Si quieres iniciar una reclamación por tarjeta revolving, en reclamador.es estás en el lugar adecuado. Antes de empezar a proteger tus derechos, vamos a explicarte los pasos para que tengas en cuenta algunos detalles que creemos pueden ser importantes para que entiendas cómo es el proceso:

Nos ponemos en contacto con la entidad bancaria

Nosotros vamos a ocuparnos de todo de principio a fin. Lo primero, es enviar la primera reclamación a la entidad bancaria firmada y redactada por un abogado, con la garantía de que es redactada por el mejor equipo de profesionales en derecho bancario que ya han gestionado más de 15.000 procedimientos. Por eso queremos que entiendas todo el trabajo que hay detrás.

En esta primera reclamación se sientan las bases de lo que se planteará posteriormente en una posible vía judicial: se hacen constar los datos del titular del crédito/tarjeta, los de su representante – que será uno de nuestros abogados-, se exponen los hechos que motivan la reclamación y se aportan los documentos en los que se fundamenta la queja.

Además, en esta reclamación previa - que enviamos mediante correo digital certificado por un tercero de confianza, para que no haya dudas sobre su recepción -, aprovecharemos para requerir a la entidad toda aquella documentación necesaria relativa al crédito que no nos hayas podido aportar al principio:

  • El contrato de suscripción, debidamente firmado y fechado, en el que consten las condiciones particulares y las Condiciones Generales de la Contratación de la tarjeta.
  • El cuadro de amortización, donde estén recogidos todos los movimientos de la tarjeta desde el momento de la contratación, esto es, tanto las cantidades que has dispuesto como las cuotas que has ido pagando. También aparecerán los datos sobre intereses y comisiones. En el caso de que el banco no te proporcione el cuadro de amortización lee nuestro post: ¿Qué pasa si no tengo el cuadro de amortización?
  • Listado de extractos mensuales de la tarjeta desde la fecha de contratación.

Cuando la entidad recibe la reclamación, lo normal es que nos mande el acuse de recibo.

Posibles respuestas del banco

A partir de la recepción de nuestro escrito pueden pasar varias cosas:

  • Puede darse el caso de que el banco intente contactar contigo para ofrecerte alguna solución, como una rebaja del tipo de interés. Es muy importante que no aceptes nada que no conste por escrito. Tampoco aceptes nada que no haya pasado previamente por nuestro control y revisión. Lo que te ofrezcan puede no ser beneficioso y, aceptarlo, puede derivar en que no puedas reclamar después judicialmente todo lo que te corresponde. Si tu caso ya está en nuestras manos, es importante que nos informes si la entidad intenta contactar contigo directamente.
  • También puede darse el caso de que la entidad responda directamente de manera negativa, en cuyo caso, tendremos que preparar tu demanda e iniciar la vía judicial.
  • En cambio, si la entidad nos propone una oferta económica para solucionar de manera amistosa el caso, tendremos que hacer un análisis y validación de los términos que plantean. Para ello, siempre exigimos que justifiquen la cuantía que ofrecen, ya sea mediante el cuadro de amortización o mediante cualquier documento que permita identificar y calcular el importe ofrecido.

En la negociación pueden darse varios escenarios:

  • Si la entidad no justifica cantidades, puedes no aceptar el acuerdo, y pasaríamos a redactar la demanda.
  • Si la entidad no justifica las cantidades, y aun así estás de acuerdo con el importe y quieres aceptarlo, se firmará el acuerdo y facturaremos nuestros honorarios según nuestras CCGG.
  • Si la entidad sí justifica las cantidades, y tras nuestro análisis concluimos que el importe es ajustado a la cantidad que corresponde abonar al cliente, se cerraría el acuerdo y se facturarían honorarios según nuestras CCGG.

En todo momento te asesoraremos sobre qué solución es la más favorable y conveniente en tu caso concreto.