reembolso del precio de su billete o si ofrecían esta opción, luego o bien enviaban el voucher o no procedían a la devolución del dinero.
Valoramos muy positivamente la determinación del Ministerio de Consumo en defensa de todos los viajeros que han visto cómo sus vuelos se cancelaban y las aerolíneas no comunicaban las opciones que recoge el Reglamento 261 sobre sus derechos.
En reclamador.es somos muy conscientes de esta situación, pues desde incluso antes de que comenzara esta crisis, más de 2.500 viajeros han contactado con nosotros por este asunto para solicitar información sobre sus derechos.
Te interesa: Las aerolíneas no devuelven el dinero, aunque deberían
Primera acción de cesación del Ministerio de Consumo
Se trata de la primera acción de cesación que lleva a cabo el Ministerio de Consumo y que se da por no cumplir -las aerolíneas- las obligaciones del Reglamento Europeo.
Se trata de una acción que nunca antes se había ejercitado pese a que ya en la anterior Ley de 1984 de defensa de los consumidores y la Ley de Enjuiciamiento Civil de 2001 reconoció su legitimación y competencia para la defensa colectiva de los consumidores y usuarios frente a los abusos y malas prácticas de las empresas.
¿En qué consiste esta acción de cesación contra 17 aerolíneas?
Esta acción de cesación supone que, en caso de condena a las compañías aéreas, estas cesen (de ahí el nombre de la acción ejercitada) en la imposición del bono sin informar al pasajero afectado por un vuelo cancelado de su derecho a optar por aquél o por el reembolso del billete y la prohibición de seguir haciéndolo en un futuro.
De lo que ha trascendido de la noticia hasta ahora se ignora si también se solicitará junto a la acción de cesación la indemnizatoria. Es decir, que en ese procedimiento también pueda conseguirse el reembolso de los clientes que acrediten haber recibido el bono sin haber tenido la oportunidad de escoger, o directamente, no haber obtenido ningún tipo de compensación.
Nulidad de los contratos en los que los viajeros aceptan el bono sin conocer su derecho al reembolso del billete
Pero sí se sabe que se va a solicitar que se declare la nulidad de todos los contratos por los que los viajeros hayan aceptado un bono sustitutorio del reembolso si este se ha adquirido sin conocer su derecho a elegir entre aquél o su dinero. Esto quiere decir que con esta declaración, el consumidor podrá reclamar directamente a su compañía si aún con una Sentencia de este calibre no procediera a la devolución del billete.
Las aerolíneas en los tribunales: ¿Cuándo se conocerá el desenlace de esta acción de cesación?
Pero sí se sabe que se va a solicitar que se declare la nulidad de todos los contratos por los que los viajeros hayan aceptado un bono sustitutorio del reembolso si este se ha adquirido sin conocer su derecho a elegir entre aquél o su dinero. Esto quiere decir que con esta declaración, el consumidor podrá reclamar directamente a su compañía si aún con una Sentencia de este calibre no procediera a la devolución del billete.
¿Qué aerolíneas deberán reembolsar los billetes?
Las 17 aerolíneas por las que el Ministerio de Consumo ha solicitado la acción de cesación son: Air Europa, Air France, Binter Canarias, EasyJet, Eurowings, Iberia (Iberia Express y Air Nostrum), Jet 2, KLM, Latam Airlines, Lufthansa, Ryanair, Scandinavian Airlines (SAS), Transavia, Thomson Airways (TUI), United Airlines, Volotea y Wizzair.
Las aerolíneas en los tribunales: ¿cuándo se conocerá el desenlace de esta acción de cesación?
Respecto a cuándo podremos saber algo más del desenlace de esta acción de cesación, dada la actual situación que enfrenta el sistema judicial español, es difícil de determinar. Si bien esperamos que al tratarse de una acción colectiva “institucional”, al ser promovida por el Ministerio y que responde a un problema de gran calado para un gran número de afectados, se tramite con carácter preferente, pues el plazo normal de resolución de este tipo de acciones es de más de un año.
Rocio dice
Buenas noches, compré un vuelo para Bangkok con salida el 16 de agosto, me la han cambiado para el 13 de agosto. Yo trabajo el 13 y el 14 de agosto y no puedo viajar. Me lo han notificado hoy 5 de junio.
¿Puedo solicitar reembolso del precio? Muchas gracias
Equipo reclamador dice
Hola, Rocío.
Sí, tienes derecho al reembolso del billete si la nueva fecha propuesta no es de tu interés, pero no a indemnización por cancelación.
Gracias por leer nuestro blog.
Irene dice
Hola, compré un billete de ida y vuelta a Canadá para el 21 de marzo a través de una agencia online (flightfinder) ¿tengo derecho a un reembolso o debo conformarme con el voucher? Gracias
Equipo reclamador dice
Hola, Irene.
