Si has iniciado una reclamación de tarjeta de crédito revolving con nosotros y no dispones del contrato de tu tarjeta, es posible que te hayamos informado que vamos a iniciar los trámites necesarios para que el banco nos aporte este documento, fundamental para poder seguir con la reclamación de tu revolving.

Lo primero que hacemos para tratar de conseguir el contrato de tu tarjeta revolving es contactar con la entidad bancaria solicitando que nos haga llegar este documento. Pero sabemos que muchos bancos son reticentes a este hecho y se niegan a facilitar el contrato de la tarjeta de crédito de manera amistosa.

Si esto ocurre, es decir, si el banco no quiere facilitarnos tu contrato, antes de la reclamación judicial propiamente dicha para que se declare la nulidad del crédito y recuperar el dinero que has pagado de más por tu tarjeta, acudiremos a los tribunales y presentaremos una demanda de obligación de hacer frente al banco, para que sea un juez quien, por sentencia, obligue a la entidad de crédito a facilitarnos el contrato de tu tarjeta revolving.

¿Qué es y para qué sirve en este caso la demanda de obligación de hacer?

La demanda de obligación de hacer es un procedimiento legal que obliga al banco a entregar el contrato de la tarjeta revolving cuando se niega a facilitarlo de forma voluntaria. Es un paso necesario para poder continuar con la reclamación y demostrar las condiciones abusivas de la tarjeta.

¿Por qué es tan importante disponer del contrato en una reclamación de tarjeta revolving?

El contrato es el documento clave que nos permite demostrar las condiciones en las que se concedió la tarjeta revolving, incluyendo la TAE aplicada y las cláusulas que pueden ser consideradas abusivas. Sin él, no se puede reclamar la nulidad del contrato ni la devolución de los intereses pagados de más.

¿Cómo gestionamos este proceso en reclamador.es?

  1. Completas el formulario de reclamador.es de tarjeta revolving y subes los documentos de los que dispones.
  2. Revisamos tu caso y si comprobamos que no dispones del contrato de tu tarjeta te informaremos de los siguientes pasos.
  3. Intentamos un acuerdo extrajudicial para que el banco nos facilite el contrato. Es posible que en este mismo momento, incluso, podamos cerrar un acuerdo de tu reclamación y recuperes ya el dinero que pueda corresponderte.
  4. Si el banco no nos aporta el contrato de tu tarjeta, presentaremos la demanda. Acudiremos a la vía judicial para exigir al banco la entrega del contrato.
  5. Esperamos la respuesta del banco. Si la entidad sigue sin facilitar el contrato de tu tarjeta revolving, el juez puede dictar una resolución obligando al banco a entregar este documento.
  6. Continuamos con la reclamación de tu tarjeta revolving: Una vez obtenido el contrato, seguimos con la demanda de nulidad de la tarjeta revolving.

Sin coste adicional para ti

Dentro de nuestros honorarios, se incluye la presentación de la demanda de obligación de hacer, en el caso de que fuera necesario, por lo que no tendrá un coste extra para ti. Eso sí, debes tener en cuenta que, en cuanto al tiempo de resolución de tu reclamación, este sí se verá afectado, pero siempre te mantendremos informado.