Diferencia entre liquidación y autoliquidación de un impuesto
En algunas ocasiones puedes reclamar lo que pagaste por el impuesto de plusvalía municipal. Pero para ver si es posible hacerlo, hay que tener muy en cuenta cómo se ha abonado dicho impuesto. ¿Liquidación o autoliquidación del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana?
Como ya hemos indicado, existen dos formas de hacerlo: con una autoliquidación o con una liquidación del mismo. A continuación te explicamos cómo es cada una de ellas.
Liquidación de un impuesto
En estos casos la cantidad a pagar es calculada por el ayuntamiento. Tú indicas que has vendido un bien, y el ayuntamiento, con la información que les facilitas, es quien calcula y cuantifica la cantidad final que te corresponde pagar. Así, te van a girar una cantidad a tu cuenta bancaria que será cobrada de la misma.
Lo importante de este aspecto es que tienes un mes desde que te cobraron el impuesto para iniciar tu reclamación. Si ha pasado este plazo y no lo has hecho, lamentablemente no podrás recuperar el dinero que te han cobrado de más posteriormente.
Autoliquidación del impuesto de plusvalía municipal
En este caso eres tú, el propio contribuyente, quien calculas el pago que debes realizar y cumplimentas los impresos necesarios. Además, tú mismo haces también la transferencia económica.
En este caso, si quisieras hacer una reclamación del impuesto, el plazo disponible se amplía hasta 4 años.
¿Cómo me puede ayudar reclamador.es con la plusvalía municipal?
Si has pagado el impuesto de plusvalía municipal al vender una inmueble o recibirlo en herencia o donación y quieres saber si tienes derecho a reclamar, en reclamador.es estudiamos tu caso y te informamos sin compromiso sobre la viabilidad de tu reclamación de plusvalía municipal. Si estudiado tu caso por nuestros abogados fiscalistas, consideramos que tienes derecho a reclamar, y confías en nosotros para recuperar tu dinero, nos encargaremos de todo, sin necesidad de que te desplaces a nuestras oficinas ni tengas que adelantar ninguna cantidad para reclamar.
¿Cuánto puedo recuperar si pagué el impuesto de plusvalía municipal?
En los casos en los que pagaste el impuesto de plusvalía municipal, pero vendiste el terreno o inmueble por un valor inferior al que te costó adquirirlo , podrías recuperar la totalidad de lo pagado.
Atención: El 26 de octubre de 2021 conocimos una importante sentencia sobre la plusvalía municipal. Es muy importante que sepas que en los casos de plusvalía con ganancias, solo podrás llevar a cabo la reclamación si comenzaste el procedimiento antes del 26 de octubre de 2021, fecha de la sentencia del Tribunal Constitucional, y no hayas recibido contestación, es decir, no sea firme.