Si el avión sale de territorio comunitario se aplica el Reglamento 261 y tendrías derecho a reembolso.
Gracias
MIRIAN dice
Hola, yo tenía un vuelo para el 27 de abril que se vio cancelado y me vi obligada a coger un vale porque Air Europa no ofrecía el reembolso. Lo cogí porque era eso k nada pero yo quiero el reembolso ¿Puedo solicitar ahora el reembolso?
Equipo reclamador dice
Hola, Mirian.
Aquí tienes más información: https://www.reclamador.es/notas-de-prensa/que-pasa-si-cojo-voucher-aerolinea-me-arrepiento/
Gracias por leer nuestro blog
Mailén Ferreyra dice
Hola,
Tengo un vuelo para el 15/08 con aerolineas argentinas, de EZE a MAD, me lo han cancelado, y no me dan la opción de reembolso, solo un bono que puedo usar hasta el 30/06. Mi duda es si aplica o no la reglamentación europea en este vuelo.
Muchas gracias de antemano.
Equipo reclamador dice
Hola Mailén,
En este caso no aplica el Reglamento Europeo. Tu vuelo está regulado por el Convenio de Montreal.
Para que nuestros abogados puedan estudiar la viabilidad de tu caso, necesitamos que previamente completes el formulario de nuestra web.
Puedes empezar pinchando aquí: https://www.reclamador.es/aerolineas/cancelacion-vuelo/
Gracias por leer nuestro blog.
Caterina pepe dice
Hola compre un pasaje para el 15 de marzo con plusultra de Caracas venezuela a Madrid por l situación me lo han cancelado y reprogramado en muchas oportunidades y ultima reprogramacion fue para el 6 de diciembre pero el inac autoridad de aviación venezolana postergó la apertura del aeropuerto para el mes de febrero dando la oportunidad de hacer conexiones con otros países que no incluyen españa! Estoy solicitando el reembolso de mi boletos y me dicen que como mi boleto fue comprado a través de una agencia de viaje en Estados Unidos no tengo derecho al reembolso! Mi pregunta es yo que tiene que ver se se compro en Estados Unidos si de igual forma es con plusultra una línea española? Tengo o no tengo derecho a solicitar mi reembolso?
Equipo reclamador dice
Hola Caterina,
Para que nuestro equipo de abogados especialistas pueda comprobar si tu caso es viable o no, primero necesitaremos que completes un pequeño formulario para tener todos los datos del vuelo y la documentación necesaria.
Es muy sencillo y puedes empezar pinchando aquí: https://www.reclamador.es/aerolineas/
Gracias por leer nuestro blog.
Deysi Elena Calleja Ferrer dice
Hola Cubana de Aviación cancelo mi vuelo por motivos del covid 19,la agencia a través de la que compre el boleto, dijo que se me devolvería el importe integro por mi pagado. Resulta que ahora me cobra gasto de emisión de boleto y de tramitación de expediente de devolución ,un total de 80 euros, cuando no me comunico que incurría en estos gastos cuando se cancelo el vuelo.
Puede la agencia cobrarme ese dinero sin haberme comunicado con antelación la cuantía del gasto en que incurría en el procedimiento? y si, decirme que se me devolvería el importe integro por mi abonado cuando compre el boleto. Gracias.
Equipo reclamador dice
Hola Deysi,
Para que nuestro equipo de abogados especialistas pueda estudiar tu caso, primero necesitaremos que completes un pequeño formulario para tener todos los datos del vuelo y la documentación necesaria.
Es muy sencillo y puedes empezar pinchando aquí.
Gracias por leer nuestro blog.
Francisca Garcia dice
Compramos unos billetes con figthtfinder a Vietnam en Febrero para viajar en Julio y por la Pandemia no pudimos volar la aerolínea devolvió el dinero el 1 de Septiembre pero a nosotros nunca nos llegó y no hay ya manera de contactar con ellos que podríamos hacer?
Equipo reclamador dice
Hola Francisca,
Para que nuestro equipo de abogados especialistas pueda estudiar tu caso, primero necesitaremos que completes un pequeño formulario para tener todos los datos del vuelo y la documentación necesaria.
Es muy sencillo y puedes empezar pinchando aquí.
Gracias por leer nuestro blog.
José Bueno dice
Buenas tardes hice una reserva de vuelo con fecha 20 de enero del 2020 para viajar del 23 al 29 de marzo del mismo año, debido a la pandemia no se pudo realizar dicho vuelo por lo que fue cancelado y solicitado por mi parte la devolución del importe del mismo se me contestó que en 6 semanas se realizaría la devolución ha pasado 3 meses qué puedo hacer? La agencia online es la de flightfinder
Equipo reclamador dice
Hola José,
Te recomendadnos que revises lo que venga estipulado en tu contrato y Condiciones Generales, te recomendamos que revises lo pactado.
Un saludo